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lunes, 6 mayo, 2024
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Propina revés el TEPJF al Trijeez sobre la creación local del Partido del Pueblo

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Por: ALMA ALEJANDRA TAPIA • Araceli Rodarte • Admin •

■ Le ordenó que admita y analice el fondo en un recurso rechazado “contrario a derecho”

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■ Se examinaron dos juicios en un solo expediente y eso pudo afectar el procedimiento, señalan

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio un revés al Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijeez) y ordenó que admita y entre a analizar al fondo un recurso desechado “contrario a derecho”, el cual fue interpuesto por el ciudadano José Alfredo Guerrero Nájera con motivo de la creación del Partido del Pueblo (PP) de alcance local.

Hace algunos meses el Partido del Trabajo (PT) también reclamó al Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) que el PP todavía conformado como la asociación Democracia Alternativa, incumplió con cierto requisito de tiempo para solicitar su registro, mientras que por separado, Gutiérrez Nájera impugnó que el instituto local para el número de firmas de apoyo ciudadano le pretenda aplicar la Ley Electoral local y no la Ley General de Partidos recién entrada en vigor. La primera pide un uno por ciento del padrón electoral, la segunda un 0.26 por ciento.

Ambos recursos el pasado dos de septiembre fueron desechados por el Trijeez al considerar que los requisitos e informes emitidos por el IEEZ en los dos temas no eran firmes e incluso no se entró a fondo. De modo que sólo Gutiérrez Nájera acudió al Tribunal Federal y apenas la semana pasada mandó al órgano jurisdiccional local entrar en materia y resolver, incluso se habló del caso del PT y también lo beneficiaron.

Es decir, los magistrados federales cuestionaron además que los locales analizaron los dos juicios (PT y Gutiérrez Nájera) en un solo expediente, cuando se trata de dos asuntos distintos y eso pudo afectar el procedimiento.

El expediente SUP-JDC-2433/2014 del TEPJF establece que tribunal local responsable no fue exhaustivo debido a que acumuló el juicio ciudadano con el recurso de revisión interpuesto por el Partido del Trabajo, a pesar de que la sentencia impugnada por Gutiérrez Nájera impone condiciones, fechas, mecanismos y porcentajes contradictorios a los preceptos constitucionales y legales para la conformación de un partido político.

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