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jueves, 25 abril, 2024
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Propuesta de Ley de Salud Mental prohibiría la operación de sectas comerciales de coaching

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Por: MARTÍN CATALÁN LERMA •

■ El objetivo es llevarla a tribuna en el próximo periodo ordinario de sesiones

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■ Impediría la labor de “pseudoprofesionales o charlatanes” que ofrecen cursos de coaching, liderazgo o desarrollo humano

■ Especifica los requerimientos que debe tener un profesional de la salud mental: Hans Hiram Pacheco

La iniciativa de Ley de Salud Mental que promueve la academia, colegios de profesionistas, legisladores, dependencias gubernamentales y organismos de derechos humanos, prohibiría la operación de sectas comerciales que ofrecen cursos de coaching, liderazgo o desarrollo humano, pues impediría la operación de “pseudoprofesionales o charlatanes”.

Según Hans Hiram Pacheco García, director de la Unidad Académica de Psicología de la Universidad Autónoma de Zacatecas (UAZ), la iniciativa especifica los requerimientos que debe tener un profesional de la salud mental, ello para “evitar actores que no tengan un título como psicólogos o no estén acreditados como psiquiatras y que intentan dar desde atención psicológica en un consultorio hasta cursos psicoeducativos o de ‘liderazgo’ o ‘desarrollo humano’”.

En Zacatecas serían afectados Conciencia Plena, Quadriplica, Cre-ser y Fresnillo Vive, cuya estructura organizativa, método de operación y contenido de sus dinámicas y ejercicios con los participantes los clasifican como sectas comerciales.

Al respecto, refirió que en países como Francia existe una ley que prohíbe la existencia de estos grupos, pero no se inscribe como parte de una Ley de Salud, sino que es una ley contra la operación de sectas.

La ley francesa declara “la disolución de aquellas entidades legales, cualquiera que sea su forma jurídica u objeto, cuando el propósito o la finalidad de sus actividades sea crear o explotar la dependencia física o psicológica de sus miembros, cuando la persona jurídica en cuestión o sus dirigentes legítimos o de hecho hayan sido condenados mediante sentencia firme por alguno de los siguientes delitos: a) atentar -voluntaria o involuntariamente- contra la vida o la integridad física o psicológica de la persona, contra la libertad, la dignidad, o la personalidad, puesta en peligro de la persona o de menores o atentados contra la propiedad”.

También contiene disposiciones restrictivas en relación con la publicidad de los movimientos sectarios y pone énfasis en el concepto de “manipulación mental”. En esas disposiciones se sanciona el abuso fraudulento del estado de ignorancia y debilidad y se tipifica el delito de manipulación mental.

La pena para ese delito es de tres años de prisión y una multa a quien incurra en “abuso fraudulento de una situación de ignorancia o debilidad de cualquier menor o persona cuya vulnerabilidad sea específica por minoría de edad, enfermedad, deficiencia física o psíquica o embarazo, o de personas sometidas física o psíquicamente como consecuencia de graves presiones ejercidas para alterar su juicio, permitiendo esta persona una actuación u omisión gravemente perjudicial para sí misma. Se agrava la pena a cinco años de prisión cuando la infracción sea cometida por el responsable legal o el líder de hecho de un grupo que persiga actividades cuyo propósito sea crear, mantener o explotar el sometimiento físico o psicológico de personas que tomen parte en estas actividades”.

Pacheco García comentó que se valora la posibilidad de incluir en la ley un capítulo específico sobre el tema de los grupos sectarios, pero sí especifica quién está facultado para atender problemas de salud mental.

“Deberán estar debidamente capacitados con certificados de especialización expedidos y registrados por instituciones educativas acreditadas y de profesiones competentes de acuerdo a las normas y leyes respectivas en la materia”, dice la iniciativa a la letra.

La intención es “poner el candado para que las personas no tomen cursos o talleres que refieren a la salud mental o psicología que no están avalados formalmente y que organizan asociaciones o grupos”, agregó el director de la Unidad Académica de Psicología.

Es decir, se pretende que todas las personas que oferten servicios de atención psicológica realmente estén capacitados, actualizados y formados en instituciones educativas acreditadas.

La importancia de ese tema reside en que las personas que no cuenten con formación académica seria usurpen funciones que le corresponden a especialistas como el psicólogo o el psiquiatra, a la vez de cuidar el bienestar de la ciudadanía.

Pacheco García informó que el Comité Interinstitucional que elabora la iniciativa de ley está integrada por la Secretaría de Educación de Zacatecas (Seduzac), la Secretaría de Salud, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas (Cdhez), el Comité de Bioética, el Colegio de Psicólogos para la Salud Mental y la propia UAZ, así como profesores de las universidades autónomas de San Luís Potosí y Querétaro.

Asimismo, el Comité Interinstitucional ha trabajado en la iniciativa de ley con la colaboración de la diputada Norma Angélica Castorena, presidenta de la Comisión de Salud de la Legislatura.

Para elaborar la iniciativa se revisaron leyes de Salud Mental vigentes en estados como la Ciudad de México, Michoacán, Nayarit y Morelos, así como la Ley de Salud vigente a nivel nacional.

Como resultado, la propuesta de Ley de Salud Mental para Zacatecas se conforma de 13 capítulos que abordan disposiciones generales, atribuciones de las autoridades, acciones para la salud mental, el Consejo Estatal de Salud Mental, la promoción de la salud mental, entre otros.

“Lo novedoso en esta iniciativa, que no viene en ninguna otra ley, es un capítulo sobre la salud mental en el trabajo. La misma Organización Mundial de la Salud asume la salud mental en el trabajo como una prioridad y entonces es un tema importante”, indicó.

La propuesta establece la aportación de recursos de Gobierno del Estado para que haya los espacios necesarios donde se brindará atención a la salud mental y garantizar el recurso humano necesario para la salud mental, según expuso Pacheco García.

Sin embargo, no establece algún monto determinado que deberá aportar el Gobierno del Estado, sino que sienta las bases legales para que se pueda realizar la gestión correspondiente.

Consideró que, de aprobarse la iniciativa, se garantizaría el derecho a la salud mental de las personas, pues se reconocería que el Estado y sus instituciones debe cubrir las necesidades de la sociedades y una de ellas es el derecho a la salud de manera integral, es decir, que no se limite a enfermedades físicas, sino también lo psíquico o mental.

Es decir, “la Ley de Salud Mental de entrada apunta a reconocer un derecho básico de todo ciudadano que es el derecho a la Salud Mental. Partiendo de ello, esta ley a lo que apunta es a las acciones o mecanismos para cubrir con ese derecho básico2.

Entre algunas de las acciones que se plantea es que haya un psicólogo en todos los planteles de los diferentes niveles educativos, idea que también está impulsando la misma Secretaría de Educación para afrontar la violencia y acoso escolar y el rendimiento de los alumnos.

Es decir, explicó que la salud mental se refleja en el ámbito educativo y es por ello que se justifica que la Seduzac o la CDHEZ participen activamente en la elaboración de esa iniciativa de ley.

Pacheco García concluyó que el objetivo es llevar la iniciativa de ley a tribuna en el próximo periodo ordinario de sesiones y mientras tanto el Comité Interinstitucional revisa y modifica los aspectos que cada instancia considere necesarios. Asimismo, la Unidad Académica de Psicología recaba firmas de apoyo a la Ley de Salud Mental por varios medios, incluida la plataforma change.org.

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