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viernes, 3 mayo, 2024
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La Administración General de Hacienda y el Fondo Para la Enseñanza Pública, 1831-1833

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Por: LEONEL CONTRERAS BETANCOURT • admin-zenda • Admin •

En el gobierno de Francisco García Salinas, la Administración General de Hacienda y sus oficinas subaltarnas de las cabeceras de partidos y municipios fueron las encargadas de recaudar las rentas y administrar los pagos, impuestos y testamentarías del fondo de enseñanza pública. De igual forma, de ahí salían las cantidades autorizadas por el gobierno para el gasto y las necesidades educativas. Al iniciarse 1833, el Administrador General de la Hacienda Pública, José Francisco de Arrieta, hacia saber al presidente de la Junta sobre las instrucciones giradas a todas las oficinas administradoras de rentas del Estado para que elaboraran un estado de cuentas  sobre los ingresos y egresos ocurridos hasta el fin de diciembre del año anterior. En lo sucesivo, los estados contables deberían de hacerse mensualmente informando del mismo a la Junta Directiva de Enseñanza Pública ( JDEP).1

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Cuatro meses después de recibida la anterior comunicación, el gobierno del Estado, por medio del Secretario de Gobierno Manuel González Cosió, daba a Pedro Ramírez, Presidente de la Junta Directiva de Enseñanza Pública (JDEP) las instrucciones que el Gobierno giró a la Administración General de Hacienda  en el sentido de que a través de su Secretario, debería de llevar un libro donde se registraran las cantidades que ingresaran a la hacienda pública, tanto en sus oficinas principales como subalternas por concepto de contribuciones o arbitrios destinados al fondo de enseñanza. Esta medida buscaba una mejor organización y coordinación  en el manejo de los recursos. Se entregarían para su ejercicio los fondos autorizados, así como  aquéllos que  reclamasen las municipalidades. Lo anterior el Gobierno lo comunicó a la JDEP para que ésta  pusiera al tanto a las administraciones de rentas. Por su parte estas deberían vigilar el cumplimiento de sus funciones  manteniendo informada a la Junta en todo lo relacionado con los dineros públicos aplicados a la enseñanza.2

El 24 de diciembre de ese mismo año,  apareció un breve oficio en el que dando cumplimiento a la anterior disposición, el gobernador García Salinas envió   a los vocales de la Junta los estados mensuales financieros  sobre ingresos y egresos remitidos por las administraciones de rentas.3 Sobre el caso, sólo se encontró el expediente con el oficio en cuestión y desconocemos las cifras de lo que ingresó y se erogó en cada uno de los partidos políticos.

De la recaudación para el fondo de enseñanza pública, la Administración de Hacienda se venía haciendo cargo desde septiembre de 1831, dos meses después de haberse promulgado con carácter de ley el Plan General de Enseñanza Pública para el Estado de Zacatecas. De esta forma, la Administración General de Aguascalientes dos años posteriores a esta fecha le hacía llegar a la JDEP un resumen de los ingresos y egresos durante el periodo comprendido de septiembre de 1831 a julio de 1833. El total del saldo existente de los fondos en poder de dicha oficina era de 1241 pesos, 5 reales, 8 granos. Con esta información la Administración de Rentas  daba cumplimiento al oficio que la Junta le había remitido el 23 de julio.4  No era, por lo menos en Aguascalientes, como podemos darnos cuenta, la falta de recursos lo que motivaba estuviera parada la fábrica de la escuela lancasteriana,  faltando muy poco para su conclusión, sino la tardanza en los trámites burocráticos y la autorización de los dineros que se necesitaban.

Muchos de los buenos propósitos del Plan General de Enseñanza Pública quedaron en el papel. Como todas las leyes que parten de un plano ideal, se enfrentó a una realidad muy diferente a la que intento normar. Por poner algunos ejemplos, son muy raros los documentos y  expedientes de archivo que mencionan escuelas de niñas. Según el artículo 9° en todas las localidades entre 100 y 600 habitantes debería fundarse una escuela para niños y otra para niñas. El carácter obligatorio de la escuela quedó en otro buen deseo. Las condiciones socioeconómicas precarias en la mayoría de los pueblos obligaban a disponer de los brazos de sus hijos, quedando su “ilustración” relegada a un segundo plano. Además bastaba con que iniciara el periodo de lluvias y hasta que recogían las cosechas la asistencia  a clases se suspendía o era muy irregular.

Durante el mes de enero de 1934  llegaron a la Comisión de Hacienda del Congreso local estados (informes) de los diferentes partidos en los que se daba cuenta sobre lo que se recababa y se gastaba en la educación según lo fijaba la parte novena del punto 25 del Plan General de Enseñanza, Mazapil fue uno de los partidos en el que  operaban varias haciendas de beneficio por lo que  entregó a la hacienda pública dicho concepto. En junio de 1833, Mariano Cabrera, Jefe del Partido hacía del conocimiento del organismo rector de la enseñanza en el estado, la entrega de 317 pesos, 1 real,  que se había hecho ante la administración de rentas de aquel lugar. La cantidad mencionada correspondía al cobro del impuesto a los dueños de ocho hornos de fundición hasta  1832 y el primer tercio de 1833. Por cada horno se pagaban doce pesos anuales.5

El Partido de Mazapil ubicado en la parte noreste era el más extenso a la vez que el más remoto de la capital del estado.  En 1833, el municipio de Mazapil adeudaba a la Hacienda Pública 261 pesos, siete reales y medio y para amortizar tal deuda el Consejo de Gobierno instruyó a la Administración de Rentas de aquel ayuntamiento que del 15 % de los fondos municipales se abonara mensualmente. Mientras tanto el ayuntamiento promovería el sostenimiento de la escuela del lugar con “donaciones voluntarias”.6

El estado registrado por la Administración de Mazapil en los tres años que comprenden desde 1831 a 1834,7 nos da una idea muy aproximada de los ingresos y egresos y el uso que se les daba a los fondos de la enseñanza pública en las circunscripciones de los partidos. En el año de 1831 Ingresaron a las arcas dl Partido entre 1831 y 1833 ingresaron 390 pesos, 1 real. Reportando una existencia (superhabit) de 238 peos con dos reales. Entre los ingresos recibidos están por el impuesto de las haciendas de beneficio de “fuego y patio” que pagaban las minas, fondos municipales para la enseñanza pública, donativos que hicieron hacendados como el dueño de la Hacienda de Sierra Hermosa, donativos de vecinos

En el Partido de Mazapil durante 1831 y 1832 solo se registran ingresos, con todo y eso, al no ejercerse un solo centavo de  gasto educativo llegamos a la conclusión que durante ese tiempo la instrucción  pública en aquel distrito estuvo paralizada en virtud de que en ese periodo no se ministró a la  autoridad cantidad alguna para el pago de maestros y compra de utensilios. Al menos que los preceptores hayan estado trabajando sin cobrar sus sueldos, lo que no tenía nada de extraño en la época.

Por su parte, en el mismo mes y año en que se envió él “estado” de los fondos de la enseñanza de Mazapil, su equivalente del Partido de Zacatecas registra el siguiente saldo final durante 1831-1833. La Suma de ingresos fue de 30 mil  953 pesos y dos 2 reales y los egresos o gastos de 35 mil 15 pesos y 7 reales.8 Contrariamente a Mazapil, el Partido de Zacatecas observó un déficit de 4 mil pesos en números redondos.

En el Partido de la capital, aunque sus ingresos estaban muy por arriba del resto de los demás partidos, por tener un mayor número de escuelas era más lo que se gastaba que lo que ingresaba destinado a la enseñanza, razón por la que se operaba con déficit.

Por su parte, el Partido de Sombrerete,  en el mismo año, mandó al Congreso del Estado un informe en el que únicamente mencionaba lo que cobró durante el  mismo periodo del que hablan los “estados” de Mazapil y Zacatecas. Lo que ingresó al Fondo de Enseñanza de aquel partido en números generales fue lo siguiente: en 1831: 461 Ps. con 4 Rs., en 1832: 836 Ps. con 5 Rs. Y en 1833: 652 Ps. y 5 Rs.9 En todos estos movimientos de recoger y administra los dineros en favor de la enseñanza pública fue la Administración General de Hacienda del Estado y sus oficinas subalternas en los municipios las encargadas de administrarlos. |                ■

 

Referencias documentales.

 

(Endnotes)

1                AHEZ. Fondo Jefatura Política, Serie Instrucción Pública, Subserie Generalidades, caja 2., enero 14 de 1833.

2                AHEZ. Fondo Jefatura Política, Serie Instrucción Pública, Subserie Generalidades, caja 2, mayo 8 de 1833.

3                AHEZ. Fondo Jefatura Política, Serie Instrucción Pública, Subserie Generalidades, caja 2, diciembre 24 de 1833.

4                AHEZ. Fondo Jefatura Política, Serie Instrucción Pública, Subserie Generalidades, caja 2, agosto 12 de 1832.

5                AHEZ. Fondo Jefatura Política, Serie Instrucción Pública, Subserie Generalidades, caja 2., junio 3 de 1833.

6                “Cuaderno borrador para los puntos de acuerdos del Ecsmo. Consejo de Gobierno”, op., cit. fº 30,

7                AHEZ. Fondo Poder Legislativo, Serie Comisión de Hacienda, caja 19, “Estado que manifiesta los ingresos y egresos que ha habido en esta Administración Principal de Mazapil pertenecientes al Fondo de Enseñanza Pública desde el 1° de septiembre de 831 hasta 31 de diciembre de 1833”,  enero 20 de 1834.

8                   AHEZ, Fondo Poder Legislativo, Serie Comisión de Hacienda, “Estado que manifiesta los ingresos y egresos que ha habido en la Administración Principal de Zacatecas pertenecientes al Fondo de Enseñanza Pública desde el 1 de septiembre de 1831 al 31 de diciembre de 1833”, 21 de enero de 1834.

9              AHEZ, Fondo Poder Legislativo, Serie Comisión de Hacienda, “Noticias de lo cobrado en esta Admón.  Gral. Por el Fondo de Enseñanza Pública desde su imposición por el decreto del 9 de junio de 1831 hasta el 31 de diciembre de 1833”, Sombrerete, 16 de enero de 1833.

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