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miércoles, 1 mayo, 2024
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Renovación del tribunal de justicia electoral

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Por: SOCORRO MARTÍNEZ ORTIZ •

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La democracia, en todos los países del mundo presenta muchos problemas de difícil solución. Ninguno, aunque lo quiera, tiene una democracia perfecta. En la presente colaboración, comentaré aspectos relacionados con este tema, para concluir con breve opinión sobre los nuevos magistrados del Tribunal de Justicia Electoral que recién fueron elegidos por la Cámara de Senadores, y tomaron ya posesión de sus respectivos cargos en el marco del proceso electoral de nuestro Estado 2016.

Uno de los puntos más sensibles para la democracia, es el fraude electoral, porque es el que más atenta contra ella. El primero se le atribuyó a Vicente Guerrero cuando nuestra República apenas daba sus primeros pasos. Al asumir su cargo, eufóricamente le gritaron: “…Viva Guerrero y Lobato, y viva lo que nos arrebató…” Se trataba de las segundas elecciones mexicanas, en las que contendieron los generales Vicente Guerrero y Gómez Pedraza por la Presidencia.

Gómez Pedraza, impugnó los resultados aduciendo que Guerrero había obtenido un triunfo espurio producto de irregularidades electorales. Esto se convirtió en el primer conflicto post electoral. Derivó en el saqueo de los almacenes del Parián que entonces, se localizaba en el Zócalo de la capital del país. Así, la historia sigue dando cuenta de elecciones federales ilegales e inequitativas, hasta hace pocos años en que mediante reformas constitucionales y la creación de leyes e instituciones en la materia, se ha tratado de controlar tales conflictos.

Toda controversia donde existe la disputa de un derecho entre dos partes, es competencia del Poder Judicial. El tema electoral no es la excepción, sin embargo, no existía un tribunal como órgano de dicho Poder que las resolviera.

En el contexto de la reforma política del 6 de diciembre de 1977, se estableció el sistema de autocalificación con una participación poco perceptible de la SCJN. Consistía en que la Cámara de Diputados calificaba la elección de sus miembros a través de un Colegio Electoral de acuerdo con las constancias de mayoría que hubiesen obtenido el mayor número de votos, según registro de la Comisión Federal Electoral. Si la SCJN  consideraba que se cometieron violaciones sustanciales en el desarrollo del proceso electoral en la calificación misma, lo haría del conocimiento de dicha Cámara para que emitiera una resolución, misma que tendría el carácter de definitiva e inatacable. El 11 de diciembre de 1986, con una reforma al artículo 60 de la CPEUM, al derogar el recurso de reclamación, se estableció que cada Cámara calificara las elecciones de sus miembros y resolviese las dudar que se sobre ellas se llegaran a presentar.

Posteriormente, en 1987 se creó el Tribunal de lo Contencioso Electoral (TRICOEL), dependiente del Poder Ejecutivo. Después, a partir de 1990, cambió su nombra por el de Tribunal Federal Electoral (TRIFE) y, con la reforma de 1996 que modificó disposiciones constitucionales en esta materia, se creó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). La reforma de 2007 fue importante también al establecer que este órgano, funcionara de manera permanente al igual que sus atribuciones, en lugar de hacerlo en forma temporal como ocurría desde 1991 con facultades que solamente duraban en los procesos electorales federales.

Sin  embargo, la reforma sustancial de 1996, logró tres objetivos importantes: 1.- Se modificó el Artículo 94 de la CPEUM, para incorporar al Poder Judicial Federal el TEPJF, como un órgano especializado en la materia.  2.- La ciudadanización del IFE. De esta manera, fue posible que ese organismo se integrara con ciudadanos como consejeros electorales ajenos a cargos públicos; sin tener una militancia política que fuese determinante en la toma de sus decisiones, y sin que acreditaran irrestrictamente la licenciatura en derecho. 3.- También se logró la ciudadanización del TEPJF, al integrarlo con abogados ajenos a quienes se desempeñaban como miembros del Poder Judicial.

Tales reformas se incorporaron a las Constituciones de las entidades federativas. Actualmente, la última de ellas parece que en los hechos ha sufrido mutación, ya que existen algunos casos en que los Tribunales Electorales, toman en cuenta para su integración a uno o a varios miembros del Poder Judicial pertenecientes a los Estados. Esto, deja mucho que desear en el ejercicio de sus facultades, dado que para ejercerlas no deben descuidar los principios rectores de la función electoral: certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.

Gracias a la reforma del año pasado en esta materia, se despojó a las Legislaturas de los Estados de la facultad para elegir magistrados electorales, y la depositó en la Cámara de Senadores, por ello fue posible evitar la reelección de magistrados electorales en cualquier entidad de la República, toda vez que para ocupar ese cargo, ahora se cumplirán irrestrictamente los requisitos establecidos en la convocatoria previamente publicitada.

¿Qué con ello se resolverá el problema de la democracia en México? Tal vez no, pero sería peor no intentarlo.

Ahora, habrá que esperar el desempeño del renovado Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas, durante el proceso electoral 2016 que recién  inició. Entre sus integrantes se encuentra un  Licenciado de gran prestigio: José Antonio Rincón González.  ¡Enhorabuena todos! ■

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