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sábado, 18 mayo, 2024
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En listado del SAT por operaciones simuladas, las 3 empresas contratadas por Legislatura local

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Por: RAQUEL OLLAQUINDIA • admin-zenda • Admin •

■ Facturaron 9 mdp en 2014 y primer trimestre de 2015 por productos y servicios no comprobados

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■ Se trata de Bello Caporetto S.A. de C.V., Consultoría Ipanema S.C. y Productos y Servicios Comercializados Gaudino S.A. de C.V.

■ Aparecen junto a las empresas fantasmas creadas y utilizadas por el ex gobernador Javier Duarte

En el listado de contribuyentes definitivos del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el que se enumeran las Empresas Facturadoras de Operaciones Simuladas (EFOS), se encuentran los nombres de las tres compañías que fueron contratadas por el Congreso del estado de Zacatecas en 2014 y el primer trimestre del año 2015.

Se trata de Bello Caporetto S.A.de C.V., Consultoría Ipanema S.C. y Productos y Servicios Comercializados Gaudino S.A. de C.V.

La Jornada Zacatecas documentó en un reportaje publicado el 6 de julio de 2015 que habían facturado a la Legislatura local un monto de 9 millones 31 mil 528.13 pesos por productos y servicios que no fueron comprobados.

Fue en el mes de septiembre del año pasado cuando el SAT notificó a las tres compañías, junto con otras empresas en la misma situación, de que se habían detectado por parte de la autoridad operaciones por las que “los contribuyentes mencionados (…) se ubicaron en el supuesto a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación”.

En la citada normatividad, se expone que “cuando la autoridad fiscal detecte que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentren no localizados, se presumirá la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes”.

En el reportaje elaborado por esta casa editorial, se evidenció que en el domicilio fiscal registrado por dos de las empresas, Bello Caporetto S.A. de C.V. y Productos y Servicios Comercializados Gaudino S.A. de C.V., ubicado en la calle Vialidad Arroyo de la Plata número exterior 52 en el centro de Guadalupe, no había rótulos identificativos ni personal que atendiera a los potenciales clientes, lo que fue descrito como se cita en los siguientes párrafos.

La Jornada Zacatecas acudió al local para verificar el giro del negocio. El único referente para identificar el lugar es el número 52 pintado sobre una fachada blanca que no posee logotipos ni rótulos con los nombres de las empresas que supuestamente operan desde este establecimiento.

La puerta está cerrada por lo que para pedir información es necesario timbrar. En el interior se observa un ambiente austero, con un escritorio sin materiales de oficina visibles ni personal que atienda a los clientes.

“¿Qué se le ofrece?”, preguntó una mujer que salió de una oficina trasera, después de haber llamado al timbre. Tras ser cuestionada acerca de uno de los servicios que ofrece Bello Caporetto S.A. de C.V., no respondió inmediatamente sino que, tras señalar “permítame un momento”, fue a buscar a un hombre.

Esta segunda persona aseguró que “más adelante” en la misma calle había otro número 52 en el que posiblemente pudieran atendernos porque ellos no ofrecen ese servicio que se solicitó.

Al recorrer la vialidad no se localizó otro lugar con el mismo número por lo que se insistió en la primera ubicación y se preguntó específicamente por la empresa Bello Caporetto. En esa ocasión, quienes habían atendido la primera vez llamaron a una tercera persona quien negó que ese fuera el domicilio de esta compañía.

Al preguntarle, por tanto, cuáles eran sus actividades no refirió alguna empresa sino que, con evasivas, respondió preguntando de qué se trataba el servicio requerido, para después concluir que ‘aquí no te podemos ayudar’”.

En el reportaje publicado el año pasado se expone que desde esa dirección, supuesto domicilio de dos de las empresas ahora señaladas por el SAT, se prestaron servicios como asesorías legislativas y fiscales, pero también la renta de sillas, mesas, equipos de sonido, impresión de lonas, compra de globos de helio, material de oficina y mantenimiento de equipos de cómputo.

En el Código Fiscal de la Federación (CFF) se establece que una vez que las empresas reciben la notificación tienen 15 días para enviar las pruebas que desvirtúen las acusaciones hechas en su contra por el SAT.

En caso de que no se solventen los señalamientos, se obliga al SAT a publicar en su página de Internet y en el Diario Oficial de la Federación un listado “únicamente de los contribuyentes que no hayan desvirtuado los hechos que se les imputan y, por tanto, se encuentran definitivamente en la situación a que se refiere el primer párrafo de este artículo”.

En el sitio web de la autoridad fiscal, con actualización al primero de diciembre de 2016, se publica el “Listado de contribuyentes definitivos (Artículo 69-B del CFF)” en el que aparecen los nombres de Bello Caporetto S.A. de C.V., Consultoría Ipanema S.C. y Productos y Servicios Comercializados Gaudino S.A. de C.V.

Los nombres de estas compañías contratadas por el Congreso del estado en 2014 y el primer trimestre de 2015 aparecen, en el listado del SAT, junto a las empresas fantasma utilizadas por el ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte, y por las que ya se iniciaron varios juicios promovidos por la propia Procuraduría General de la República (PGR).

Desde el año pasado, y tras la publicación del reportaje en La Jornada Zacatecas, precisamente la Unidad Especializada en Delitos Fiscales y Financieros de la PGR inició una investigación de oficio en contra del Congreso del estado de Zacatecas y de las tres empresas referidas que fueron contratadas para facturar operaciones no comprobadas.

El ex delegado de esta dependencia en la entidad, Sergio Martínez Escamilla, informó que los delitos se constituyen en esta materia por “comprar facturas a empresas fantasma y a su vez establecer una empresa que no tiene ni personal ni mobiliario ni se dedica al objeto de eso”.

Determinó que en caso de concluirse la responsabilidad de los involucrados la sanción siempre será de carácter penal y puede oscilar entre 6 meses y 8 años de cárcel.

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