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viernes, 26 abril, 2024
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La eficacia del modelo de comunicación política

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Por: ADELAIDA ÁVALOS ACOSTA •

La reforma Constitucional y legal 2014 en materia electoral imprimió modificaciones menores al modelo de comunicación política. Sin embargo las modificaciones no abonan a la mejora del modelo, aumentan la cantidad de exposición de la propaganda político-electoral en el espectro radioeléctrico, más no la calidad.

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Recordemos que la gran modificación en materia de comunicación política, se da con la reforma constitucional y legal 2007-2008, que de manera central prohíbe a candidatos, partidos políticos y a personas físicas y morales la compra de espacios en la radio y la televisión para la difusión de propaganda política, y faculta al IFE como administrador único de los tiempos del estado en los medios electrónicos.

Éstos cambios fueron producto de una demanda de la ciudadanía y de los partidos políticos ante una perversión en la comunicación política que se vino conformando a lo largo de las elecciones federales de 1997, 2000, 2003 y 2006, debido al acceso indiscriminado en la contratación de propaganda política en radio y televisión por parte de los partidos que contaba con mayores recursos. Además, por la transmisión de propaganda gubernamental en los medios de comunicación durante las campañas electorales para incidir en las mismas y los excesos de las campañas negativas que se presentaron en la elección presidencial de 2006.

Indudablemente, el modelo de comunicación producto de la reforma 2007-2008 ha contribuido a la mejora en la equidad en la contienda electoral de las diferentes opciones políticas. Los partidos políticos que antes de la reforma 2007-2008 no tenían exposición alguna ante el electorado, incursionan en la presentación mediática de sus campañas, y aquellos partidos que monopolizaban el uso de los medios de comunicación, disminuyen proporcionalmente su participación en los medios electrónicos.

Pero el asunto que nos ocupa es el de la eficacia en el uso de los tiempos del estado en radio y televisión por parte de los candidatos y partidos. Una vez probado el modelo de comunicación política en la elección federal intermedia de 2009 y en las elecciones locales de 2010, y previo a la elección presidencial de 2012, diversas voces se alzaron para proponer al Congreso  ‘reformar’ al naciente modelo de comunicación política, proponiendo la modificación de la unidad de medida para la exposición de propaganda política en las campañas.

Esa unidad de medida había quedado regulada en el artículo 56, párrafo 4 del COFIPE, estableciendo una duración de 30 segundos y de uno y dos minutos, para lo mensajes de los partidos políticos. Con la aprobación del Reglamento de Radio y Televisión, el formato quedó acotado, exclusivamente, a una duración de 30 segundos, contando con la anuencia de los representantes de los partidos políticos. En los hechos, el sistema electoral privilegió al ‘spot’[1] como el mecanismo de comunicación de ideas que, para bien o para mal, formaría la opinión del ciudadano mexicano durante las campañas.

El mensaje de 30 segundos, por su corta duración, ha resultado insuficiente para que se aproveche el tiempo oficial para favorecer la defensa o crítica argumentativa de propuestas de políticas públicas, la presentación de propuestas ideológicas y planes de gobierno. El ‘spot’ de 30 segundos induce al electorado, mediante atractivos visuales o auditivos, a que recuerde y asocie nombres, imágenes o logotipos, pero no permite que éste conozca propuestas, programas, posiciones y principios.

En tales condiciones, la pregunta que surge es ¿por qué la autoridad electoral y los partidos políticos optaron por el ‘spot’? La autoridad electoral pudo haber optado por manejar sólo una unidad de medida por motivos técnicos, para facilitar la elaboración de las pautas y la distribución homogénea de los tiempos entre los partidos.

Los partidos políticos, pudieron optar por el ‘spot’, por considerar las campañas persuasivas más redituables que las campañas informativas[2], debido a que en la mayoría de las democracias se observa una tendencia creciente al uso de las primeras, por ser más fructíferas electoralmente, ya que no comprometen una plataforma política al estar menos expuestas al escrutinio público. Mientras que las campañas informativas representan un riesgo, ya que al exponer políticas concretas pueden atraer a una parte del electorado, pero también alejar a los que no coincidan con ellas.

Tenemos así, que con la reforma 2007-2008, efectivamente los partidos políticos disponen de más tiempo y mejor distribuido en la radio y televisión, pero ese tiempo no es aprovechado para favorecer una mejor comunicación con el electorado.

Un estudio realizado por Coordenadas Consultoría S.C.[3] al comparar las campañas federales intermedias de 2003 y las de 2009, antes y después, de la reforma electoral 2007-2008, da cuenta sobre el vínculo entre la propaganda política y la participación ciudadana; después de analizar diversos factores que influyen en la participación electoral, concluye que el exceso de ‘spots’ la perjudicó. Sostiene que después de un determinado número, el incremento de ‘spots’ empieza a ser contraproducente, en virtud de que su acumulación genera saturación en el público y termina por generar abstencionismo.

Con la finalidad de mejorar la comunicación política entre los candidatos y las ciudadanía, mediante el ejercicio de un voto informado y la promoción de la participación electoral, decíamos que previo a la elección presidencial de 2012, el IFE, actores políticos, intelectuales y académicos solicitaron al Congreso de la Unión se modificara la unidad de medida del mensaje para la propaganda político-electoral. [4]

Las diversas propuestas pedían conservar el tiempo de estado asignado para estos fines[5] y los mecanismos de distribución entre los partidos[6], proponiendo de manera central que la temporalidad del formato se ampliara. Las propuestas que eran diversas[7], coincidían en que se diera la acumulación de los tiempos del estado en franjas horarias, para disponer de barras informativas que propiciaran que los candidatos dieran a conocer al electorado sus plataformas políticas y propuestas concretas, además de la realización de debates no sólo entre los candidatos a la presidencia, sino a cualquier puesto de elección popular. Estas propuestas no fueron atendidas por el Congreso de la Unión y el modelo de comunicación política quedó bajo su diseño original para regular la elección presidencial del año 2012.

Por su parte, la reforma político electoral de 2014 centró su atención en otros temas, la constitución de un órgano administrativo electoral nacional, las candidaturas independientes, nuevas formas de participación ciudadana, el voto del mexicano en el extranjero, la reelección de senadores, diputados y ayuntamientos, etc., llevando a establecer modificaciones normativas menores en el tema que nos ocupa. Veamos en qué consisten.

La Constitución en su artículo 41 base III, incorpora una modificación en el apartado A, inciso a), sobre el tiempo disponible de 48 minutos en el periodo comprendido entre el fin de las precampañas y el inicio de las campañas electorales estableciendo que se repartirá 50% para las autoridades electorales y el 50% restante a los partidos políticos para la difusión de mensajes genéricos. Antes de la reforma, la totalidad del tiempo era asignado a las autoridades electorales, ahora 24 minutos corresponden a los partidos políticos.

La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) en su artículo 168, párrafo 1 establece que en el período de precampañas el Instituto pondrá a disposición de los partidos políticos nacionales, en conjunto, 30 minutos diarios en cada estación de radio y televisión. Antes, los partidos políticos disponían de 18 minutos en las precampañas.

Aparte de las modificaciones señaladas, en la base III del 41 Constitucional la reforma agrega como prerrogativa de los candidatos independientes el acceso a los medios de comunicación social durante las campañas electorales, estableciendo el mecanismo de distribución para el conjunto de candidatos independientes, el equivalente a una de las partes igualitarias del 30% a que accede cada partido político -recordemos que el otro 70% se distribuye entre los partidos que participaron en la última elección en función de la fuerza electoral obtenida-. Asimismo, se agregan los candidatos independientes como sujetos en la prohibición de contratar espacios en la radio y la televisión.

Se conserva la unidad de medida de los mensajes en el artículo 167, párrafo 6 de la LGIPE: treinta segundos, uno y dos minutos; el reglamento determinará lo conducente.

Fuera de los procesos electorales no existe modificación alguna a las disposiciones constitucionales y legales, al INE se le asigna el 12% del tiempo disponible para el estado en radio y televisión; de ese total, el 50% se destina para los fines de las autoridades electorales, y el otro 50% para los partidos políticos, el cual se les asigna de manera igualitaria.

Si analizamos el cambio de los tiempos asignados entre la autoridad electoral y  los partidos políticos, a partir de esta última reforma, es decir, el reparto de los 48 minutos diarios en todas las estaciones de radio y televisión que el INE administra, tendremos que los partidos políticos tienen una ganancia neta en términos de exposición mediática ante el electorado:

De lo señalado, se desprende que en las elecciones federales y en las locales no concurrentes con la federal, en el periodo de precampañas y aquél que va desde el fin de éstas hasta el inicio de las campañas electorales, a los partidos se les incrementó considerablemente el tiempo en radio y televisión. En el primer periodo, se les dotó diariamente de 12 minutos adicionales, y en el segundo periodo, el aumento es de 24 minutos diarios en cada emisora de radio y canal de televisión.

Además de las modificaciones indicadas, existe un cambio importante en el tiempo asignado en el período de campaña a los partidos políticos en los procesos electorales locales cuya jornada comicial tiene lugar en año distinto a la federal, como es el caso de Zacatecas. En el artículo 177 de la LGIPE se establece que de los 48 minutos diarios en cada emisora de radio y televisión se asignarán 41 minutos a los partidos políticos, coaliciones y candidatos independientes, y el tiempo restante a las autoridades electorales. Antes de la reforma en las elecciones locales no concurrentes se asignaba a los partidos políticos 18 minutos diarios.

El incremento es notable, el tiempo del Estado que se distribuirá entre partidos, coaliciones y candidatos independientes en los dos meses en que transcurren las campañas políticas de 2016 en el Estado de Zacatecas, respecto a las campañas de 2010 y 2013, aumentará en 23 minutos diarios en cada estación de radio y canal de televisión.

De lo anterior se desprende que la reforma (2014) al modelo de comunicación política, no presenta una mejora respecto a las disposiciones establecidas en su diseño original (2007-2008); por el contrario, aumenta la cantidad de tiempo destinado para el acceso de los partidos políticos al espacio radioeléctrico. Y ese incremento en la exposición mediática, como se ha señalado arriba, no implica la mejora en la calidad de la comunicación política entre los candidatos y el electorado.

La reforma, al dejar intocado el formato del mensaje de 30 segundos, demuestra que las campañas persuasivas, se han convertido en una zona de confort de los partidos políticos y sus candidatos, y que éstos no han logrado entender qué es lo que le interesa al ciudadano.

El ciudadano quiere propuestas, quiere soluciones a los grandes problemas del país, quiere ser informado acerca del ‘cómo’ se hará frente a esos problemas, no quiere que lo sometan a mensajes vacíos de contenido. Quiere precisamente eso, contenido. No quiere confrontación, ni ideas vagas, ni buenas intenciones. La ‘espotización’ de la política provoca desinformación del electorado sobre las plataformas electorales partidistas, además de molestia y alejamiento de la población con la política.

La única forma de mejorar la calidad de la comunicación política, es que las disposiciones legales establezcan un formato diferente al ‘spot’, de mayor temporalidad, que permita que los candidatos den a conocer al electorado sus plataformas políticas y propuestas de campaña, además de la realización de debates a cualquier puesto de elección popular.

 

 

[1] Luna Pla, Issa. “El boom de los spots en México: ¿qué voto promueven?” en Ackerman, John M. (Coord.) Elecciones 2012: en busca de equidad y legalidad, UNAM, IIJ, México, 2012, pp. 170-172. Para la autora, el uso del ‘spot’ es un estilo de marketing político más propio de la propagada comercial que del mensaje político. Porque la publicidad política tiene el propósito de orientar a los votantes y a la opinión pública para el apoyo de propuestas, figuras y políticas públicas, que no es lo mismo que posicionar bienes y servicios para el consumo.

[2] Aparicio Castillo, Francisco Javier. “Dinero y competencia política”, en Francisco Javier Aparicio Castillo (Comp.) Sistema Político Electoral, Instituto Electoral del estado de México, México 2007. Existen dos formas de conducir la comunicación política en las campañas electorales una de ellas son las campañas informativas, la otra, las campañas persuasivas. Las campañas informativas, permiten exponer la plataforma o políticas propuestas por el candidato o partido respecto de ciertos temas. Las campañas persuasivas, no anuncian plataformas políticas concretas, sino valores o características personales de los candidatos.

[3] Aspe Bernal Mónica, Farca Amigo Alberto y Otero Zorrilla Jimena. Más spots, ¡menos votos!en Revista Nexos, México, Agosto de 2009.

[4] Alonso Urrutia. “Políticos e intelectuales piden inhibir la espotización en campañas políticas”, en periódico La Jornada, Mëxico, 2 de marzo de 2011.

[5] Los 48 minutos diarios en cada estación de radio y televisión.

[6] 30 % de manera igualitaria y 70% de acuerdo a su fuerza electoral.

[7] Casar, María Amparo. “Anatomía de una reforma electoral” en Revista Nexos, México, 1° de agosto de 2009. La autora proponía tres barras de información con una duración de 5 minutos cada una, transmitidas en horario matutino, vespertino y nocturno, reservando tiempo para los debates entre candidatos y sus propuestas. Un esquema como éste, sostenía, evitaría la necesidad de monitoreo, desespotizaría las campañas, permitiría a los medios de comunicación planear sus pautas, impediría la interrupción de la programación y dejaría al televidente o radioescucha en entera libertad para someterse a la propaganda política.

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