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■ Reglamento obliga a motociclistas a portar chaleco y casco con el número de placa visible

Ley Chaleco, entre falta de aplicación y las dudas sobre su verdadera eficacia

■ Medida forma parte de una iniciativa que “todavía está preparándose”: SESESP

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Por: ALEJANDRA CABRAL •

El reglamento que obliga a motociclistas a portar chaleco y casco con el número de placa visible −conocido como «Ley Chaleco»− fue publicado en el Suplemento del Periódico Oficial del Estado el 5 de octubre de 2024, aunque hasta el momento no se aplica en la práctica.

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La disposición está contenida en los artículos 80, 81 y 82 del Reglamento General de la Ley de Transporte, Tránsito y Vialidad. Obliga al conductor y, en su caso, al acompañante, a portar un chaleco reflejante con una calcomanía de al menos 15 por 30 centímetros con el número de placa en la espalda baja, así como una calcomanía similar de 10 por 20 centímetros en la nuca del casco. 

Cuando una caja, mochila u otro aditamento impida observar la identificación colocada en el chaleco, el número deberá reproducirse también en ese elemento.

Al ser cuestionado respecto al estado de la disposición, el titular del SESESP, Manuel Eduardo Flores Sonduk, señaló que la medida forma parte de una iniciativa que “todavía está preparándose” dentro de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública, y que su aplicación está pendiente de un proceso de socialización con el gremio motociclista. Añadió que podría exigirse únicamente la identificación en el casco, sin el chaleco.

Efrén Burgos, presidente del Concilio de Motoclubes Unidos de Zacatecas (COMUZAC), afirmó por su parte que la reforma no fue votada por el Poder Legislativo y que “todo parece indicar” que fue incorporada por el área jurídica del Gobierno del Estado.

Según Burgos, tras siete mesas de trabajo con la Secretaría General de Gobierno y la Dirección de Policía Vial, la aplicación del reglamento quedó detenida a partir de los argumentos presentados por el gremio.

Respecto a la eficacia de la medida, Flores Sonduk citó el caso de Colombia como referencia positiva. Indicó que en ese país había “muchos halcones en motos, sin identificación, sin nada” y que, después de las medidas se redujeron en 95 por ciento los delitos cometidos en motocicleta. En contraparte, el líder de motoclubs citó el mismo país como ejemplo de fracaso, relatando casos de motociclistas secuestrados cuyo chaleco y casco rotulados fueron usados posteriormente por los responsables del delito, lo que derivó en la detención de las víctimas al recuperar su libertad. Ninguno de los entrevistados precisó la fuente de los datos y casos citados.

“Nadie va a delinquir, absolutamente nadie, con su identificación como tal”, afirmó Burgos. Añadió que, si grupos criminales han clonado vehículos oficiales, “¿qué les va a costar clonar un número de placa pegada a un chaleco y a un casco?”.

Algunas restricciones como prohibir acompañantes hombres o restringir la circulación de motocicletas en ciertos lugares u horarios han tenido solo efectos pequeños y localizados, según una investigación de Eduard Martínez-González, Michael Weintraub y Leonardo Bonilla, publicada en 2020. Otro estudio, publicado en 2024, detectó un aumento de 12 por ciento en los homicidios durante los periodos en que la ciudad de Cali dejó de aplicar la prohibición del acompañante masculino, aunque no encontró variaciones en los delitos cometidos con motocicleta.

Ninguna de las investigaciones evaluó específicamente la rotulación de cascos o chalecos con el número de placa.

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