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viernes, 19 abril, 2024
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Evitar la trampa burocrática frente al desplazamiento forzado

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Por: Jairo Antonio López •

Este mes entró en vigor la Ley para la Prevención y Atención del Desplazamiento Forzado Interno en el Estado de Zacatecas. La Ley fue una respuesta a las denuncias y exigencias de la población desplazada del estado, de las organizaciones campesinas y de la Comisión Estatal de Derechos Humanos. Tras su entrada en vigor (2 de octubre) el gobierno estatal tiene hasta 90 días para elaborar el reglamento correspondiente y, entre otras, integrar el Sistema Estatal de Atención Integral al Desplazamiento Interno, encabezado por la Secretaría de Gobernación, el cual deberá crear un registro confiable de personas desplazadas en la entidad. A pesar de este avance en materia legislativa, es importante tener en cuenta que experiencias previas como las de las Leyes de atención a víctimas, o de personas desaparecidas, muestran que antes que generar cambios profundos o mecanismos expeditos de justicia, éstas se han vuelto parte del problema al burocratizar la atención de las víctimas, revictimizando y sirviendo como instrumento de simulación estatal (ya que las instancias creadas para su ejecución suelen carecer de presupuestos suficientes y capacidades reales de acción).

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Para empezar, es importante reconocer que el fenómeno del desplazamiento ha sido poco atendido en México. La Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos ha registrado lo que denominan “desplazamientos masivos forzados”, con un aproximado de 356,792 personas desplazadas durante el periodo de 2006 a 2020, y un aumento del 360%, entre el 2020 y 2021, pasando de 9,741, en 2020, a 44,905, en 2021. El año 2021 fue el de mayor gravedad con 40 eventos de desplazamiento masivo interno, y un concentrado de 7,031 personas desplazadas tan sólo entre los meses de noviembre y diciembre en los estados de Zacatecas, Chiapas, Chihuahua, Guerrero y Michoacán. Del total de desplazamientos, el 87.5% de los casos fueron de población en comunidades rurales y el 41%, de población indígena.

En Zacatecas se presentaron por lo menos nueve episodios colectivos de desplazamiento forzado interno durante el año 2021 y lo corrido del 2022, concentrados especialmente en las zonas rurales de Sarabia, Palmas Altas, Ermita de los Correas, y otras 16 comunidades de la sierra del municipio de Jerez. Sin duda el episodio de desplazamiento más visible y que marcó un claro precedente se dio en Jerez, donde tan sólo en septiembre de 2021 se desplazaron entre 1,500 y 2,500 personas, quienes tuvieron que dejar sus propiedades y territorios por amenazas y enfrentamientos entre grupos del crimen organizado.

De las olas de desplazamiento más grandes registradas en Zacatecas se reportan familias rurales que vivían del cultivo de frijol, maíz, avena y durazno, además de la crianza de ganado. Según cifras oficiales, los productores de durazno fueron de los más afectados; se estima que más de 6,000 hectáreas fueron abandonadas por los agricultores, y ya que Zacatecas es una de las principales regiones productoras en México (se cosechan hasta 8,000 toneladas al año) la organización InSight Crime calcula que las pérdidas podrían alcanzar los 45 millones de dólares. Mientras tanto los precios de las frutas vienen en aumento constante en todo México.

El desplazamiento forzado se presenta en un marco de violencias disciplinarias, de disputas y luchas por el control del territorio y el orden a nivel local y regional, donde todas las manifestaciones de violencia se refuerzan. Cuando se generan olas de desplazamiento éstas vienen acompañadas de denuncias sobre desaparición y “levantamientos de personas”, especialmente de casos de jóvenes que son obligados a realizar trabajo forzado por parte de grupos del crimen organizado. Tal dinámica se reflejó en la pequeña comunidad rural de Palmas Altas, en Jerez, donde las personas desplazadas narraban que antes de tomar la decisión de huir fueron desaparecidas por lo menos tres personas de la comunidad y asesinadas otras dos, además de la presencia permanente en el territorio de grupos armados.

El control del territorio, y sobre los cuerpos de las personas que se ejerce a través de la violencia generalizada, se ve igualmente reflejado en la condición de “parias” sin hogar en que se transforman las poblaciones desplazadas internas. Mientras los lugares de recepción son temporales o implican una reconstrucción de rutinas y formas de vida desde el desarraigo, los lugares de expulsión son dominados a sangre y fuego convirtiéndose en “tierra de nadie” donde el Estado se escuda en la supuesta “incapacidad” de garantizar seguridad. Como en todos los procesos de victimización, atravesados por condiciones de clase, raza, género, edad, entre otros, son las personas empobrecidas, mujeres, infancias y adultos mayores, quienes mayor vulnerabilidad enfrentan, experimentan múltiples procesos de degradación de su dignidad y vulneración de derechos. 

Las familias desplazadas en Zacatecas han encontrado serios obstáculos en los intentos por regresar a las zonas rurales en compañía de las fuerzas estatales; muchos de los vínculos con los procesos de trabajo de la tierra y la producción quedaron rotos, se generó un claro sentimiento de temor e impotencia para volver a “iniciar de nuevo”, además de incertidumbre sobre lo que podría pasar con los escasos servicios de salud y educación. Según los datos oficiales, la mayoría de esta población desplazada aún no ha podido regresar permanentemente a sus lugares de residencia.

De esta manera, las dinámicas de desplazamiento forzado, en territorios rurales, tienen la particularidad de responder a las lógicas de tierra arrasada, donde se imponen regímenes de terror para someter a las poblaciones obligándolas a huir para resguardar sus vidas. Por ello el desplazamiento forzado prevalece en zonas y poblaciones rurales (aunque también existe desplazamiento intra e inter urbano), pues es utilizado como un arma de guerra y/o un mecanismo de despojo, control y adecuación estratégica del territorio para la acumulación. 

Todas estas dimensiones dejan claro que el desplazamiento forzado no es un fenómeno de fácil resolución, sin embargo, es importante resaltar que está atravesado por múltiples violaciones de derechos humanos donde el Estado es claramente responsable. Responder al desplazamiento forzado implica, entonces, generar procesos reales de construcción de paz basados en las propias experiencias de las víctimas (no sólo a partir de pequeños comités de cúpulas militares o políticas). Los funcionarios públicos que tendrán que operar la nueva Ley no deben entender su papel como uno de contención o simple apoyo, sino como parte de una responsabilidad gubernamental para el resarcimiento, restablecimiento de derechos, acceso a la justicia y garantías de no repetición. Es decir, que deberán ser observados y exigidos dentro del nuevo mandato que adquieren; de no ser así la Ley sólo quedará en el papel y no tendría sentido alguno su creación. Por ahora seguimos estando muy lejos de verdaderos procesos de acceso a la justicia y reparación en materia de derechos humanos, tan sólo la exigencia social y colectiva obligará a que las leyes pasen del papel a la práctica.

*Docente-Investigador de la Unidad Académica 

de Ciencia Política de la UAZ.

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