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lunes, 20 mayo, 2024
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“Derecho a sentarse” en las jornadas laborales

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Por: M. F. MARICARMEN SALINAS FLORES •

En el Senado de la República se aprobó en comisiones en el mes de diciembre del año pasado, una propuesta de reforma a la Ley Federal del Trabajo con el objeto de garantizar que las y los trabajadores con empleos que requieren estar de pie la mayor parte del tiempo, tengan “derecho a sentarse”, por ello se denomina “Ley Silla”.

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Si bien esta reforma aún no ha sido aprobada por el Pleno del Senado, por lo que no es aplicable aún, es importante que conozcamos las propuestas que están siendo discutidas por las y los representantes populares, para estar informadas e informados al momento de exigir nuestros derechos. 

La propuesta está dirigida para las personas que laboran en el sector de servicios, comercio y análogos, cuyas funciones se realizan de pie durante largas jornadas de trabajo, con el fin de reconocer el derecho a descansar no solo durante las horas de descanso, sino también en el desarrollo de sus actividades. 

Actualmente la Ley Federal del Trabajo contiene disposiciones para que las empresas provean los asientos necesarios, sin embargo, según la exposición de motivos de la propuesta, no se garantiza a las y los empleados el derecho al descanso en un asiento o silla, por ello es necesario ampliar este derecho para garantizar el descanso de las y los empleados. 

En ese sentido, el derecho a sentarse incorpora la obligación de la parte patronal a otorgar el número de sillas necesarias para el descanso de las y los trabajadores y le prohíbe a aquéllos, que dicten órdenes para que las funciones se realicen de pie la totalidad de la jornada laboral. 

La propuesta no solo busca proteger el desarrollo laboral para una mayor productividad, sino que también está orientada a cuidar la salud y bienestar de las y los trabajadores. 

La Organización Mundial de la Salud ha alertado sobre los riesgos de trabajar de pie, como la reducción del flujo sanguíneo ocasionando dolor y fatiga de espalda, cuello y piernas; inflamación de las venas; daños en articulaciones, tendones y ligamentos. A la par, un estudio de la Revista Americana de Epidemiología arrojó que trabajos que se desarrollan de pie, hacen más susceptibles a las y los trabajadores de sufrir un infarto cardíaco o un derrame cerebral.  

Otra parte interesante de la reforma que se plantea, son las sanciones consistentes en multas para la parte patronal, ante el incumplimiento de sus obligaciones de garantizar el derecho a sentarse a la parte trabajadora. 

Estaremos atentas del avance en esta propuesta, para comentar sobre los retos y beneficios que podría representar para las y los trabajadores, pues recordemos que las leyes las debemos hacer realidad con compromiso y firmeza. 

Referencia: 

https://www.senado.gob.mx/65/

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