12.8 C
Zacatecas
sábado, 20 abril, 2024
spot_img

Informa SAD que 80% de los trabajadores de Godezac ya puede revisar sus comprobantes fiscales en línea

Más Leídas

- Publicidad -

Por: REDACCIÓN •

Le Roy Barragán Ocampo, secretario de Administración (SAD), informó que desde hoy, el 80 por ciento de los trabajadores del Gobierno del Estado ya puede revisar e imprimir los comprobantes fiscales de su salario de manera electrónica.

- Publicidad -

El portal para revisar su comprobante fiscal es: consultacfdi.sazacatecas.gob.mx, al cual pueden accesar los trabajadores desde cualquier computadora, las 24 horas del día, y contiene los comprobantes desde 2014 y hasta cinco años atrás.

El funcionario estatal dijo el porcentaje restante de trabajadores que aún no cuenta con su clave, la tendrá en no más de 20 días hábiles, ya que este procedimiento es realizado por el Sistema de Administración Tributaria (SAT) y tarda entre 15 y 20 días.

En ese sentido, el titular de la Secretaría de Administración (SAD) pidió paciencia y comprensión a los trabajadores que aún no cuentan con su clave para revisar en línea su comprobante fiscal.

Asimismo, Barragán Ocampo agregó que si alguno de los trabajadores desea agilizar el trámite, puede acudir de manera personal a las oficinas del SAT o realizarlo en el mismo portal de la dependencia federal.

En ese mismo momento -refirió- el área de recursos humanos a la cual pertenece el trabajador le entregará su contraseña y nombre de usuario para acceder a sus comprobantes fiscales.

Cabe recordar que anteriormente se entregaban físicamente constancias de ingresos o talones de pago a los trabajadores; pero, a partir de hoy, se entregaran comprobantes fiscales regulados por el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación.

De acuerdo con la reforma aprobada por el Congreso Federal en materia del Impuesto sobre la Renta (ISR) y el Código Fiscal de la Federación (CFF), a partir de 2014 y del día de hoy los comprobantes fiscales están a disposición de los trabajadores del Godezac.

Barragán Ocampo expresó que el comprobante fiscal debe ser expedido y entregado en la fecha que se realice la erogación correspondiente, es decir, con cada pago (diario, semanal, decenal, quincenal o mensual) y podrá ser utilizado para asuntos laborales.

- Publicidad -

Noticias Recomendadas

Últimas Noticias

- Publicidad -
- Publicidad -