En una sesión de 18 minutos, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijez) confirmó ayer el desechamiento de dos solicitudes de medidas cautelares presentadas por el partido Morena y revocó un acuerdo de sobreseimiento y otro por el que se desechó una queja, promovidos, respectivamente por el ciudadano Gerardo Mata Chávez y por el Partido Revolucionario Institucional (PRI).
Los cuatro recursos de revisión tuvieron como autoridad responsable a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ).
En los asuntos promovidos por Mata Chávez y el PRI, el Tribunal concluyó que dicha unidad carece de facultades para emitir por sí sola resoluciones definitivas de sobreseimiento o desechamiento, al corresponder esa atribución al Consejo General del IEEZ, previo análisis de la Comisión de Asuntos Jurídicos.
Con el RR-007/2026, Gerardo Mata acumula cuatro recursos de revisión resueltos por el Trijez en lo que va del año, equivalentes al 40 por ciento de los diez asuntos de este tipo resueltos en lo que va de 2026.
Aunque durante la sesión el Trijez no explicó los hechos que dieron origen al RR-007/2026, en la cuenta del proyecto se identificó que el recurso deriva del procedimiento ordinario sancionador POS/IEEZ/UCE/004/2026. Esa misma clave se registra en otro recurso de revisión que el TRIJEZ resolvió en marzo (RR-003/2026), originado por una denuncia presentada por Mata Chávez contra el entonces diputado federal Ulises Mejía Haro por presunta promoción personalizada, atribuida a publicaciones sobre actividades realizadas en distintos municipios del estado.
En el expediente TRIJEZ-RR-009/2026, promovido por el PRI, el Tribunal descartó la omisión atribuida a la Unidad Técnica de lo Contencioso, al comprobar que el escrito de ampliación de queja sí fue tramitado en otro procedimiento. Sin embargo, revocó el acuerdo que desechó la queja original al concluir que fue emitida por una autoridad sin competencia para resolverla de manera definitiva.
El Trijez también confirmó el desechamiento de dos solicitudes de medidas cautelares promovidas por Morena.
En el RR-008/2026, determinó que la solicitud no precisó los actos a suspender. En el RR-010/2026, Morena alegó que la Unidad de lo Contencioso interpretó erróneamente los hechos denunciados al calificarlos como cuestiones de naturaleza intrapartidista; el Trijez concluyó que la solicitud no precisó hechos específicos sobre los cuales debieran recaer las medidas, incumpliendo con los requisitos del Reglamento de Quejas.
Los cuatro proyectos fueron aprobados por unanimidad por las magistradas Gloria Esparza Rodarte, Teresa Rodríguez Torres y Maricela Acosta Gaytán.



