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viernes, 26 abril, 2024
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Problemas de salud en el ISSSTE

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Por: SOCORRO MARTÍNEZ ORTIZ • Araceli Rodarte • Admin •

■ Comentarios libres

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La problemática que enfrenta el personal médico del Hospital General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los trabajadores del Estado (ISSSTE) en esta ciudad, derivada de la represión en su contra por parte del delegado en la entidad, Carlos de la Torre Tosca, así como de la falta de infraestructura de trabajo, no ha sido atendida por las autoridades federales y estatales a pesar de que desde hace cinco meses fue denunciada.

Ante esta situación, nuevamente inician protestas con medidas más drásticas como es el inicio de una huelga de hambre por parte de dos médicos que laboran en la institución. A eso obligó la negligencia de autoridades y una de las graves consecuencias, es que el ISSSTE, no puede prestar servicios óptimos a los derechohabientes.

Esta falta de respuesta a las peticiones de los médicos, se traduce en un atentado al derecho a la salud emanado de la vida misma y protegido por la Carta de Querétaro, como un  servicio público, a cargo del Estado que tiene por obligación proporcionar los recursos humanos vía contratación, así como los materiales que se requieren para que pueda ser cabalmente respetado.

Como un derecho público en el de salud, el Estado mexicano tiene participación histórica en dos etapas. La primera. Según la Constitución de 1857, la salubridad no era competencia de la Federación y da la responsabilidad a Estados y Municipios. Sólo lleva programas epidemiológicos en fronteras y puertos. En 1908, se modifica la Constitución para encomendar a los Poderes de la Unión, la Salubridad General de la República.

La segunda etapa, que se expresa en el artículo 73 de la obra del Constituyente de 1917, permite la creación del Departamento de Salubridad (ahora Secretaría) y el Consejo de Salubridad General. El cabal desarrollo del hombre, emanado como derecho social, es el espíritu del movimiento armado de 1910 que cristalizó en la Constitución vigente. El Estado se vuelve rector de la vida y la Revolución  precipita un alud legislativo y jurídico que protege la salud de población.

Por consecuencia, todas las reformas que permitieron la adecuación de leyes secundarias a las nuevas disposiciones constitucionales de entonces, permitieron con el transcurso del tiempo, que el origen del ISSSTE como el del  Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) fuese de tipo laboral, gracias a que el Estado absorbe los problemas de salud del trabajador.

Bajo el gobierno de Adolfo López Mateos, en el año de 1959, se adiciona el inciso B del artículo 123 de la Ley Suprema, con bases fundamentales de salud y Seguridad Social, vigentes, establecidas en la fracción 11 de la disposición que se menciona. Así, la esperanza de vida del mexicano y de México, ha crecido por sus propios esfuerzos y por la salud física y mental que se ha generado con sus logros. Has sido un derecho que se esperan seguir conservando como básico, México como país, y los mexicanos como individuos.

Actualmente, el personal médico del Hospital General del ISSSTE en Zacatecas se encuentra más limitado de lo que puede ser costumbre, para realizar un servicio eficaz. Los derechohabientes, que como señalamos son trabajadores del Estado, pagan una cuota quincenal que se les descuenta de su sueldo puntualmente; merecen por tanto, y es justo que su  derecho a la salud lo proporcione el Estado como es su obligación.

Se puede señalar que el avance científico en el área de la salud es constante, es también  primordial, de ahí que la tecnología y el equipo que reclaman los manifestantes, deben ser adquiridos para la atención de los pacientes, que, por desgracia no es un número halagador, como tampoco lo es la variedad de enfermedades que se presentan, sin restar la gravedad de muchas. Urge entonces, se atienda este reclamo.

Tratándose de la petición justa y laboral con respecto al hostigamiento por parte del delegado Carlos de la Torre Tosca, hacia los médicos y demás personal, amerita, por supuesto, una revisión por parte de las autoridades competentes para conocer y delimitar la forma en que se desempeña como su cargo lo amerita y de ser el caso, deslindar las responsabilidades, como lo mandata la Constitución en su título cuarto, denominado De las responsabilidades de los servidores públicos y patrimonial del Estado, correspondiente a los artículos del 108 al 114. Pero también, urge se atienda.

Ya se ha dejado pasar mucho tiempo. Ciertamente no siempre el servicio del ISSSTE es del todo eficiente ni de la calidad requerida. Por ejemplo, uno de los graves problemas con que el derechohabiente se encuentra, es el surtido de los medicamente que requieren los pacientes que les permite controlar un sinnúmero de enfermedades. Por los motivos que sean, los responsables de este servicio son negligentes. De médicos a médicos también existen. No se trata entonces, de una institución celestial.

Mis comentarios, se refieren al derecho a la salud, y siendo justamente el Estado a través ISSSTE el que debe satisfacerlo, es reprobable que dos médicos en que laboran en la institución, pongan en riesgo su salud a fin de hacerse escuchar. ¡Lamentable! ■

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