Persistirá en que se apruebe una iniciativa de ley y tocará al Legislativo aprobarla; y en caso que llegue a la SCJN, analizar si es o no constitucional, dijo.
Tendrá carácter preferente y no es de reforma constitucional, sino que busca modificar las leyes Orgánica de la Administración Pública Federal en la materia.