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miércoles, 8 mayo, 2024
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Eliminar comisiones sindicales no impedirá la defensa de los derechos laborales: Supdacobaez

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Por: MARTÍN CATALÁN LERMA • Araceli Rodarte •

■ Ninguno de los integrantes del comité ejecutivo teme volver a funciones académicas, señala

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La advertencia de eliminar comisiones sindicales y que sus integrantes regresen a actividades docentes no impedirá su función de defender los derechos laborales de los trabajadores, afirmó Gerardo García Murillo, secretario general del Sindicato Único de Personal Docente y Administrativo del Colegio de Bachilleres del Estado de Zacatecas (Supdacobaez).

En su caso, comentó que actualmente sigue dando clases en el Instituto Tecnológico de Zacatecas, de manera que no hay temor de ninguno de los integrantes del comité ejecutivo de volver a funciones académicas.

El problema es que “mañosamente quieren hacer retroactiva la Ley del Servicio Profesional Docente, que entró en vigor el 12 de septiembre del año pasado, pero que nos aplican de enero a la fecha”, indicó.

Además, expuso que en el Artículo 78 de esa ley se establece que aquel trabajador que decida mantenerse en un cargo sindical o comisión, deberá hacerlo con licencia sin goce de sueldo, pero en el caso de ese gremio ello no aplica porque en 2010, cuando inició la actual administración sindical, aun no existía la Reforma Educativa.

García Murillo señaló entonces que ese es el motivo por el cual ese artículo no se les aplique de manera retroactiva, y que se aplique a partir de este momento a quienes ocupen un cargo sindical y si ellos mismos renuevan su comisión en alguna de las carteras del sindicato.

“Quienes entren a ocupar estos cargos deberán decidir, si quieren ser parte del sindicato, representar a los trabajadores, pero luego de solicitar una licencia sin goce de sueldo o que el sindicato absorba el pago del salario. Sin embargo eso es a futuro, a nosotros no nos pueden hacer retroactiva una ley si el comité fue electo en 2010”, agregó.

En el Contrato Colectivo de Trabajo del Cobaez, comentó, se incluye una cláusula en la que se define que el colegio tratará con los representantes del sindicato titular del contrato, todos los asuntos de carácter colectivo o individual que surjan entre la parte patronal y los trabajadores.

En ese sentido, señala que los representantes del comité ejecutivo prestarán sus servicios sindicales acorde al oficio de autorización que la dirección del Cobaez les otorgue, lo que significa que los actuales integrantes del gremio están acreditados para ello.

Además, García Murillo recordó que el Supdacobaez depende del apartado A del Artículo 123 constitucional, a diferencia del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), que es regido por el apartado B.

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