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martes, 16 abril, 2024
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Diputados aprueban reforma para extender hasta 2028 la presencia de militares en tareas de seguridad

■ Votaron en contra Amalia García, Noemí Luna, Miguel Ángel Varela Pinedo y Miguel Torres

■ A favor, los zacatecanos Marco Antonio Sánchez, Bennelly Ruedas, Carolina Ramírez, Guadalupe Esquivel, Alfredo Bañuelos y Carlos Alberto Puente Salas

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Por: KAREN GARCÍA •

Con 339 votos a favor, 155 en contra y dos abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo particular y lo general el proyecto de reforma que extiende hasta 2028 la presencia de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública. 

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Entre los diputados zacatecanos que votaron en contra están Amalia García, de MC; Noemí Luna y Miguel Ángel Varela Pinedo, del PAN; y Miguel Torres, del PRD.

Los zacatecanos que sufragaron a favor son los morenistas Marco Antonio Sánchez y Bennelly Ruedas; por el PRI, Carolina Ramírez y Guadalupe Esquivel; del PT, Alfredo Bañuelos y de PVEM, Carlos Alberto Puente Salas. 

El decreto se envió a las Legislaturas de los estados, que integran el Constituyente Permanente, para validarlo.

Con la votación, en los primeros minutos de este jueves cerró el proceso que el Congreso de la Unión empezó el 2 de septiembre, cuando el PRI presentó la iniciativa de reforma al artículo 5 transitorio del artículo 29 de la Constitución, que agrega un nuevo plazo en la operación de las fuerzas armadas en la Guardia Nacional.

Durante los nueve años siguientes a la entrada en vigor del decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública. 

Conforme a los términos planteados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la participación de las Fuerzas Armadas deberá ser extraordinaria, de tal manera que se acredite la absoluta necesidad, que sea temporal y solicitada de forma expresa y justificada por la autoridad civil; regulada, para que cumpla con estricto apego al orden jurídico previsto en esta Constitución, en las leyes que de ella emanen y los tratados internacionales.

Además, fiscalizada, que implica la constante revisión o supervisión del funcionamiento institucional a través de la rendición de cuentas, y subordinada y complementaria, de forma tal que las labores de apoyo que presten a las instituciones de seguridad pública solo puedan realizarse en su auxilio o complemento, y se encuentren fundadas y motivadas.

El dictamen indica que la Fuerza Armada permanente realizará las tareas de seguridad pública con su organización y medios, y deberá capacitarse en la doctrina policial civil establecida en el artículo 21 de la Constitución Política.

Subraya que las acciones que lleve a cabo, en ningún caso tendrán por objeto sustituir a las autoridades civiles de otros órdenes de gobierno en el cumplimiento de sus competencias o eximir a dichas autoridades de sus responsabilidades.

Establece que el Ejecutivo Federal presentará al Congreso de la Unión un informe semestral, proporcionando indicadores cuantificables y verificables que permitan evaluar los resultados obtenidos en el periodo reportado en materia de seguridad pública, y corroborar el respeto a los derechos humanos y a los de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

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