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viernes, 17 mayo, 2024
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Juez ordena a PGR entregar datos sobre fosas clandestinas

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Por: La Jornada •

Ciudad de México. El juzgado octavo de distrito en materia administrativa, con sede en la Ciudad de México, declaró inconstitucional una resolución del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) y ordenó a la Procuraduría General de la República (PGR), que busque y entregue toda la información que posea respecto al número de fosas clandestinas halladas entre 1960 a 2015, así como el número de averiguaciones previas integradas al respecto.

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El juez Fernando Silva García, concedió el amparo 1464/2015 a una organización civil, la cual promovió un juicio de amparo en contra de la resolución del Inai, RDA 2490/15, en la cual apoyó que la PGR declarara que “la información era reservada porque su difusión guarda relación con la integración de las averiguaciones previas y su publicidad afectaría las actividades del Ministerio Público de la Federación y, con ello, las tácticas y líneas de investigación respectivas”.

El juzgador concedió la protección de la justicia federal por considerar que la divulgación de la información solicitada no representa un riesgo real e identificable a las investigaciones, puesto que se trata de información cuantitativa, del número de fosas halladas y de los resultados de las averiguaciones previas, lo cual no corresponde a datos sensibles como podrían ser las pruebas que obran en las averiguaciones previas o a los sujetos investigados en ellas.

Estimó que las estadísticas y datos cuantitativos solicitados son susceptibles de difundir máxime que “están directamente relacionados con el desempeño de las funciones de la PGR, específicamente con los resultados que se han producido en las investigaciones referidas y, por ende, su publicidad resulta de interés general, ya que ello implica un acto de rendición de cuentas por parte del sujeto obligado”.

En ese sentido, el juez Silva García concluyó que “la resolución del Pleno del Inai privilegió las restricciones del derecho fundamental a la información, en lugar de dotar de eficacia al principio de máxima publicidad previsto en el artículo 6° constitucional, por lo que concedió el amparo para que el Inai emitiera una nueva resolución en la que instruyera a la PGR a proporcionar la información solicitada”.

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