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viernes, 26 abril, 2024
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■ Comentarios Libres Poder Judicial cuestionado

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Por: SOCORRO MARTÍNEZ ORTIZ •

El pueblo merece un buen equilibrio
de poderes, una buena democracia,
una buena justicia.
Juventino Castro y Castro.

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Quien diga que en los tribunales no hay corrupción, o no ha estado en un tribunal, o miente descaradamente, tenemos que ser autocríticos, y la única forma de mejorar es entender los problemas que tenemos”. Así se expresó el miércoles 7 del presente mes, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea ministro Presidente de la SCJN, durante la ceremonia por el aniversario número 50 del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, a la que asistieron la jefa de Gobierno Claudia Sheinbaum y el presidente de ese órgano Jesús Anlén Alemán.

Posteriormente el miércoles 21 del mes actual, el funcionario publicó en su cuenta de Twitter: “El Consejo de la Judicatura Federal (CJF), no tiene facultades constitucionales ni legales, de disciplina y vigilancia sobre el TEPJF. Es una anomalía en el diseño institucional que debe corregirse si se quiere un combate serio de los abusos, la corrupción y la impunidad”.

Las dos manifestaciones pronunciadas por el ministro, dejan en evidencia por una parte, la gran corrupción que existe en el poder Judicial, el que debería ser garante de hacer cumplir la ley; por otra, el reconocimiento público de esa realidad y la gran preocupación por erradicar esos vicios.

Con esto, queda al descubierto que en nuestro país el poder Judicial, no escapa a toda la inmundicia que invade a la esfera gubernamental. Que no se trata de un poder “inmaculado ni pulcro”. Antes bien, es el que en muchísimos casos, respalda las conductas de los autores no sólo de todo tipo de corruptelas, sino también de otras conductas tipificadas penalmente. Todo se logra generalmente, vía amparos.

Mucho se cuestiona que el poder Judicial carece de autonomía en relación con el Ejecutivo y el Legislativo. En efecto, la existencia de estos dos se justifica en razón de que les asiste un elemento común; tienen mando. El primero, lo ejerce a través de las Fuerzas Armadas que están a su cargo: Ejército; Fuerza Aérea y Marina de Guerra (Naval). El segundo, mediante la creación de leyes, también tiene mando. Así, su carácter de poderes, les hace tener autonomía y ser independientes entre sí. Su actuación por tanto, desde el punto de vista formal es exclusiva en cada uno. En lo referente al poder Judicial es distinto. No tiene a su cargo a las Fuerzas Armadas, tampoco crea leyes, y es entonces, cuando se cuestiona su carácter de Poder. Sin embargo, tiene una característica propia, que le permite tener el mismo rango que los otros dos: mediante el juicio de amparo revisa las actuaciones del Ejecutivo y Legislativo para determinar si los mismos fueron realizados conforme a derecho, y resolver sobre el acto reclamado.

México adopta en el artículo 49 de la Ley Suprema el Principio de la División de Poderes, lo que representa esencialmente un mecanismo de limitación de los órganos estatales mediante un sistema de pesos y contrapesos en el cual, el poder detiene al poder, e impide los abusos de autoridad. Desde el punto de vista axiológico, este es el sentido de la teoría. Pero ella responde también a una finalidad funcional, determinada por el principio de la división del trabajo, que demanda la creación de órganos especializados para cada una de las funciones del Estado. La eficacia en las funciones del gobierno lo exige. De modo que bien puede decirse que la división de poderes obedece a preocupaciones de libertad tanto como a exigencias técnicas del ejercicio de gobierno.

Cada uno de los tres poderes tiene su órbita de atribuciones jurídicamente reguladas. Al poder Judicial le incumbe la administración de justicia o sea, la declaración de lo que es derecho en cada una de las controversias. Por ello, su función es impartir justicia en la sociedad, para resolver dentro del marco de la legislación que le ha sido dada por el poder Legislativo, las controversias. Este poder no hace la ley, sólo la aplica a casos concretos particulares. Sus fallos son obligatorios para las partes involucradas en el asunto que se juzga.

No obstante, el ministro Zaldívar sostiene que persiste la corrupción en tribunales del país. Por eso llama a aplicar cero corrupción en esa práctica. Señala que es inadmisible en el goberno, pero es más grave cuando la justicia se vende. Hay que aceptar que estos órganos no tienen cercanía con los ciudadanos. Se les visualiza vinculados a los poderes fácticos y económicos. Se requiere mayor sensibilidad y estar cerca de la gente.

Tiene razón el ministro Zaldívar, los tribunales son objeto de presión por partes interesadas en litigio; por autoridades y por políticos. Tienen un problema de ética profesional. Según Juventino Castro y Castro, no pueden argumentar: “es que me presionaron, extendí la mano y fíjense que me cayó dinero en ella”.
La propuesta del ministro Arturo Zaldívar, amerita una reforma urgente al TEPJF para que teniendo como límite la vigilancia del CJF, permitirá alejar a sus integrantes, de la codicia que despierta las ofertas de la política, partidos y candidatos. ■

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