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■ Obliga al gobierno estatal a transferir el servicio de tránsito al municipio de Río Grande sin condiciones adicionales

SCJN falla contra disposiciones de Zacatecas en tránsito y protección de datos

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Por: ALEJANDRA CABRAL •

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este lunes dos controversias constitucionales relacionadas con Zacatecas; una que obliga al gobierno estatal a transferir el servicio de tránsito al municipio de Río Grande, y otra que anula disposiciones en materia de protección de datos personales por invadir competencia federal.

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En el caso de Río Grande, el Pleno declaró inválidos los oficios mediante los cuales la Coordinación General Jurídica y la Secretaría General de Gobierno de Zacatecas condicionaron la transferencia de tránsito al cumplimiento de un decreto gubernativo de 2012, que establecía un procedimiento de hasta 180 días. La Corte determinó que el gobierno estatal no puede imponer condiciones adicionales a las previstas en la norma fundamental (que establece 90 días), pues el tránsito es una facultad originaria de los municipios.

En el segundo asunto, se declaró la invalidez de dos artículos de la Constitución Política del Estado de Zacatecas y de diversas porciones de su Ley de Protección de Datos Personales, al determinar que la regulación en materia de protección de datos de partidos políticos y sindicatos es competencia exclusiva de la federación, no de los estados. Se abordaron casos similares en Yucatán y Veracruz.

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