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viernes, 19 abril, 2024
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Por unanimidad, la 64 Legislatura aprobó reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado

■ Consideran que la entidad dará un paso trascendental en el fortalecimiento de la administración e impartición de la justicia

■ El objetivo es la modernización de la estructura organizativa del Poder Judicial con la finalidad de adecuarla a las nuevas responsabilidades asignadas

■ La nueva normatividad redefine el perfil del personal, atendiendo a competencias técnicas, funcionales, analísticas, racionales, transparencia, merito, igualdad en el acceso, eficacia, y eficiencia

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Por: ALEJANDRO ORTEGA NERI •

Por unanimidad, diputados y diputadas de la 64 Legislatura aprobaron la reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Zacatecas presentada en su momento por el presidente de dicho poder, Arturo Nahle García y firmada por el gobernador David Monreal Ávila y representantes del Poder Legislativo, por considerar que con esta reforma la entidad federativa dará un paso trascendental en el fortalecimiento de la administración e impartición de la justicia e inaugurar así una nueva fase en la historia judicial de Zacatecas.
Además de las reformas propuestas por el magistrado presidente, Arturo Nahle García, en la aprobación se incluyeron también dos planteadas por la diputada Maribel Galván Jiménez y el legislador José Luis Figueroa Rangel, la primera de ellas propuesta el pasado 28 de octubre y la segunda, el 30 de noviembre de 2021, en las que se pide actualizar al Poder Judicial en cuestiones de medios electrónicos y abrogar de los requisitos para ser funcionarios del mismo, “la buena reputación”, respectivamente.
La presentada por Nahle García fue enviada el pasado 16 de mayo de 2022, la cual estaba suscrita por el gobernador David Monreal Ávila, así como los diputados José Juan Mendoza Maldonado y Enrique Laviada Cirerol, relativa a reformas y adiciones a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Zacatecas. Con ello, se acumularon dichas iniciativas para dictaminarlas en conjunto ya que se consideró que tienen conexidad por tratarse de modificaciones al mismo cuerpo normativo.
De acuerdo con las Comisiones Unidas que dictaminaron estas reformas, el objetivo común que persiguen es la modernización de la estructura organizativa del Poder Judicial del estado con la finalidad de adecuarla a las nuevas responsabilidades que se han asignado a este poder público, generadas por diversas reformas constitucionales que han implicado la ampliación de sus atribuciones. Cabe recordar que ésta es la primera reforma que se le hace a dicha ley desde hace más de 20 años.
La nueva normatividad, señalaron quienes dictaminaron, redefine el perfil del personal del Poder Judicial atendiendo a competencias técnicas, funcionales, analísticas, racionales, transparencia, merito, igualdad en el acceso, eficacia, y eficiencia.
Por ello, consideraron que es pertinente e impostergable una normatividad que reorganice al Poder Judicial del estado, sea acorde con los postulados de la Constitución y atienda, primeramente, la reivindicación de su autonomía e independencia.
“El afianzamiento del Poder Judicial del Estado resultaba impostergable, más aún, que su ley orgánica se encuentra desfasada respecto a varios cuerpos normativos vigentes, tales como la Ley de Amparo, Reglamentaria de los de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley Nacional de Ejecución Penal, la Ley de Seguridad Nacional, la Ley Nacional de Extinción de Dominio, la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en materia Penal, la Ley Nacional del Registro de Detenciones, la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos delitos, la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Archivos y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, entre otros”, se leyó en el dictamen.
Por ello, consideraron que era ineludible impulsar una reforma al Poder Judicial, tanto de la Federación, como de las entidades federativas, siendo que de igual forma, las leyes orgánicas, como en el caso de Zacatecas sucede, también tiene un importante desfase respecto a los ordenamientos legales, ya que por ejemplo, la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Zacatecas en vigor, fue promulgada en abril de 2001 y no ha sido objeto de reformas profundas, sino solo, parciales.
Ello obligó a llevar a cabo una acuciosa revisión de la ley vigente y dar paso a la elaboración de un nuevo ordenamiento en la materia, modernizado y debidamente actualizado, y el hecho de que una de las iniciativas bajo estudio fuese presentada por los tres poderes, señalaron, tiene como lectura que para el estado de Zacatecas contar con un Poder Judicial robustecido es simplemente una prioridad.
“Proporcionarle a este poder una nueva ley orgánica, es dotarle de más y mejores herramientas legales para su funcionamiento, pues una ley obsoleta o desfasada en sus conceptos, limita o no permite un ejercicio y ejecución plena de sus atribuciones, de ahí la necesidad de renovarla”, argumentaron las Comisiones Unidas.
“A poco más de dos décadas de la promulgación de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado en vigor, la sociedad ha evolucionado y el marco jurídico nacional y estatal ha sido objeto de una profunda transformación. Esta situación nos obliga a darle un nuevo rostro y contar con un Poder Judicial moderno ad hoc a los requerimientos de una sociedad en constante cambio”.
Finalmente, se señaló que con la aprobación de esta ley, la carrera judicial dará nuevos bríos y permitirá que el personal de este poder tenga una mejor capacitación, con el objeto de prestar un mejor servicio, todo lo anterior, sin dejar de mencionar que el mérito y la igualdad real de oportunidades serán pilar fundamental y la base para inaugurar una nueva fase en la historia judicial de Zacatecas.

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