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sábado, 27 abril, 2024
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TEPJF desecha queja del PRI y confirma la redistritación electoral para Zacatecas

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Por: ALMA ALEJANDRA TAPIA •

■ En 2016 Fresnillo tendrá tres distritos, según la ponencia

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Quedó firme para aplicarla en 2016 la redistritación para Zacatecas que aprobara el Instituto Nacional Electoral (INE) el pasado 24 de junio, lo cual implica que Fresnillo tendrá tres distritos electorales y algunas otras modificaciones. Así lo determinó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al desechar la impugnación presentada por el PRI.

Tras la aprobación que hiciera el INE de la redistritación, lo cual no fue en el plazo de 90 días antes del inicio de la elección de Zacatecas, toda vez que los diputados locales adelantaron la fecha de arranque del proceso 2015-2016 de octubre, al 7 de septiembre de este año, Jorge Carlos Ramírez Marín, representante del PRI impugnó el acuerdo del Consejo General apelando al no cumplimiento de los 90 días.

Sin embargo, por unanimidad, los magistrados de la Sala Superior declararon infundados los agravios al considerar que, contrario a lo que argumentó el priísta, el acuerdo del INE no violó el artículo 105, fracción II, penúltimo párrafo, de la Constitución Federal.

Se informa en la sentencia con número de expediente SUP-RAP-258/2015 que la redistritación no es aplicable para dicho precepto constitucional al tratarse de un acto formal y materialmente administrativo de carácter instrumental sobre el cumplimiento de la atribución constitucional conferida al INE, concerniente a la geografía electoral tanto para los procesos electorales federal como locales.

En la ponencia de la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa aprobada el miércoles incluso se señala que el 4 de marzo de 2015 el consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova, mediante el oficio INE/PC/058/2015, comunicó a los Congresos locales incluido el de Zacatecas, sobre los trabajos de distritación.

Es decir, se les informó de la importancia de que, en caso de decretar una reforma en la materia electoral, éste debería aprobarse con al menos seis meses antes del inicio del proceso comicial local. Sin embargo los diputados de Zacatecas no lo tomaron en cuenta.

En la sentencia se señala que durante la tramitación del recurso de apelación comparecieron como tercero interesados el Partido Acción Nacional, Morena y el Partido de la Revolución Democrática.

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