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lunes, 27 mayo, 2024
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Ellos dicen “no”

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Por: ALBERTO VÉLEZ RODRÍGUEZ • ROLANDO ALVARADO FLORES •

El lunes 14 de febrero de 2023 tuvo lugar el “Plebiscito sumario de delegaciones” del Sindicato del Personal Académico de la Universidad Autónoma de Zacatecas (SPAUAZ). Se debe hacer notar, con énfasis, que la forma en que se organizó no está contemplada en los Estatutos del gremio. Si estos se consultan, en los artículos 27, 28 y 29 queda claro que el plebiscito se organiza en cada delegación sindical bajo la vigilancia del delegado. Se constituye la Asamblea Delegacional con el orden del día mandatado por la Asamblea General, se discute y se vota. Por eso es “sumario de delegaciones”: los resultados de cada delegación se adicionan para establecer el quórum de 51%. Sólo en tal caso, los resultados son vinculantes. Por ende, el método que se sigue rutinariamente, desde hace unos 10 años, es violatorio de los estatutos. Esto demuestra que esos documentos están desfasados y requieren modificación, no que haya corrupción en el sindicato. Pero debido a que no existe una renovación de las reglas de convivencia al interior del SPAUAZ, surgen conflictos de manera continua. Y lo más curioso es que muchas personas creen que sí existen normas, aunque no sepan dónde están y tengan por hábito invocarlas. La conclusión de esto es que la operación del plebiscito, de la manera como se ha hecho durante los últimos años, está llena de “lagunas jurídicas”. No existen, tampoco, normas que especifiquen cómo se debe actuar en ausencia de quórum cuando se debe decidir respecto del emplazamiento a huelga. Los fundadores del sindicato vivían en circunstancias diferentes y creían que siempre se podría convocar a la mayoría de los agremiados. Si alguna vez fue posible, ya no lo es, y la decisión recae en el secretario general del SPAUAZ. ¿Dónde se establece esta regla? En ninguna parte, es un pacto entre los sindicalizados para mantener en funcionamiento al sindicato frente a la inoperancia de sus instancias estatutarias. De la exposición anterior, se desprende que las reglas del plebiscito se hacen sobre la marcha. La violación de los estatutos es de tal magnitud que sólo demuestra lo inútil que ya es ese documento. Así, si se verifica que no existe el quórum, no hay la obligación de contar los votos para saber el total de emisiones a favor y en contra de la huelga. Esto ocurrió en el plebiscito del lunes 14: se emitieron 1385 sufragios de un padrón de 2898, por lo tanto faltaron 139 para alcanzarse el necesario 51%. No se dijo cuántos en un sentido u otro, tal es el meollo del asunto. Para algunos esa información es irrelevante, para otros puede ser vital. Sin embargo, no hay medio estatutario de obligar al comité a realizar el conteo después de verificar que no se alcanzó el quórum. Queda en acuerdos que, quizá, pudiesen impugnarse en Coordinadora de Delegados o Asamblea General, que ante la carencia de quórum resultan triviales y los quejosos quedan en la indefensión. Esto puede haber motivado los actos violentos por parte de eminentes miembros del Grupo Plural. Al verse perdidos, creían en la mínima excusa de haber logrado mayoría en la votación, aunque no fuese vinculante. Ante la imposibilidad de obtener esa información, decidieron vaciar una urna, lo que motivó, por parte del secretario general, la suspensión del proceso debido a la “falta de condiciones”. Esto llevó a varias personas a impedir que el Ing. José Juan Martínez Pardo se retirase de las instalaciones del SPAUAZ para obligarlo a contar los votos y establecer cuántas personas apoyaron la huelga. No hay configurados, en ninguna parte del Estatuto, delitos electorales, es decir, aquellos actos que impidan el desarrollo normal de la emisión de la voluntad de los agremiados en los diferentes procesos de decisión, sean estos para elegir autoridades, o bien, para determinar el sentido de las acciones del sindicato. Sin embargo, es claro que, vaciar una urna, altera el desarrollo normal del proceso e impide su continuación. Lo más sensato, en este caso, era clausurar la sesión y retirarse. Por parte del secretario general ese fue el intento, pero resultó víctima de un secuestro, lo que constituye otro delito. Todo esto debe servir para, en los nuevos estatutos, establecer sanciones ante actos que desvirtúen los procesos, impidan la convivencia, violenten a las personas, y generen inestabilidades en el gremio. Es difícil imaginar cuáles pueden ser los beneficios, de cualquier índole, que el Grupo Plural obtendrá de tales actitudes. Lo que sí es cierto es que, de haber actuado de otra manera, tendrían parada la universidad con la demanda de contabilizar los votos. Pero decidieron anular su poca legitimidad con acciones “apasionadas” y optaron por el “suicidio político”. Si se presentan a las próximas elecciones del comité ejecutivo, ¿será su oferta secuestrar a quienes no complazcan sus deseos?, ¿destruir los procesos que no resulten a su favor? Se confirma lo ya muchas veces reiterado: sus acciones tienen un claro sentido político al margen de cualquier bien de los agremiados. Su intento es lograr el “poder” para imponer su narrativa y hundir a la universidad en deudas a menos de que se les otorguen sus peticiones. Por lo pronto, los sindicalizados dijeron “no”.

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