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jueves, 25 abril, 2024
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Inconsistencias legales de la Revocación de Mandato

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Por: SOCORRO MARTÍNEZ ORTIZ •

Desconozco la cantidad de ciudadanos que el próximo domingo 10 de abril acudirán a las urnas para cumplir con “el primer ejercicio de democracia participativa. Participación directa”, para depositar en las urnas la boleta que contendrá su respuesta a una de las dos preguntas que se plantearán: 1.- ¿Está de acuerdo en que el presidente Andrés Manuel López Obrador, sea removido de su cargo, en virtud de la pérdida de confianza? 2.- ¿Está de acuerdo en que el presidente continúe en su cargo, hasta que finalice su mandato?

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Desconozco también el resultado de esta consulta.

Sin embargo, lo predecible será, dada las características de la grosera conducta y actitud irrespetuosa del presidente: ofensas, amenazas, burlas, apodos, ninguneos e insultos de todo tipo a diestra y siniestra, en contra de lo que según Él llama: un plan de sus adversarios, los conservadores neoliberales, que se oponen al proyecto de la 4T que Él encabeza, en beneficio de “el pueblo; el pueblo bueno; el pueblo sabio”. “Por el bien de todos, primero los pobres”.

Desde mi punto de vista, esta mencionada revocación de mandato, adolece de serias inconsistencias legales que, de proceder algún recurso interpuesto, planteado y con serios y contundentes fundamentos de ley, podría dejarla sin efecto alguno:

Vamos por partes:

1.- El presidente Andrés Manuel López Obrador, tomó posesión de su encargo el día 1 de diciembre de 2018. Por lo tanto, de acuerdo con el artículo 83 de la Ley Suprema, únicamente debe permanecer en él 6 años. Por lo que al actual Jefe del Ejecutivo, le corresponde gobernar sólo cinco años y 10 meses, habrá de concluir su mandato el día 30 de septiembre de 2024. Esto en razón de una reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 10 de febrero de 2014. En esta fecha, el anterior presidente Enrique Peña Nieto, se encontraba en funciones. Por eso, a él si le correspondió concluir su mandato justo el 30 de noviembre de 2018. Pero el actual presidente, López Obrador, inició su mandato estando el vigor la nueva Ley, es entonces que Él debe concluir el 30 de septiembre del mencionado 2024, para que su sucesor, inicie el 1 de octubre de ese año y concluya seis después, el 30 de septiembre de 2030.

2.- Ahora bien. La Ley Federal de Revocación de Mandato, no es aplicable para el actual jefe del Ejecutivo federal. ¿Por qué motivo? Porque la ley no es aplicable retroactivamente. Mire usted, esta Ley, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 14 de septiembre de 2021. En esta fecha, el presidente López Obrador, llevaba en el cargo dos años y nueve meses. En consecuencia, su aplicación le corresponde a su sucesor, porque no pueden crearse leyes para cada persona en particular, o grupos sociales. Son genéricas y de observancia general.

3.- La consulta para la revocación de mandato, es un derecho político ciudadano. Es noble para la democracia. Es una forma de participación directa. Pero su ejercicio, de acuerdo con el artículo 35 de la CPEUM y su correspondiente Ley Reglamentaria de Revocación de Mandato, sólo corresponde a los ciudadanos. De ninguna manera pueden promocionar su ejercicio el Ejecutivo Federal, ni los funcionarios a su cargo, ni quien ocupe la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, ni los gobernadores de las entidades federativas, ni secretarios de Estado, tampoco los legisladores de ningún partido, ni militares, o instituciones de este nivel.

Todos estos funcionarios y servidores públicos, en su gran mayoría subordinados al presidente de la República, deben abstenerse de su promoción, porque esta facultad, por mandato de ley, corresponde al Instituto Federal Electoral (INE). Pero aun así, este órgano electoral no debe siquiera aludir el sentido de la respuesta por la que deben optar los ciudadanos convocados. En igual forma, los partidos políticos no deben persuadir a los ciudadanos.

4.- El pasado fin de semana (sábado 2  de abril de 2022), con recursos del Estado, tanto financieros como utilizando algunos funcionarios y servidores públicos, el secretario de Gobernación Adán Augusto López, a bordo del avión de la Guardia Nacional con matrícula XC-PFM y acompañado de Alfonso Durazo, gobernador de Sonora; Mario Delgado; Carlos Manuel Merino, gobernador interino de Tabasco;  Ricardo Mejía Berdeja, sub secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, entre otros funcionarios y alcaldes, así como legisladores locales y federales, inclusive, se habla de militares portando el uniforme, se dieron a la tarea de trasladarse de la Ciudad de México a los estados de Coahuila y Sonora, en una abierta campaña de promoción de la consulta por la revocación de mandato, y, por supuesto, con respuesta favorable a López Obrador.

En ese evento, Adán Augusto López, se explayó lanzándose en contra de los consejeros del INE:

“Esos ya se van y los vamos a ver pasar ahí, por el frente con la cola entre las patas”.  Ante los aplausos de sus acompañantes.

5.- Nadie ha pedido la revocación del presidente. Es una tristeza observar el gran derroche. Bien pudiera destinarse al pueblo pobre.

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