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jueves, 2 mayo, 2024
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Interviene comunicaciones privadas la PGJE; sin resultados, hasta ahora

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Por: La Jornada Zacatecas •

■ Hasta ahora son nulos los resultados, según estudio de la Red en Defensa de los Derechos Digitales

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■ Entre 2013 y 2015, la PGJEZ hizo uso de “medidas de vigilancia” en 30 averiguaciones previas; ninguna concluyó con el ejercicio de la acción penal

La intervención de comunicaciones privadas, la geolocalización de un dispositivo móvil en tiempo real y el acceso a los datos que las empresas de telecomunicaciones conservan de sus usuarios son tres herramientas que utilizan las autoridades en México para “vigilar” a los ciudadanos.

La Procuraduría General de Justicia del Estado de Zacatecas (PGJEZ) entre 2013 y 2015 hizo uso de estas “medidas de vigilancia” en 30 averiguaciones previas, pero ninguna de ellas concluyó con el ejercicio de la acción penal en contra de los sujetos que fueron sometidos a este tipo de vigilancia.

Esto se traduce en un 0 por ciento de efectividad de estos mecanismos para la persecución del delito y, por tanto, para abatir los niveles de impunidad que existen en la entidad y, en general, en el país.

Esto lo expone el estudio “El estado de la vigilancia. Fuera de control”, elaborado por la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3d), el cual revela qué autoridades solicitaron y utilizaron medidas de vigilancia y cuál fue la efectividad que tuvieron con la aplicación de estas herramientas.

Mientras que la eficacia de la vigilancia en investigaciones en el caso de Zacatecas ha sido nula de 2013 a 2015, a nivel nacional la cifra no es mucho mayor, ya que sólo 8.73 por ciento de las averiguaciones previas en las que se utilizó alguna medida de vigilancia en este periodo se ejerció la acción penal.

Esto, expone el informe, “sugiere que aproximadamente el 90 por ciento de las personas que podrían haber sido vigiladas con fines de investigación penal no han sido acusadas de ningún delito ante un juez”.

La conclusión que R3d sostiene a partir de este dato, es que “en el mejor de los casos la utilidad y eficacia de las medidas de vigilancia para fines de investigación criminal ha sido exagerada y, más preocupante, que en una gran cantidad de casos las autoridades investigadoras utilizan herramientas de vigilancia en contra de personas respecto de las cuales no existe evidencia de que hayan participado en la comisión de un delito”.

Este último hecho, sumado a que un elevado porcentaje de estas medidas ha sido aplicado sin autorización judicial ni controles de algún tipo, conlleva que “la vigilancia estatal podría haber sido utilizada de manera ilegítima en contra de personas de manera impune”.

Todos los datos relacionados con la efectividad de las medidas de vigilancia en averiguaciones previas permiten asegurar, señala el estudio, que resulta “sumamente difícil seguir sosteniendo la tesis de que la vigilancia, en automático, equivale a investigaciones eficaces”.

Y agrega, en este sentido, que por el contrario “resulta innegable” con la información obtenida de las propias autoridades en relación a este tema que “existen grandes incentivos para utilizar la vigilancia de manera ilegal, incluso arriesgando la propia seguridad de la ciudadanía que los proponentes de la vigilancia sin controles dicen proteger”.

Intervención de Comunicaciones Privadas

La vigilancia estatal, explica el informe, se refiere a la recolección, almacenamiento, monitoreo y análisis de información personal por parte de las autoridades públicas y puede incluir tanto el contenido de las comunicaciones y los denominados metadatos como, “otra información personal generada por las personas al interactuar con productos, servicios, e incluso, espacios públicos”.

Los expertos que elaboraron el estudio exponen que el acceder a este tipo de datos “permite construir un perfil sumamente detallado de una persona, lo cual representa riesgos a la privacidad, la seguridad y el patrimonio de la misma”.

La intervención de comunicaciones privadas, de acuerdo con la legislación mexicana, no se reduce únicamente a la vigilancia del contenido de éstas, sino también a los conocidos como metadatos. Esta última parte, sostiene el estudio, implica un riesgo aún mayor, ya que se consideran “datos personales sensibles”.

Por ejemplo, el acceso a esta información permite conocer los números telefónicos de origen y destino de una comunicación, la hora, fecha y duración de la misma, los datos de identificación de la tarjeta SIM (IMSI) y del dispositivo (IMEI) e, incluso, los datos de localización de las antenas a las cuáles se conecta un dispositivo móvil.

Debido a las características de esta información, añade el reporte, en caso de que una persona sea sometida a vigilancia en este ámbito existen riesgos para su privacidad, seguridad y para el ejercicio de sus derechos humanos.

La PGJEZ en el año 2013 realizó una solicitud para intervenir comunicaciones privadas, aunque el informe precisa que “en una sola solicitud puede buscarse la autorización para vigilar a múltiples personas o dispositivos”.

Esta petición de Zacatecas recibió autorización judicial, al igual que la que se realizó en 2014. En el primero de los años referidos, a nivel nacional, se tiene el reporte de que fueron 5 autoridades en todo el país las que hicieron este tipo de solicitudes, entre ellas Zacatecas, mientras que al año siguiente fueron 7 autoridades en total.

En 2015 la cifra se incrementó, ya que la Procuraduría del estado hizo 13 solicitudes, de las cuales 10 fueron autorizadas y 3 se le negaron a la dependencia zacatecana.

Acceso a Datos Conservados por Empresas de Telecomunicaciones

Otra de las “medidas de vigilancia” que pueden aplicar las autoridades es la del acceso a los datos que, por ley, deben de ser conservados por las empresas de telecomunicaciones y que se refieren específicamente a los metadatos de las comunicaciones.

En este caso, la PGJEZ tanto en 2013 como en 2014 hizo una solicitud en cada año, mientras que en el año 2015 la cifra fue de 13. En este tipo de vigilancia el estudio también apunta que el número de solicitudes puede no ser equivalente al número de personas de las que se solicita esta información.

En cuanto a esta área, el estudio también ofrece datos del primer semestre de 2016 y en el caso de Zacatecas la cifra se disparó de manera exponencial. En los primeros seis meses del año pasado, la Procuraduría realizó 224 peticiones de acceso a datos conservados por empresas de telecomunicaciones.

De acuerdo con el análisis nacional de estas solicitudes, R3d indica que sólo 8.29 por ciento de estas solicitudes que recibieron las empresas fueron rechazadas, siendo AT&T la que más peticiones denegó pues no dio información en 63.5 por ciento de los casos.

Le sigue Megacable con 46.6 por ciento, Movistar rechazó el 8 por cuento y “es altamente preocupante que Telcel no haya rechazado ni una sola solicitud en el primer semestre de 2016, siendo la empresa que recibe la mayor cantidad de parte de autoridades”.

Geolocalización en Tiempo Real

La geolocalización en tiempo real de equipos de comunicación móvil es otro de los mecanismos de vigilancia de las autoridades del país y Zacatecas también ha hecho uso de él. Mientras que de 2013 a 2015 no se tiene registro de ninguna solicitud, en el primer semestre de 2016 se realizaron 10 peticiones.

No obstante, el informe señala en varias ocasiones que la mayoría de geolocalizaciones e intervenciones de comunicaciones privadas se llevan a cabo pese a no tener una autorización judicial que las permitan.

 

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