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viernes, 29 marzo, 2024
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Incendio provocado en La Bufa consumió 40 hectáreas; todavía no hay detenidos

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Por: SCARLETT LLAMAS •

■ Hay fotografías difundidas en redes sociales donde aparecen los presuntos culpables

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Aproximadamente a las 14 horas de este miércoles, se registró un incendio en el cerro de La Bufa, que se extendió hacia el Crestón Chino y con dirección hacia el Ecoparque. El fuego se salió de control por los fuertes vientos, que alcanzaron los 116.6 kilómetros por hora, con vientos sostenidos de 97 kilómetros por hora. Por ello, se pudo controlar hasta las 17 horas, afectando a un aproximado de 40 hectáreas en superficie, informó Juan Antonio Caldera Alaniz, coordinador estatal de Protección Civil.

Advirtió que el siniestro fue provocado, mismo que se comprobó con fotografías difundidas a través de redes sociales donde aparecían los presuntos culpables; los posibles responsables, sin embargo, no fueron detenidos. Esto último lo confirmaron también la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) y la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJEZ).

Cabe señalar que, de acuerdo con el artículo 420 Bis. del Código Penal Federal, en su punto cuatro, detalla que se impondrá pena de dos a 10 años de prisión y el equivalente de 303 días de multa a quien ilícitamente provoque un incendio en el bosque, selva, vegetación natural o terrenos forestales, que dañe elementos forestales, flora, fauna, los ecosistemas o el ambiente.

A esto le continúa el artículo 421, el cual establece que, además de lo ya señalado, se impondrán las siguientes penas y medidas de seguridad:

La reparación y, en su caso, la compensación del daño al ambiente, de conformidad a lo dispuesto en la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, la suspensión, modificación o demolición de las construcciones, obras o actividades, según corresponda, que hubieren dado lugar al delito ambiental respectivo; la reincorporación de los elementos naturales, ejemplares o especies de flora y fauna silvestre, a los hábitat de que fueron sustraídos, siempre y cuando su reincorporación no constituya un peligro al equilibrio ecológico o dificulte la reproducción o migración de especies de flora o fauna silvestre; entre otros.

Por su parte, el Código Penal local dicta que se impondrán de 5 a 10 años de prisión y multa de 100 a 200 cuotas a los que causen incendio, inundación o explosión con daño o peligro de: entre otras cosas, montes, bosques, selvas, pastos, mieses o cultivos de cualquier otro género, de acuerdo con su artículo 346.

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