Este jueves el Sindicato de Personal Académico de la Universidad Autónoma de Zacatecas (SPAUAZ) someterá a plebiscito dos propuestas de Reforma Estatutaria; la primera prioriza el orden de sus procedimientos internos y claridad en asuntos administrativos, mientras que la segunda enfatiza la idea de renovación política y de transparencia al plantear rendición de cuentas de manera periódica.
La propuesta 1, presentada por el Grupo Plural de Delegaciones y otros colectivos, mantiene los principios básicos del gremio respecto a su autonomía e independencia de autoridades universitarias y gubernamentales.
En el tema de “Ingreso”, propone que el docente debe presentar su solicitud de ingreso por escrito ante el Comité Ejecutivo manifestando su voluntad de respetar los presentes Estatutos y acatar las decisiones de los órganos deliberativos y resolutivos del Sindicato. Esta solicitud deberá ir avalada con la firma de dos integrantes de su delegación sindical con derechos vigentes.
Sobre los “órganos de gobierno”, plantea que la Asamblea General, ordinaria o extraordinaria, tendrá capacidad resolutiva cuando se integre con el 51 por ciento del número total sobre el que se calcule el quórum. De no reunirse se convocará para realizarse en el término de dos días hábiles una segunda Asamblea, la que tendrá capacidad resolutiva si se reúne el 33 por ciento en aquellas decisiones o resoluciones que la Ley Federal del Trabajo no exija el porcentaje de 51 por ciento o más de los integrantes del Sindicato según el padrón actualizado. De no reunirse este porcentaje, la Asamblea se celebrará, pero tendrá carácter deliberativo respecto de las diferentes posiciones que serán llevadas a Plebiscito.
En relación con el Comité Ejecutivo, propone que deberá rendir cada seis meses, por lo menos, cuenta completa y detallada de la administración del patrimonio sindical. La rendición de cuentas incluirá la situación de los ingresos por cuotas sindicales y otros bienes, así como su destino.
Sobre “Las elecciones en general”, precisa que, quienes integran el Comité Ejecutivo no podrán en ningún caso ocupar cargo público, cargo de elección popular, cargo de elección universitaria y de funcionario universitario y al mismo tiempo el cargo sindical.
Además, ningún integrante del Comité Ejecutivo podrá ser precandidato y/o candidato a
ocupar cargo público de elección popular, de elección universitaria, de funcionario universitario, quedará separado definitivamente del cargo sindical, inmediatamente presentará su renuncia y en caso de negativa a presentar la renuncia, la Coordinadora de Delegaciones formalizará la separación del cargo.
En los procesos electorales refrende la paridad de género, pero no podrán incluirse en las planillas aquellos que sean funcionario público de cualquier nivel: municipal, estatal, federal o de órganos autónomos, ser precandidata o persona candidata a desempeñar un cargo de elección popular de cualquier nivel, sea municipal, estatal o federal cuando menos dos periodos antes de la elección o cero haber sido o ejercido funciones de responsable de Programa Académico, director o directora de Unidad Académica, coordinador o coordinadora de Consejo de Área académica, o autoridad, funcionario/a y/o personal de confianza de la administración central universitaria.
Asimismo, propone sanciones a los agremiados que no acudan a sus asambleas delegacionales por tres veces consecutivas o cuatro no consecutivas en un semestre, sin justificación válida, a criterio de la Asamblea delegacional.
También habría sanción a quienes no acudan a tres asambleas generales de manera consecutiva o cuatro no consecutivas en un semestre, o cuando no atiendan u omitan los acuerdos e indicaciones legítima y legalmente aprobados por los órganos de gobierno del sindicato.
Por su parte, la propuesta dos que proponen las Delegaciones Sindicales Democráticas, refiere que, para obtener el ingreso al sindicato se requiere pertenecer a cualquiera de los grupos laborales, en una o varias dependencias, programas y/o unidades académicas y presentar su solicitud de ingreso por escrito manifestando su voluntad de respetar los os estatutos.
No obstante, indica que no podrán sindicalizarse quienes hayan atentado contra la autonomía de la Universidad o haber ejercido actos de represión, de intimidación u
otros que lesionen la libertad de cátedra y/o la integridad física o moral de los universitarios o que pertenezcan a algún cuerpo de seguridad pública.
Además, perderá sus derechos sindicales el personal académico del sindicato que represente al patrón y cumpla funciones de dirección, inspección, vigilancia o fiscalización, ya que se considera personal de confianza.
Agrega que perderá sus derechos sindicales políticos, el personal académico sindicalizado que ocupe puestos de autoridad, de mandos medios y superiores o realice funciones de personal de confianza en la administración central, en las áreas, coordinaciones, unidades y/o programas académicos hasta la separación del cargo o cuando deje de realizar dichas funciones.
Como sanción, propone que sólo la Asamblea General o el Plebiscito, tendrán capacidad de suspender total o parcialmente, temporal o definitivamente, en sus derechos sindicales a sus integrantes.
También promueve la exigencia de rendición de cuentas del Comité Ejecutivo, el derecho a la información y la transparencia en la administración sindical en sus diversas
Instancias.
Sobre las obligaciones de los agremiados, señala que no deben incurrir en conductas de violencia de género, violación de Derechos Humanos o cualquier otra que lesione la dignidad e integridad de compañeras, compañeros, personal administrativo y estudiantes.
Además, deben coadyuvar a que todos los espacios laborales sean espacios seguros y libre de violencia y evitar el uso patrimonialista y con fines de proselitismo político extra Sindical de los bienes propiedad del SPAUAZ.
En lo que respecta a los órganos de gobierno, propone que las Asambleas Generales Ordinarias se realicen una vez al semestre y, para que la asamblea pueda sesionar y adoptar resoluciones, se requiere que concurran las dos terceras partes del total de integrantes del sindicato. Las resoluciones deberán adoptarse por el cincuenta y uno por ciento del total de integrantes del sindicato, por lo menos.
De igual manera que en la propuesta 1, refiere que la Asamblea General, ordinaria o extraordinaria, tendrá capacidad resolutiva cuando se integre con el 51 por ciento del número total sobre el que se calcule el quórum.
Por otra parte, propone que las y los titulares de las secretarías y coordinaciones del Comité Ejecutivo durarán en su cargo tres años, pero se les podrá remover por persistente incumplimiento en sus responsabilidades, por tomarse atribuciones que correspondan a otra instancia y que afecten gravemente la vida sindical.
Sobre las elecciones, indica que las planillas, para ser registradas, deberán presentar candidaturas a todas y cada una de las carteras del Comité Ejecutivo, así como un nombre que la identifique, además de dar cumplimiento al principio constitucional de paridad de género.
Además, las y los integrantes del Comité Ejecutivo no podrán postularse en ninguna de las carteras a partir del período inmediato y posteriores por ningún mecanismo y las y los integrantes del Comité Ejecutivo en funciones podrán aspirar y contender a la Secretaría General siempre que se separen definitivamente de su cargo tres meses antes de la fecha estipulada como límite para realizar la votación para la elección.
Aquellos que no podrán integrarse a una planilla son las personas que sean o hayan sido responsable de Programa Académico, directora o director de Unidad Académica, coordinadora o coordinador de Área Académica, funcionaria o funcionario, personal de confianza o autoridad de la administración central universitaria un año antes de la elección de Comité Ejecutivo.
En el tema de transparencia, propone que el Comité Ejecutivo deberá rendir cada seis meses, por lo menos, cuenta completa y detallada de la administración del patrimonio sindical. La rendición de cuentas incluirá la situación de los ingresos por cuotas sindicales y otros bienes, así como su destino.



