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domingo, 19 mayo, 2024
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En México no hay normas específicas para las actividades de post cierre de una mina: Muñoz

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Por: RAQUEL OLLAQUINDIA • Araceli Rodarte •

■ El superintendente de seguridad y medio ambiente de Minera Madero imparte conferencia

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■ Tenemos que comprometernos a realizar actividades que restauren el entorno, expresa

En México actualmente no existe una norma específica que regule las actividades de cierre de una mina, ni las labores que deberán realizarse de manera posterior a la conclusión de las operaciones de una explotación para restaurar el área.

Leopoldo Muñoz, superintendente de seguridad y medio ambiente de Minera Madero, de Grupo Peñoles, explicó que “definitivamente debe establecerse un programa muy específico para que cualquier empresa que quiera reiniciar o restaurar una mina tiene que basarse en esos planes de cierre, lo que debe contener, lo que debe considerar dentro de los recursos naturales que existen ahí”.

Esto lo aseveró después de impartir su conferencia Ecología en la Minería, este viernes en el marco de la Reunión Internacional de Minería Zacatecas 2014.

No obstante, precisó que sí existe una obligación, aunque no sea por norma federal, de elaborar planes post operativos en el manifiesto de impacto ambiental que debe ser aprobado por las autoridades responsables de este sector en la Federación, antes de iniciar una explotación.

En este documento, precisó que “es donde tenemos que comprometernos a hacer actividades que restauren el medio ambiente que quede impactado por nuestras actividades. Pero una norma específica sobre cierre de minas no la hay todavía”.

Sin este manifiesto, expuso el representante de Minera Madero, no se pueden llevar a cabo actividades de explotación ni de beneficio. En cuanto a la exploración, señaló que también son necesarios unos informes ambientales.

Subrayó que en el caso de las unidades que ya estaban operando cuando entró en vigor la ley más reciente también se les pide un estudio de riesgo, en el que se tienen que comprometer de igual forma a establecer programas de restitución del medio ambiente cuando concluyan sus trabajos en una locación.

“Y esos programas pueden permanecer ahí en la empresa por años porque la compañía sigue trabajando y tiene actividad todavía unos 20 años más. Lo que tenemos que hacer es ir adecuándolos, ir ajustándolos, ir actualizándolos principalmente y eso es donde el compromiso de la empresa se ve amarrado completamente”, expuso.

Muñoz aseveró que desconoce si ya se está trabajando en alguna normativa de estas características que regule específicamente las actividades de cierre de una unidad minera. Sin embargo, resaltó que “definitivamente” sería necesario elaborarla, incluso utilizando como guía los avances que en este rubro hay en varios países de Europa, donde hay empresas dedicadas exclusivamente a restaurar las áreas afectadas por la minería.

Aparte de la ausencia de normas concretas en este ámbito, indicó que también hay vacíos normativos en el tema del tratamiento de aguas, las emisiones de contaminantes a la atmósfera y los usos del suelo.

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