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La historia de la humanidad

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Por: ALBERTO VÉLEZ RODRÍGUEZ • ROLANDO ALVARADO FLORES •

El viernes 10 de julio de 2020 apareció en “La Jornada Zacatecas” un reportaje que amerita varios comentarios. Se titula “Hay polémica por relevo en secretaría general del SPAUAZ” e informa acerca de la petición que el ex secretario general del SPAUAZ, Dr. Pedro Martínez Arteaga, elevó a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA)para extender su periodo. La oposición al ex comité ejecutivo siempre señaló ese acto como violatorio de los Estatutos, pero la necedad puede más que la razón. En las presentes condiciones de consenso respecto al proceso de renovación del comité ejecutivo, centrado alrededor de una convocatoria ilegal, queda la reflexión. De la lectura del expediente sindical 386/981, que circuló en redes sociales, queda claro que la razón sin fuerza es inútil porque la historia se construye desde la verticalidad del poder. Sí, pero se narra desde el ángulo de la razón. La JLCA concedió la prorroga al ex secretario “con la finalidad de que se lleve a cabo el proceso de elección del nuevo Comité Ejecutivo en el mes de agosto”. Nada más, pero nada menos. ¿Este acto es el resultado de la convicción despertada por los argumentos enarbolados en el oficio que contenía la petición? No, es producto de una votación donde los endebles argumentos del representante obrero fueron aplastados por la lógica de los Estatutos del SPAUAZ, la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los convenios 87 y 88 de la Organización Internacional del Trabajo. Los argumentos de la presidenta de la JLCA son de antología porque recogen lo que los agremiados al sindicato, y el ex secretario en primerísimo lugar, desechan: los principios básicos de los Estatutos. Veamos esos razonamientos. Acepta, con prístina claridad, la JLCA que “este Tribunal Laboral en función administrativa no tiene facultad para extender o prorrogar la toma de nota del Comité Ejecutivo del Sindicato de Personal Académico de la Universidad Autónoma de Zacatecas”. Pero lo hizo, así que esa extensión es nula. Más sustancioso, por revelador, es lo que aduce a continuación: “es improcedente concederle esa prorroga [al ex secretario general] de la Toma de Nota en virtud que los principios básicos del Sindicato establecen…” cita el III de los principios básicos que contienen los Estatutos. ¿No lo conoce el ex secretario? ¿Goza de la excusa de la ignorancia? Una línea de ese principio III basta para calibrar su importancia: “[el sindicato] será celoso de su independencia frente al Estado y las Instituciones Educativas”. ¿Por qué? ¿Por qué debe mantener esa independencia contra viento y marea?: “un sindicato que pierde su independencia se convierte en instrumento de control y manipulación de los trabajadores, sirve para reprimir y contener sus demandas y no para promoverlas”. Son palabras de los mismos agremiados que fundaron el sindicato. Si esto no es suficiente, si los teóricos de la inaplicabilidad de los Estatutos creen que no es satisfactorio, la presidenta de la JLCA cita la fracción XXII bis del 123 constitucional, donde se establecen las características del voto de los sindicalizados para elegir a su líder: personal, libre y secreto. Para rematar vienen las palabras fatales: “la solicitud de prorroga de Toma de Nota hasta el día veintiséis de agoto del año en curso, no se encuentra apegada a estos principios de libertad sindical y democracia sindical que se estatuyen en su documento de acción sindical, por lo que al Autoridad Laboral al autorizar esa prorroga estría violentando esos principios de democracia establecidos en los estatutos de la organización sindical, en la Constitución y los convenios de la OIT 87 y 88…de modo que, si esta autoridad interviene en la vida interna del sindicato y concede lo solicitado violaría la autonomía sindical que goza esa organización y conculcaría los derechos de los agremiados en elegir libremente sus representantes”. Y la violó y los conculcó. Conclusión inapelable de la razón: el ex secretario solicitó violar la autonomía sindical y conculcar el derecho a la libre elección de las autoridades. Con mayoría de votos de representantes ad hoc, incapaces de citar los estatutos en sus razonamientos, se otorgó lo solicitado. ¿Qué opinan los sindicalizados? Pregunta retórica: no opinan, no saben, no participan, les resulta indiferente porque el SPAUAZ no existe, es una oficina a la que la rectoría los asigna al momento de la contratación. ¿Y los que sí participan? Organizaron la Coordinadora de delegados, pero cedieron ante los esquiroles que diseñaron una convocatoria ilegal y contradictoria. Ante ese fracaso decidieron participar en un proceso que no tienen manera de ganar porque van divididos. Vanidad, prejuicios y arrogancia determinaron ese resultado. También ceguera: al entrar al proceso se desdicen de todo lo dicho y abrazan la arbitrariedad. De ahí que la petición del ex secretario se vuelve patrimonio de una oposición desdibujada: todos en consenso para violar la autonomía y arrebatar los derechos a los que prometerán defender. ¿Salidas? Si los agremiados no ven ninguna, si creen en sus líderes universitarios, si están conformes con que elijan por ellos y perder cada vez más prestaciones y derechos, si aceptan la precariedad laboral y aplauden las farsas, entonces nos aguarda defendernos como podamos.

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