11.5 C
Zacatecas
viernes, 29 marzo, 2024
spot_img

Comentarios Libres Cuestionamientos a la Legislatura local

Más Leídas

- Publicidad -

Por: SOCORRO MARTÍNEZ ORTIZ •

En lo general, los recursos financieros públicos destinados a mantener la estructura del estado, son elevadísimos. El poder unitario para cumplir con su objetivo, delega funciones y en consecuencia, tenemos al Legislativo; Ejecutivo y Judicial. Los tres, en sus correspondientes ámbitos de competencia federal y local.
Mis comentarios sobre el Poder Legislativo de Zacatecas:
Los legisladores merecen recibir cursos propedéuticos, que los inicien en sus funciones, para que conozcan qué es un cargo de diputado; cuál es su tarea; cómo es su herramienta de trabajo. Merecen también, una capacitación permanente, que los actualice en las tareas que como servidores públicos, están obligados a conocer y dominar.
No se vale ninguna justificación ni excusa. Perciben fuertes cantidades como sueldos, prestaciones y otros conceptos. Todo a cargo del bolsillo de los zacatecanos y no les rinden buenas cuentas.
¿Por qué hago esta referencia?
Recientemente se dio a conocer, que en la actual Legislatura del Estado se retrasan trabajos en las sesiones o no se llevan a cabo éstas, debido a las faltas en que incurren algunos diputados.
¿Qué hacer en estos casos?
Únicamente se debe aplicar la Constitución Política del Estado de Zacatecas y la correspondiente Ley Orgánica del Poder Legislativo. Sólo eso.
Tales ordenamientos, establecen las sanciones para los diputados de la Legislatura Local. Entre otras éstas:
Descuento de la dieta.
Remoción de las comisiones legislativas de las que forme parte, y de los órganos en los que ostente la representación de la Legislatura.
Llamamiento al diputado suplente de acuerdo a la CPEZ.
Hay varios supuestos para que proceda el descuento de la dieta: faltas injustificadas a las sesiones del Pleno o de la Comisión Permanente, así como a las reuniones de trabajo de las comisiones; invocar o hacer uso de su condición de diputado en el ejercicio de alguna actividad mercantil, industrial o profesional; intervenir en asuntos legislativos, cuando deban excusarse de hacerlo en los términos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; no presentar por lo menos dos iniciativas de ley, decreto o acuerdo dentro de cada periodo ordinario de sesiones; cuando los integrantes de las comisiones no emitan los dictámenes respectivos en los plazos fijados expresamente en la ley.
Por lo que se ha dado a conocer a la opinión pública acerca de las faltas de los diputados, supongo que ellos desconocen totalmente las disposiciones descritas. Su propia herramienta de trabajo, no la saben manejar ni la dominan, y eso indiscutiblemente explica las ausencias.
Ahora bien. Hay otra situación digna de tomar en cuenta:
El trabajo legislativo del Estado de Zacatecas es muy arduo. La CPEZ enumera las facultades y obligaciones de la Legislatura, son muchas y… para realizarlas, solamente existen anualmente dos periodos ordinarios de sesiones. No es suficiente este tiempo.
De esta manera, la Comisión Permanente o el Ejecutivo del Estado, en caso necesario deben convocar a sesiones extraordinarias para tratar asuntos que de manera urgente se llegaran a presentar. Esos periodos, pueden ser varios. Lamentablemente en ellos, de manera exclusiva, deben tratarse los asuntos convocados.
Mientras tanto, el trabajo legislativo permanece inalterable durante los periodos de receso.
Resulta por ello, muy aceptable un comentario que comienza a manejarse a nivel nacional, para establecer tres periodos de sesiones en el Congreso de la Unión y, en consecuencia, las Legislaturas de los Estados, por razón de la supremacía constitucional, deberán adoptar lo propio. También quedaría reducido el tiempo de los periodos de receso.
Bajo esta óptica yo podría proponer que dichos periodos fueran:
El primero, iniciaría el 1 de enero para concluir el 31 de marzo.
Periodo de receso del 1 de abril, al 30 del mismo mes.
El segundo, iniciaría el 1 de mayo para concluir el 31 de julio.
Periodo de receso del 1 de agosto al 31 del mismo mes.
El tercero, iniciaría el 1 de septiembre para concluir el 15 de diciembre.
Periodo de receso del 16 de diciembre al 31 del mismo mes.
Las tareas legislativas así lo ameritan. Entre otras, algunas son estas:
Legislar en materia de seguridad pública y tránsito.
Legislar en materia de educación y salud en el ámbito de su competencia.
Facultar al Ejecutivo del Estado para que realice transferencias presupuestales, cuando exista causa grave a criterio de la Legislatura y en los términos que disponga la Ley Reglamentaria.
Aprobar, antes de que termine el primer periodo de sesiones del año correspondiente, la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos del Estado que el Ejecutivo presentará a la Legislatura a más tardar el 15 de noviembre de cada año, requiriéndose previamente la comparecencia del secretario del ramo.
Expedir las leyes que regule la organización y las facultades de la Auditoría Superior del Estado, las demás que normen la gestión, control y evaluación de los Poderes del Estado, Municipios y sus respectivos entes públicos, así como expedir la Ley sobre el Sistema Estatal Anticorrupción.
Evaluar sin perjuicio de su autonomía técnica y de gestión, el desempeño de la función de la Auditoría Superior del Estado…
…muchas más…

- Publicidad -

Noticias Recomendadas

Últimas Noticias

- Publicidad -
- Publicidad -