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viernes, 19 abril, 2024
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CDHEZ: trascendente, fallo de la SCJN que declara inconstitucional penalizar el aborto

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Por: SCARLETT LLAMAS •

■ Da pie a que la Legislatura local analice el tema con toda puntualidad: Domínguez

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■ Apela a la integración de la autonomía personal, explica titular del organismo

■ Es un paso para no criminalizar a las mujeres por decidir sobre su cuerpo

 

“Es muy trascendente la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que declara inconstitucional el castigo penal contra las mujeres que abortan”, afirmó María de la Luz Domínguez, titular de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas (CDHEZ).

Tras el fallo que descriminalizara, por unanimidad, el derecho de las mujeres sobre su cuerpo, señaló que con esta acción se marca un precedente no solamente para Coahuila, sino para todas las entidades federativas, “a efectos de que todas aquellas normas que criminalizan o penalizan la interrupción del embarazo pudieran estar en inconstitucionalidad”.

Lo anterior, además, es “un hecho histórico para la lucha de las mujeres”, quienes de manera constante han luchado por su derecho a decidir sobre su cuerpo y ejercer con libertad su sexualidad.

Repitiéndose a la sentencia, Domínguez Campos comentó que “apela a la integración de la autonomía personal, el libre desarrollo de la personalidad y el derecho a la vida privada”, además de ser “una prerrogativa del principio de una vida digna, específicamente la posibilidad de que cada mujer verifique o determine un proyecto de vida”.

En sí, toda la sentencia, aseguró la presidenta de la CDHEZ, es importante, siempre que “permite colocar a las mujeres en un plano de igualdad sustantiva, y también en un plano de ser humano que se respeta puntualmente en todos sus derechos humanos”.

Asimismo, funciona como “un instrumento para ejercer el libre desarrollo de la personalidad, la autonomía personal y el derecho a la vida privada”, permitiendo con esto decidir libremente a las mujeres y niñas; por lo tanto, “creo que es un gran avance en el reconocimiento, protección y garantía de los derechos humanos de las mujeres”, sostuvo.

Sobre otros puntos destacados de la sentencia, Domínguez refirió que “este derecho de decidir de las mujeres permite la construcción de la igualdad de género y permite también la eliminación de los estereotipos que puedan asignarse a la mujer en relación con su disfrute del derecho a la sexualidad”.

Aunado a esto, la ombudsperson reconoció que con este fallo se da a pie a que la Legislatura local analice el tema “con toda puntualidad, con toda apertura y con toda profundidad y, sobre todo, evitando que se criminaliza a las mujeres que han interrumpido el embarazo”, siempre con apertura para que todas las voces puedan ser escuchadas, concluyó.

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