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sábado, 20 abril, 2024
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Buscan que Zacatecas tenga Ley para la Prevención y Atención del Desplazamiento Forzado Interno

■ La 64 Legislatura podría aprobarla la próxima semana

■ Fundamental, proporcionar un marco jurídico para la protección de los derechos de las víctimas de este delito: diputados

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Por: ALEJANDRO ORTEGA NERI •

De aprobarse en la Legislatura local la próxima semana, la entidad tendrá su Ley para la Prevención y Atención del Desplazamiento Forzado Interno en el Estado de Zacatecas, la cual fue propuesta por el diputado local, David González, en marzo pasado, luego de los casos de desplazamiento forzado en varios municipios del estado, y dictaminada en sentido positivo por las Comisiones Unidas de la 64 Legislatura, cuyos integrantes consideraron fundamental proporcionar un marco jurídico para la protección de los derechos de las víctimas de este delito.
Según las comisiones dictaminadoras, los estados en los que se vive el fenómeno del desplazamiento interno deben garantizar los derechos fundamentales de sus gobernados, conforme a lo dispuesto en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en la cual los Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la ONU, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y a hacer efectivo lo establecido en el artículo 22.
En este sentido, señalaron, las instituciones del Estado mexicano tienen el deber de asegurar que los derechos y libertades de las personas sean efectivamente garantizados a través de medidas legislativas, administrativas o de cualquier otra índole, máxime cuando existan circunstancias que pudieran representar un agravio grave a los derechos humanos de las persona, como es el caso específico de quienes son víctimas de desplazamiento forzado interno y que, particularmente, en el país no se cuenta con un marco normativo de protección a las personas víctimas de tal fenómeno.
En este sentido, la iniciativa dictaminada en sentido positivo, da cumplimiento a lo establecido en los instrumentos internacionales, esto porque el Poder Legislativo dotará de un instrumento a la ciudadanía para hacer exigibles sus derechos ante las graves violaciones a los mismos y ante el vacío legal que existe, y también porque precisan las atribuciones de las instituciones públicas relacionadas con la prevención, atención y protección de las personas internamente desplazadas.
Cabe señalar que en la Ley propuesta se establece la creación de un Registro Estatal de Personas Desplazadas que permitirá conocer el número de víctimas (mujeres, niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad, de comunidades indígenas) para brindar, de manera óptima, la asistencia humanitaria.
Asimismo, con esta Ley se pretende que el Gobierno del Estado aumente, de manera considerable, los recursos destinados a la atención de la población desplazada a través del Fondo Estatal de Contingencia para la Prevención y Atención del Desplazamiento Interno para satisfacer las necesidades básicas, como alojamiento y comida, servicios de salud, recuperación de datos de identidad, asistencia jurídica y psicológica de manera inmediata.
En tal contexto, y a pesar de la difícil situación económica en la que se encuentra el estado, expusieron, este sector de la población requiere de especial atención hasta que superen la condición de desplazamiento. “Sabemos que de manera complementaria que se cuenta con el apoyo de la comunidad internacional, sin embargo, la responsabilidad primordial de la atención a las personas desplazadas le corresponde al Estado”, concluyeron.
Cabe mencionar que en el país sólo Chiapas, Guerrero y Sinaloa cuentan con leyes sobre desplazamiento interno forzado, por lo que con esta se busca que Zacatecas se sume y así fortalecer el Estado de Derecho y garantizar la atención y protección de las personas que en este momento se encuentran en situación de extrema vulnerabilidad.

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