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jueves, 28 marzo, 2024
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MP mandata a FGR acción penal por el desacato a la suspensión de las corridas de toros en la Fenaza

■ Los titulares de la Coordinación General del Comité Organizador del Patronato y de la Presidencia Ejecutiva del Patronato podrían ser los sancionados e incluso encarcelados

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Por: La Jornada Zacatecas •

El Colectivo Nacional Anticorrupción (Colecna) informó con respecto al desacato al amparo para la suspensión del serial taurino de la Fenaza 2022, que el Agente del Ministerio Público de la Federación Adscrito al Juzgado Segundo de Distrito en el Estado en Materia de Amparo, requirió a la Fiscalía General de la República para que inicie de inmediato la investigación correspondiente y se analice si en los hechos hay delito y en su caso, ejerza acción penal en contra de quien resulte responsable del mismo. 

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Cabe recordar que desde septiembre le fue concedido el amparo al colectivo y su representante legal, Jorge Rada Luévano, con el que legalmente quedaron suspendidas las corridas de toros y la promoción de las mismas antes y durante la Feria Nacional de Zacatecas 2022, sin embargo, éstas continuaron desarrollándose de manera normal, con lo que incurrieron en un desacato a una orden constitucional. 

Las autoridades estatales y de la Fenaza buscaron acreditar las acciones con las cuales estaban cumpliendo dicha orden, no obstante, las corridas no se interrumpieron y jamás hubo una acción que prohibiera tajantemente este espectáculo, argumentando incluso por parte de la Coordinación General Jurídica del Gobierno, que el desacato era de la empresa organizadora a la que además se le acusó de allanamiento por continuar utilizando la plaza de toros. 

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 158, los responsables podrían ser acreedores a una multa por cincuenta unidades de medida y actualización, mientras que en el artículo 237, ambos de la Ley de Amparo, se advierte que de las penas en que, conforme al artículo 247, fracción IV del Código Penal Federal, incurren quienes se conducen con falsedad ante la autoridad judicial, la pena puede ser de cuatro a ocho años de prisión y trescientos días de multa, por lo que los titulares de la Coordinación General del Comité Organizador del Patronato y de la Presidencia Ejecutiva del Patronato podrían ser los sancionados e incluso encarcelados. 

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