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sábado, 20 abril, 2024
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En tiempos de la cuarta transformación, existen órganos internos de control en las leyes, pero no en la legislatura

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Por: GUSTAVO JASSO HERNÁNDEZ •

Es probable que, por motivos de la pandemia provocada por el virus Covid-19, el Poder Legislativo del Estado de Zacatecas se haya visto impedido para dar cumplimiento a las leyes en las que se le obliga a crear un Órgano Interno de Control, con competencia para iniciar, substanciar y resolver los procedimientos de responsabilidades administrativas. 

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Los órganos internos de control fueron ideados y propuestos al Congreso de la Unión por diversos sectores de la sociedad mexicana que alegaban estar hasta la madre de tanta corrupción, sus manifestaciones públicas en contra de “La Casa Blanca” del expresidente Enrique Peña Nieto y de su esposa, de “La Estela de Luz” que mandó construir el expresidente Felipe Calderón, del caso “Odebrecht”, de “La Estafa Maestra”, y de otras tantas historias de corrupción, derivó en que las y los legisladores, que son empleados del pueblo, reformaran la Constitución y expidieran nuevas leyes para prevenir y sancionar los actos de corrupción.

¿Cuáles son las leyes que obligan a la Legislatura del Estado de Zacatecas a crear su Órgano Interno de Control?

En primer lugar, en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, concretamente en el Artículo Cuarto Transitorio del Decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones constitucionales, en materia de combate a la corrupción, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el pasado veintisiete de mayo de 2015.

En segundo lugar, en diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el pasado dieciocho de julio de 2016.

En tercer lugar, en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, particularmente en su artículo 50, reformado mediante el Decreto 420, el siete de julio de 2018.

Y, en cuarto lugar, en la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Zacatecas, concretamente en sus artículos 176, 177, 178, 179, 180, 181, 182 y 183, que claramente le mandatan a las y los integrantes de la Legislatura a que nombren al titular del Órgano Interno de Control. 

 ¿Qué ganaría la sociedad en caso de que la Legislatura decida cumplir con su obligación constitucional y legal de crear el Órgano Interno de Control? Ganaría poder político para enfrentarse a la corrupción. Daré un par de razones.

Una, el Órgano Interno de Control, según la Constitución y la leyes, tendría competencia para: implementar mecanismos internos que prevengan actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas; revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de los recursos de la Legislatura; llevar a cabo investigaciones o auditorias para verificar la evolución del patrimonio de los altos funcionarios, así como de las y los diputados, y presentar denuncias por hechos que las leyes señalen como delitos ante la Fiscalía.

Y, dos, el Órgano Interno de Control, según la Ley General de Responsabilidades Administrativas, tendría competencia para investigar y denunciar faltas administrativas graves como el cohecho, el peculado, el desvío de recursos públicos, la utilización indebida de información, el abuso de funciones, los conflictos de interés, las contrataciones indebidas, el enriquecimiento oculto, la simulación, el tráfico de influencias, el encubrimiento, el desacato, el nepotismo, etcétera, etcétera. 

Expuestas el par de razones, paso ahora a comentar los requisitos que debe satisfacer la persona que sea nombrada titular del Órgano Interno de Control. Empiezo por decir que no debe ser un Dios o una personas impoluta, simplemente, debe ser una persona que tenga la nacionalidad mexicana; que tenga vigentes sus derechos civiles y políticos; que tenga treinta o más años de edad al día de su designación; que sea licenciado en administración, en derecho, en contaduría o en alguna otra carrera que tenga relación con los temas de la fiscalización y de las responsabilidades administrativas; que tenga experiencia profesional de tres o más años; que goce de buena reputación; que no haya sido sancionado por alguna responsabilidad administrativa o por algún delito intencional; que no haya sido sancionado por robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro delito que afecte la buena fama pública, y que no sea o haya sido dirigente de algún partido político o candidato a algún puesto de elección popular.

Algunos dirán que la Legislatura está ante un problema, yo digo que está ante una oportunidad. Yo digo que el Poder Legislativo le debería dar buenas noticias al pueblo de Zacatecas, y que una de ellas sería el nombramiento del titular del Órgano Interno de Control, pues representaría una muestra política de que, en tiempos de la cuarta transformación, a la corrupción se le combate con todo y de frente. 

Tengo conocimiento de que, en días pasados, el licenciado José Luis Medina Lizalde, el ingeniero Raymundo Cárdenas Hernández, la doctora Mirna Maldonado Tapia y otros actores de la vida pública se apersonaron en la Legislatura a solicitar la creación del Órgano Interno de Control; lo que me parece bien.

Porque lo dijo Nietzsche, “… En el fondo, sólo el temor al castigo es lo que contiene al hombre de ciertos límites…”.

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