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jueves, 28 marzo, 2024
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■ Se considera que su uso puede relajarse al menos en los lugares abiertos

Esta semana los cubrebocas podrían ya no ser obligatorios

■ La 64 Legislatura tendría que aprobar reformas y adiciones a la Ley que regula el uso de tapabocas y demás medidas para prevenir la transmisión de la enfermedad Covid-19 en el estado

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Por: ALEJANDRO ORTEGA NERI •

Esta semana los cubrebocas dejarían de ser obligatorios, salvo en algunos espacios como transporte público e instituciones de salud, esto si los diputados de la 64 Legislatura aprueban el dictamen de la Comisión Legislativa de Salud con respecto a dos iniciativas de reforma y adiciones a diversas disposiciones de la Ley que regula el uso de cubrebocas y demás medidas para prevenir la transmisión de la enfermedad Covid-19 en el estado de Zacatecas.

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La primera iniciativa de reforma fue propuesta por la diputada local y presidenta de la Comisión de Salud en la Legislatura, Karla Valdez Díaz, el 2 de junio de 2022, quien expuso en aquella ocasión la necesidad de modificar las medidas sanitarias implementadas para atender ese tema como incentivo para la reactivación de las actividades de la población, proponiendo que los cubrebocas deban sólo portarse en espacios cerrados, transporte público, centros hospitalarios, así como el deber de portarlos por parte de las personas de grupos vulnerables o que no cuenten con el esquema completo de vacunación, eximiendo así, el uso obligatorio de cubrebocas en vías y espacios públicos o de uso común o al aire libre.

Cinco días después, el 7 de junio, el gobernador David Monreal Ávila envió también una iniciativa con proyecto de decreto por la cual se reforma y adicionan diversas disposiciones de la misma Ley, argumentando que en la actualidad la pandemia ha dado tregua a nivel internacional, sin que el país sea la excepción y la entidad, que goza ahora de tranquilidad como combinación de las políticas públicas a nivel federal reproducidas en el ámbito local, como lo es la campaña de vacunación en sus diversas fases, en conjunto con la actuación “madura y responsable” de la ciudadanía. 

Esto, a decir del gobernador, permite que el uso de cubrebocas pueda relajarse al menos en los lugares abiertos, y dejar al libre albedrío de la población en los lugares cerrados y con presencia masiva, porque es claro que los casos positivos van a la baja de manera constante, y que ya no es tan demandante su uso en áreas abiertas, pues el nivel de inmunización es alto y por consiguiente el riesgo de brotes ha venido presentando una drástica y afortunada línea descendente. 

La Comisión Legislativa de Salud dio a conocer el dictamen el pasado 12 de octubre y en el documento se considera que el uso de cubrebocas no sólo protege de la enfermedad del Covid- 19, sino que evita la transmisión de enfermedades respiratorias, como gripa, influenza, entre otras. 

Además, señalan que el uso de este instrumento en la manipulación de alimentos es por higiene y en lugares como hospitales o centros de salud es un mecanismo de prevención contra diversas enfermedades, por tal motivo, no sólo debe quedar con el carácter de recomendación ya que hay situaciones y espacios donde es necesario su uso. 

Por tanto, la comisión de dictamen coincide con la propuesta de la diputada Valdez Espinoza para que se reforme el artículo 6 de este ordenamiento, con las modificaciones propuestas, así como la propuesta de la iniciativa del gobernador de modificar el artículo 1 eliminando la obligatoriedad, por lo que los cubrebocas no serían obligatorios en vías y espacios públicos de uso común y al aire libre; en el interior de establecimientos ya sea de comercio, industria o servicios; en los centros laborales públicos o privados, en aquellos espacios donde no se no comparta el lugar físico de trabajo, y en los lugares de culto religioso donde sea posible mantener una sana distancia. 

En tanto, será obligatorio en los medios de transporte de pasajeros, ya sea como usuario, operador o conductor; en los establecimientos donde se elaboren o manipulen alimentos; en consultorios, hospitales o centros de salud, públicos o privados, y los demás que determinen las autoridades de salud. 

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