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viernes, 26 abril, 2024
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Juzgado emite fallo a favor de 112 miembros del Issstezac contra la orden de no pago del aguinaldo

■ Se concedió la suspensión de la orden de embargo de pensión jubilatoria a seis de las 115 personas a quienes no se les ha depositado desde septiembre pasado

■ Sobre el aguinaldo, se mandata al Instituto a resarcir el recurso en un plazo de 48 horas, por lo que este miércoles deberá hacerse la dispersión

■ Se percibió que el gobernador no tiene sensibilidad a las demandas, de manera que la única alternativa es la jurídica: Adrián Cázares Espinosa

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Por: MARTÍN CATALÁN LERMA •

El Juzgado Primero de Distrito concedió una suspensión provisional, en favor de 112 jubilados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas (Issstezac), contra la orden de no pago del aguinaldo, así como la suspensión de la orden de embargo de pensión jubilatoria a seis de las 115 personas a quienes no se les ha depositado desde septiembre pasado.

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Respecto al aguinaldo, la instancia jurisdiccional mandata al Issstezac el resarcimiento del recurso en un plazo de 48 horas, por lo que este miércoles deberá hacerse la dispersión hacia esta cantidad de jubilados.

El resolutivo expone: se concede la suspensión provisional solicitada respecto del acto reclamado  que hace consistir en la omisión del pago de aguinaldo por jubilación para el efecto de que se continúen pagando las prestaciones que le corresponden con motivo de la pensión de la cual aducen ser beneficiarios, puesto que con dicha medida cautelar no se contravienen disposiciones de orden público ni se lesiona el interés social, y por el contrario, existe un peligro en la demora pues, de negarse resentiría un daño económico que afectaría  su subsistencia y por consiguiente  la de su núcleo familiar; lo anterior, hasta que en tanto se notifique a las autoridades responsables sobre a suspensión definitiva dictada en incidente en que se actúa”.

Respecto al pago de la pensión que no se ha pagado a 115 jubilados, el juzgado definió, en favor de seis personas, la “suspensión definitiva en el amparo indirecto procede concederla con efectos restitutorios contra la orden de embargo de una pensión jubilatoria a un adulto mayor en condiciones de vulnerabilidad, con base en la apariencia del buen derecho y el peligro en la demora”.

El resolutivo obedece al amparo que interpuso un bloque de 112 jubilados a través de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Issstezac, y queda pendiente que el Juzgado Tercero de Distrito resuelva el amparo que interpuso de otro bloque de 145 jubilados.

Adrián Cázares Espinosa, presidente de esta asociación, informó que el Primer Juzgado de Distrito ha actuado rápidamente, mientras que el Tercer Juzgado de Distrito “se ha visto lento y obstructivo, pero no puede fallar en contra porque ya hay un antecedente favorable”.

“Nosotros vamos porque se pague la primera y segunda parte del aguinaldo, pero que también se garantice el aguinaldo de los años subsecuentes y en el universo de los 4 mil 500 afectados, 257 son los que interpusieron procedimientos a través de nuestra asociación”, expresó.

Al respecto, consideró que Gobierno del Estado no va a pagar el aguinaldo si no es mediante procedimientos legales, ya que “ha mostrado falta de calidad humana e incongruencia en su discurso de solidaridad”.

Cázares Espinosa refirió que en la asociación de jubilados prefirieron recurrir a la vía legal y no a la movilización social, y aunque esta ha sumado en este proceso, se percibió que el gobernador no tiene sensibilidad a las demandas, de manera que la única alternativa es la jurídica.

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