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jueves, 25 abril, 2024
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Catalina Soto a la procuraduría: preocupaciones razonables

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Por: RAYMUNDO CÁRDENAS VARGAS •

El gobernador ha designado a Leticia Catalina Soto Acosta como procuradora del estado de Zacatecas. ¿Qué significado tiene este nombramiento? Los temas actuales más importantes de la Procuraduría son la relación que hay entre las numerosas agencias del Ministerio Público y la efectividad en la resolución de las investigaciones, la confianza en la procuración de justicia, que se refleja en la bajísima tasa de las denuncias interpuestas, la impunidad de los delitos dolosos, las estrategias de prevención en el delito, la mejora de la relación entre consignación y denuncias, y especialmente la construcción de modelos más eficaces para el combate del crimen organizado. Pues bien, el perfil de la doctora Catalina no se adecua a ninguno de estos temas de la agenda de la Procuraduría, porque tiene un perfil centrado en temas electorales. Entonces, aquí justamente entra la duda razonable: ¿Por qué una persona experta en temas electorales es designada como responsable de la Procuraduría del estado? Y con un antecedente por demás relevante: en su actuación como presidenta del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ), tuvo en su haber dos acontecimientos de enorme gravedad y significado político: el bloqueo sistemático de las candidaturas independientes y la invasión de la clase política en espacios resguardados a la sociedad civil autónoma.

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En cuanto al primero, formuló un reglamento que hacia prácticamente imposible la participación de ciudadanos sin partido en los procesos electorales, al pedirles requisitos que constituían una barda muy alta para las capacidades de ciudadanos sin recursos y sin grandes estructuras. Y también hizo posible que los dirigentes partidarios capturaran el propio consejo ciudadano del órgano electoral que tiene como misión el arbitraje de los procesos electorales, y que por ello, una exigencia sine qua non para garantizar la imparcialidad de los mismos, es ser ciudadanos sin compromisos partidarios probados. En ambos casos paradigmáticos quedó clara una lección: no importaron los principios esenciales de la democracia, con tal de obedecer instrucciones que beneficiaban a ciertas expresiones políticas, en este caso, las provenientes del poder público en turno.

En conclusión, si no tiene el perfil que requiere la agenda de la Procuraduría, y es de un perfil electoral con el antecedente de violar los principios de la democracia por intereses del poder público actual, la pregunta que se desprende es, ¿la misión de Catalina en la Procuraduría es actuar en los procesos electorales venideros? O en otras palabras: ¿Catalina Soto tiene como encomienda intervenir en los comicios futuros (sobre todo en 2016) para favorecer a los candidatos oficiales, desde las funciones de la procuraduría? De ser real esta duda razonable, estamos ante un fenómeno muy preocupante, ni más ni manos, estaremos ante el regreso íntegro del dinosaurio. Resurrección modernizada. Autoritarismo e imposición con rostro sonriente y enfoque de género. No poco tardaremos en develar las preguntas. Ahora son dudas con la razón conjunta de la experiencia histórica y el mensaje que ofrece la incompatibilidad de perfiles.

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