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viernes, 26 abril, 2024
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Novedades fiscales del 2021

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Por: Edmundo Guerrero •

Con el inicio del año entran en vigor las nuevas disposiciones fiscales, mismas que fueron aprobadas por los legisladores federales desde el pasado mes de noviembre. El paquete fiscal para 2021 se compone de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF), la Miscelánea Fiscal y la Ley Federal de Derechos (LFD). Para el bien de negocios y sanas cuentas con el fisco, conviene hacer un breve recuento que coadyuve a un mejor manejo de esta información que llega a parecer compleja y distante para las y los contribuyentes.

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En la LIF el gobierno federal identifica las fuentes de los ingresos con los cuales se compondrá el Presupuesto de Egresos de cada año. En este sentido, mediante la aprobación de esta Ley, se establecen impuestos, aprovechamientos, ingresos petroleros y otras fuentes de recursos y, si fuera el caso, la creación de nuevos impuestos. Por su parte, en la Miscelánea Fiscal se aplican las modificaciones a tasas, medios de cobro y sanciones en la recaudación de impuestos federales como el IVA, ISR e IEPS. La LFD contiene los conceptos y montos que cobrará el Estado por algunos de los servicios que este brinda, así como por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público.

La utilización de plataformas digitales es cada vez más generalizada en la vida diaria de las personas. Renta de alojamientos en destinos turísticos, servicios de autotransporte terrestre, envío de comida, entre otros, son algunas de las actividades que deben considerarse como servicios, pero también como negocios en los que cada vez más población incursiona. De suerte que aquellos contribuyentes prestadores de servicios como Uber, DiDi, Rappi y similares, verán a partir de este año una reducción en la tasa de ISR de 2.8% al 2.1%. Para los que generan ingresos a través de plataformas de hospedaje, como Airbnb, la retención para este año pasa de 5 a 4 por ciento; y para las personas que comercializan bienes y servicios a través de empresas como Mercado Libre, Amazon, Ebay, la tasa se reduce de 2.4 a 1 por ciento.

Llama la atención que dentro de las modificaciones que entraron en vigor el primer día de este año es la posibilidad de que la autoridad pueda bloquear el uso de aquellas plataformas digitales que no se den de alta correctamente ante el SAT y no cumplan con sus obligaciones fiscales. Es decir, si estas empresas de servicios digitales no pagan sus impuestos, los usuarios no podremos disfrutar de sus servicios, lo cual, por ejemplo, podría causar la suspensión de plataformas que todas y todos usamos a diario como Spotify, Netflix, Facebook, Instagram, etcétera. Esta medida ha sido sumamente discutida toda vez que, de ocurrir, los afectados serían los usuarios. No obstante, es una realidad que estamos ante una nueva generación de medios e instrumentos a través de los cuales se lleva a cabo el cobro de impuestos y tenemos que enfrentarlas.

Junto con estas nuevas facultades de recaudación, para este año entraron en vigor otras más que las y los contribuyentes debemos tener presentes. Para la cancelación de los sellos digitales una vez que el fisco nos notifique de alguna irregularidad, contamos con hasta 10 días para presentar la aclaración correspondiente, de lo contrario se podrá cancelar el sello. En cuanto a las devoluciones de impuestos, el SAT solicitará la confirmación del domicilio fiscal para que la o el contribuyente sea localizable en todo momento, pues de no ser así, se podrá cancelar el saldo a favor. También hay cambios sobre los acuerdos conclusivos, ahora contaremos con hasta 20 días para solicitarlos después de que la auditoría haya concluido y se tengan diferencias.

En este sentido, a partir de este año el SAT podrá realizar embargos precautorios a las cuentas de terceros que no colaboren en la fiscalización que se haga a determinada o determinado contribuyente que sea deudor. Es decir, se podrá embargar las cuentas de clientes, proveedores o empleados de alguna o algún deudor con el fisco.

Todas estas disposiciones buscan acabar con la evasión y mejorar la eficiencia en la recaudación, un tema que puede ser ampliamente debatido con respecto a su pertinencia y su eficacia. Sin embargo, la lamentable pandemia que aqueja al mundo ha hecho estragos en la economía de las personas y los gobiernos y México y nuestros bolsillos por supuesto que no son la excepción. Ante este escenario, conviene estar atentos en este nuevo año a los distintos impactos que nos causan estos cambios fiscales tanto en nuestros consumos como en nuestros negocios. Mantenernos atentos a ello y estar en orden con el fisco no es solo nuestra obligación como ciudadanas y ciudadanos, sino que también nos conviene.

*Contralor Municipal de Fresnillo y Director General de Edmundo Guerrero Contadores.

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