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viernes, 26 abril, 2024
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■ Sin embargo, en la plataforma del CFCRL sólo aparece el registro de los años 1994 y 2001

“CCT del Spauaz sí fue registrado de 2002 a 2020 y se puede verificar en los archivos”

■ Tampoco hay certeza de que el actual Comité lo haya hecho bajo los nuevos lineamientos

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Por: MARTÍN CATALÁN LERMA •

Arturo Burnes Ortiz, ex secretario general del Sindicato de Personal Académico de la Universidad Autónoma de Zacatecas (Spauaz), aseguró que, de 2002 a 2020, el Contrato Colectivo de Trabajo fue registrado y ello es verificable en el archivo de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA) y en el archivo del propio sindicato, pero no hay certeza de que el actual Comité Ejecutivo lo haya hecho bajo los nuevos lineamientos establecidos en la reforma laboral. 

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Consideró que, en el contexto de esta reforma a la Ley Federal del Trabajo, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) no ha actualizado su plataforma y, en consecuencia, en su sistema solamente aparece el registro del Contrato Colectivo de Trabajo de 1994 y de 2001.

“Un universitario pide información y llama la atención la respuesta que es significativa, pero a su vez se puede adelantar la razón de la aparente ausencia de registros de nuestro Contrato Colectivo. De acuerdo con esta información, sólo hay dos años de registro y, entonces, la mayor parte de los años de existencia del Spauaz aparentemente está sin registro y eso sería absurdo”, expresó.

Sin embargo, expuso que el Centro Federal de Conciliación inició actividades en 2020, a partir de la formalización de la reforma laboral, y éste tiene la función que antes tenían las Juntas Locales y la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

Burnes Ortiz detalló que, entre las disposiciones de la reforma laboral, respecto a la función del Centro Federal de Conciliación, está verificar los procesos de la democracia sindical y así erradicar el corporativismo que prevalecía en el viejo régimen.

Sin embargo, el problema reside en que “ese corporativismo no desaparece por decreto e incluso ahora hay un nuevo sindicalismo que reproduce algunos elementos del viejo, pero bajo las nuevas condiciones”.

Otra disposición fundamental de la reforma laboral, agregó, es que los trabajadores deben aprobar el contenido de sus Contratos Colectivos en un plazo no mayor a cuatro años, el cual se cumple el primero de mayo de 2023. Esto debe realizarse mediante el voto personal, libre, directo y secreto.

Además, la reforma dispone que los sindicatos deben realizar sus procedimientos de legitimación del Contrato Colectivo vigente, a través de una plataforma electrónica del Centro Federal de Conciliación.

Burnes Ortiz recordó que estas disposiciones no existían antes de 2020, por lo que “se puede especular que, a falta de información fidedigna, no hay registro de nuestro contrato del 77 al 03, del 95 al 2000 y del 2002 a la fecha: o no hay una actualización de los archivos oficiales o los archivos de la JLCA dejan bastante qué desear”.

Durante su periodo como secretario general del Spauaz, entre 2002 y 2005, dijo que tuvo la posibilidad de verificar que los Contratos Colectivos estaban registrados en la JLCA desde el primero de ellos suscrito en 1977.

Además, afirmó que hay suficiente evidencia de que el Contrato Colectivo ha sido registrado año tras año debido a que la firma de los convenios de desistimiento de huelga se lleva a cabo de manera pública y siempre se difunde en los medios de comunicación.

“Aparte de la información están las fotografías en donde aparece el rector y el secretario general firmando el desistimiento de huelga ante el representante de la Junta Local, donde se hace el registro correspondiente. En 2021 y 2022 no puedo especular que esto haya ocurrido por la falta de información”, expuso.

Burnes Ortiz refirió que otra evidencia de que el Contrato Colectivo siempre ha sido registrado, es que en el año subsecuente ha sido posible realizar el emplazamiento a huelga y que se ha otorgado el Toma de Nota a los diferentes secretarios generales y Comités Ejecutivos.

Por tanto, desmintió que no hay registro del Contrato Colectivo de Trabajo del Spauaz, por lo que la problemática actual obedece a que, posiblemente el Centro Federal de Conciliación no ha actualizado la información en el marco de los nuevos lineamientos establecidos por la reforma laboral.

Es decir, “esa puede ser una de las razones, el hecho de que hay una dificultad para actualizar el archivo de este Centro Federal de Conciliación por parte de las Juntas Locales, porque en términos de la compulsa entre la disposición oficial y la local, simplemente se puede recurrir al archivo del sindicato y ahí están todos los documentos que corroboran el registro del Contrato Colectivo cada año”. 

Por tanto, dijo que es posible que la JLCA se haya rezagado en la actualización de toda la información al Centro Federal de Conciliación, pues el sindicato sí cuenta con constancia de cada uno de los registros.

Sin embargo, Burnes Ortiz consideró que el actual secretario general deberá informar sobre el registro del contrato en 2021 y 2022, ya que no hay certeza de que haya realizado el procedimiento bajo los nuevos lineamientos de la ley. 

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