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sábado, 18 mayo, 2024
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Issstezac aún no pierde litigio frente a jubilados; el proceso legal continúa

■ Presentó el 11 de enero un “Recurso de queja” ante el Primer Juzgado de Distrito en contra del dictamen del pasado 7 de enero, mediante el cual se determina la suspensión provisional del no pago del aguinaldo a jubilados y pensionados

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Por: MARTÍN CATALÁN LERMA •

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas (Issstezac) presentó el 11 de enero un “Recurso de queja” ante el Primer Juzgado de Distrito en contra del dictamen del pasado 7 de enero, mediante el cual se determina la suspensión provisional del no pago del aguinaldo a jubilados y pensionados.

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Al interponer este recurso, el conflicto legal por el pago del aguinaldo a jubilados y pensionados aún no está agotado y habrá que esperar a que siga el proceso, de manera que el Instituto todavía no está forzado a dispersar el pago del aguinaldo a los jubilados que interpusieron un amparo.

El recurso de queja expone: “con fundamento en lo establecido en los artículos 97 fracción 1, inciso b), 98 fracción 1, 99, 100 y demás aplicables y relativos de la Ley de Amparo, en relación con la facultad que me otorga el artículo 120 fracción I de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas, comparezco a fin de promover Recurso de Queja contra del Auto de fecha 07 de enero de 2022, mediante el cual se determina procedente otorgar la suspensión provisional del acto reclamado en el Juicio de Amparo 15/2022, en contra de actos del Presidente de la Junta Directiva del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas y otras autoridades”.

La queja es contra la determinación del Juzgado Primero de Distrito que dice: “Se concede la suspensión provisional solicitada, respecto del acto reclamado que hace consistir en la omisión del pago de aguinaldo por jubilación, para el efecto de que se continúen pagando las prestaciones que le corresponden con motivo de la pensión de la cual aducen ser beneficiarios, puesto que con dicha medida cautelar no se contravienen disposiciones de orden público ni se lesionan el interés social, y por el contrario, existe un peligro en la demora pues, de negarse resentiría un daño económico que afectaría su subsistencia y por consiguiente la de su núcleo familiar”.

La argumentación Sánchez González refiere a observaciones que emitió la Auditoría Superior del Estado (ASE) en el 2020, cuando señaló que no se debe pagar el aguinaldo a jubilados y pensionados adscritos a la ley de 1986.

La auditoría indica que “el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas ha estado otorgando aguinaldos a los pensionados sin que existe disposición alguna que lo obligue debido a que en la Ley del Issstezac promulgada en 1986 no establece ese beneficio; lo determina como prestación la Ley del Issstezac promulgada en el año 2015 en su artículo 74, por lo que se llega al razonamiento válido y legal que en la práctica se ha venido otorgando aguinaldo a los pensionados sin que esto sea procedente, lo que ocasiona un daño a las finanzas del Instituto; los beneficiados con esta prestación prevista en la Ley del Issstezac promulgada en el año 2015 serían las nuevas generaciones, quienes comenzaron a cotizar bajo la vigencia de la actual Ley”.

También expone que entre 2015 y 2019 se ha otorgado un monto de 48 millones 461 mil pesos por concepto de aguinaldo, pero la auditoría muestra que “no hay evidencia que justifique el pago de prestaciones no contempladas en la normatividad por el importe referido”.

Entre las personas con los aguinaldos más altos que están en disputa se identifican a: Flavio A, con 156 mil pesos; Javier V, con 142 mil pesos; María Gloria V., con 132 mil pesos; Juan José L., con 158 mil pesos; Mario M., con 142 mil pesos; Josefina R., con 128 mil pesos; y decenas más con un monto superior a los 100 mil pesos.

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