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viernes, 19 abril, 2024
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Hoy se cumplen 13 años del inicio de la huelga en la Mina San Martín

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Por: MARTÍN CATALÁN LERMA •

■ El motivo, violaciones al Contrato Colectivo de Trabajo, principalmente por la falta de condiciones de seguridad en las instalaciones; aún no hay respuesta favorable

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■ Se ha acusado a Grupo México de enviar golpeadores para provocar conflictos y desplazar a los trabajadores que, en huelga, mantenían el resguardo de la mina

■ La empresa creó el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Exploración, Explotación y Beneficio de Minas en la República Mexicana; pretendió obtener la titularidad del CCT

 

Este jueves se cumple el 13 aniversario del inicio de la huelga en la Mina San Martín, de Sombrerete, realizada por el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSSRM), sin que haya respuestas a sus demandas. En esos años han ocurrido incidentes de violencia y procesos legales en los cuales se ha ratificado la legalidad del movimiento huelguista.

El motivo de la huelga fue por violaciones al Contrato Colectivo de Trabajo, principalmente en lo que respecta a la falta de condiciones de seguridad en las instalaciones, sin que se hayan atendido hasta el momento.

El sindicato encabezado por Napoleón Gómez Urrutia estalló a huelga en la Unidad San Martín de Industrial Minera México (IMMSA), en protesta por las faltas al reglamento interno que tiene que ver con la seguridad personal de los trabajadores.

Entre las peticiones está la elaboración de normas de seguridad para continuar sus labores, porque incluso en ese momento se dijo que todavía utilizaban paliacates para entrar a trabajar a la mina.

En el transcurso de estos años, se ha acusado a Grupo México de enviar golpeadores para provocar conflictos y desplazar a los trabajadores que, en huelga, mantenían el resguardo de las instalaciones.

De acuerdo con testimonios de los últimos años, la empresa creó el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Exploración, Explotación y Beneficio de Minas en la República Mexicana (SNTEBMRMIMM), mediante el cual se pretendió obtener la titularidad del Contrato Colectivo de Trabajo.

Esto derivó en un recuento de votos para determinar la titularidad del contrato en el que se acusó a la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), junto con la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, de permitir el voto de 160 trabajadores que la empresa ya había liquidado e indemnizado y que en ese momento se les hizo pasar como activos.

De esa manera, el recuento favoreció al sindicato “blanco”, el SNTEBMRMIMM, con 266 votos, por 150 votos que obtuvo el SNTMMSSRM, lo que derivó en el discurso de que la mina podría reabrirse y reanudaría actividades productivas.

Sin embargo, el SNTEBMRMIMM impugnó el resultado y el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo en Ciudad de México le otorgó un amparo para que la minera respetara el movimiento huelguista.

La sentencia obligó a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje a dejar insubsistente (sin efecto) el laudo que se generó del conflicto laboral entre el sindicato y Grupo México, y en reposición del procedimiento, se determinara nuevamente la conformación del padrón de trabajadores con derecho a voto, con base en las personas que figuraban con el carácter de trabajadores dentro de la empresa demandada hasta el 14 de agosto de 2013.

El tribunal consideró improcedentes los recursos de revisión presentados por el secretario General y la apoderada legal del tercero interesado, el SNTEBMRMIMM, y dio por concluido el asunto.

Ante este dictamen, el SNTMMSSRM, encabezado Napoleón Gómez Urrutia celebra el fallo de la SCJN, pues ratificó, desde su punto de vista, que había sido ilegal el contrato colectivo de trabajo entre la empresa Industrial Minera México, filial del Grupo México, con el SNTEBMRMIMM para reiniciar actividades en agosto de 2018.

Durante el tiempo que ha durado la huelga, ha habido episodios de violencia que, de acuerdo con los testimonios, han sido perpetrados por grupos de choque pagados por Grupo México, así como litigios legales, incluidos los realizados por la titularidad por el Contrato Colectivo con la CROC y con el SNTMMSSRM, quien mantiene en su poder las instalaciones de la Mina San Martín en el municipio de Sombrerete.

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