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■ Determina Panel de Mecanismo Laboral del T-MEC que se intervino en la vida sindical

Obtiene Sindicato Minero respaldo en la resolución por violaciones laborales

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Por: La Jornada Zacatecas •

Un panel del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (RRM) del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) determinó que en la mina Camino Rojo, ubicada en el municipio de Mazapil, Zacatecas, se cometió una “grave” denegación de derechos laborales, al documentarse interferencias patronales, actos de intimidación y un clima de temor entre los trabajadores.

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La resolución, hecha pública este 26 de marzo de 2026, concluye que la empresa operadora, Minera Camino Rojo —propiedad de la canadiense Orla Mining—, intervino en la vida sindical al favorecer al Sindicato Minas sobre el sindicato previamente titular del contrato, el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSSRM) de Napoleón Gómez Urrutia.

De acuerdo con el panel, esta intervención incluyó prácticas discriminatorias, así como actos de coacción e intimidación para obligar a los trabajadores a desafiliarse de Los Mineros y afiliarse al sindicato promovido por la empresa. Incluso, se documentaron amenazas de violencia física, agresiones, despidos y represalias vinculadas a las preferencias sindicales.

El panel calificó a la empresa como el “principal promotor de la denegación de derechos” en la mina, al facilitar activamente la desarticulación del sindicato Los Mineros. Además, subrayó que el conocimiento de la empresa sobre la presencia de crimen organizado en la zona incrementaba su responsabilidad de proteger a su plantilla laboral.

Asimismo, determinó que las acciones adoptadas por la empresa fueron insuficientes para remediar las violaciones, ya que persistieron condiciones de miedo entre los trabajadores, quienes enfrentaban posibles consecuencias si no respaldaban al sindicato favorecido por la compañía.

Medidas de reparación

Como parte de la resolución, el panel propuso una serie de medidas para revertir las violaciones detectadas en la mina Camino Rojo. Entre ellas destacan: La emisión de una disculpa pública por parte de la empresa, Garantizar plenamente la libertad de asociación y la negociación colectiva, Asegurar la neutralidad patronal en el trato hacia los sindicatos, Establecer compromisos de la administración para promover los derechos laborales, incluyendo medidas disciplinarias y políticas de cero tolerancia; La reinstalación de trabajadores despedidos, así como el pago de indemnizaciones y compensaciones, Implementar medidas adicionales de seguridad en la mina, Desarrollar programas de capacitación, Adoptar compromisos para evitar la repetición de violaciones, Garantizar los derechos del sindicato Los Mineros, incluyendo el acceso a la mina, la comunicación sin obstáculos con la empresa y la posibilidad de colocar avisos sindicales.

Antecedentes del caso

El procedimiento se originó el 24 de junio de 2024, cuando el sindicato Los Mineros presentó una queja ante instancias de Estados Unidos, en la que denunció la denegación de derechos laborales en la mina de Mazapil.

Tras revisar la evidencia, autoridades estadounidenses consideraron que existían elementos suficientes para activar el mecanismo del T-MEC y solicitar a México una revisión. Si bien el gobierno mexicano reconoció parcialmente la existencia de violaciones, no se alcanzó un acuerdo de remediación con Estados Unidos.

Ante ello, en diciembre de 2024 se conformó el panel internacional, que realizó visitas de verificación en diciembre de 2025 y celebró audiencias en la Ciudad de México.

La determinación del panel es definitiva y confirma la existencia de violaciones graves a los derechos de libertad sindical y negociación colectiva en una de las principales operaciones mineras de Zacatecas.

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