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viernes, 26 abril, 2024
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Tumba el TEPJF designación de consejeros del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas

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Por: Admin •

■ El magistrado Esteban Penágos advirtió que no se emitió una convocatoria pública, ni fue difundida

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó anoche la designación de los consejeros del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) designados en octubre del año pasado por la 61 Legislatura. Tras una larga discusión, los magistrados coincidieron en la insuficiencia del proceso de elección de José Manuel Carlos, Brenda Mora, Felipe Andrade, Joel Arce, Otilio Rivera y Rocío Posadas.

Por mayoría de tres votos y el de calidad, el órgano jurisdiccional corrigió la plana a los diputados locales, dejó sin efecto el decreto de designación de los consejeros, mandató a la Legislatura emitir una nueva convocatoria (no se detalló el plazo, pero deberá estar definido), y en ésta se deberán contener y difundir las bases para que puedan contender todos los interesados. En tanto se elige a los nuevos, se deberán quedar en el cargo los consejeros electos a fin de mantener el orden.

Lo anterior fue derivado de los recursos de queja SUP-JDC-1129/2013 A, SUP-JDC-1131/2013, SUP-JDC-1143/2013, SUP-JDC-1167/2013 y SUP-JRC-139/2013 A SUP-JRC-143/2013 presentados desde el año pasado por los ex consejeros, Gilberto Padilla, Ricardo Hernández, el ciudadano Miguel Ángel Aguilar y los partidos Movimiento Ciudadano y PT, quienes de manera diferenciada apelaron a la falta de convocatoria pública, la militancia política de los consejeros y la no ratificación de los pasados miembros del Consejo General del IEEZ.

Es así que el Tribunal Federal sesionó ayer y durante más de dos horas el magistrado Pedro Esteban Penágos, encargado del proyecto, argumentó que el procedimiento de designación de consejeros no cumplió con las exigencias mínimas que por su naturaleza debería tener, es decir, emitir una convocatoria pública y difundirla.

En el entendido de que para todos los ciudadanos es un derecho participar para ocupar cargos públicos, pero en este caso fue nugatorio (equívoco) y así, los interesados no pudieron participar, sin contar que no hubo etapas y criterios de evaluación.

Penago, Salvador Nava y José Alejandro Luna Ramos avalaron el proyecto, en contra lo votó Flavio Galván, puesto que se negó la ratificación de los ex consejeros impugnantes y María del Carmen Alanís junto con Constantino Carrasco avalaron reponer el proceso, pero de igual manera cuestionaron la no ratificación; consideraron que primero debió ser agotado el procedimiento de ratificación para proceder a la nueva designación.

En el proyecto también se confirmaron los dictámenes relativos a la no ratificación de los consejeros electorales que habían concluido su periodo, en lo cual no coincidieron algunos magistrados, de manera especial Flavio Galván, quien argumentó que la ratificación no sólo es un derecho, sino una garantía para los servidores que desempeñaron un cargo por determinado periodo.

Y es que si bien la ley no obliga que sean reelectos, sí deben ser evaluados de manera objetiva, lo cual no hizo la 61 Legislatura, pues en su facultad soberana definió lisa y llanamente no ratificarlos sin haber presentado un procedimiento específico que motivara su decisión; sólo actuó bajo una conclusión dogmática, so pretexto de su soberanía, detalló durante la discusión.

En lo demás, el resto de los magistrados coincidió en que las inconsistencias de la designación de consejeros emitido el 31 de octubre del año pasado, puesto que sin convocatoria, únicamente los coordinadores de los grupos parlamentarios determinaron un listado de seis consejeros propietarios y suplentes; ese mismo día se elaboró el dictamen y se aprobó.

“No hay consonancia de las exigencias mínimas para hacer efectiva la garantía del ciudadano para acceder a los cargos públicos”, comentó Carrasco.

Por su parte en entrevista, el ex consejero y uno de los impugnantes, Ricardo Hernández León, dijo respetar la decisión de los magistrados, sin embargo, dijo no coincidir en el tema de la ratificación porque los legisladores no expusieron argumentos sólidos para la no reelección de los ex consejeros, pero se desechó dicho argumento.

Sin embargo, también opinó que el fallo dejó claro que las cosas deben hacerse correctamente y que para poder integrar un órgano ciudadano hay que tener procesos, limpios a fin de tener autoridades con suficiencia moral y un órgano fuerte.

Aunque no se detalló en la sesión, Hernández León dijo que en la sentencia se deberá especificar el plazo que tienen los diputados para emitir la nueva convocatoria, si bien comentó que ya no participará en ese procedimiento, no está impedido de hacerlo en el momento en que el INE tenga que designar a los consejeros como ahora lo exige la nueva Reforma Electoral, “ahí es donde estaré enfocado”.

Recordó que la facultad del Congreso local de elegir a los consejeros ya no será por mucho tiempo, por ende será una coyuntura especial.

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