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■ Realizan Encuentro Nacional de Autoridades Resolutoras en Materia Administrativa

Reclasificar falta administrativa en sentencia viola los derechos humanos: Sandoval Lara

■ Señaló ante autoridades de todo el país que expedientes llegan mal integrados desde la investigación

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Por: ALEJANDRA CABRAL •

En el marco del 1er Encuentro Nacional de Autoridades Resolutoras en Materia Administrativa, Gabriel Sandoval Lara presentó la ponencia «La Reclasificación en Materia de Responsabilidades Administrativas», en la que expuso que reclasificar una falta en sentencia viola derechos humanos y que el problema de fondo está en cómo la autoridad investigadora integra el informe de presunta responsabilidad. Si los hechos llegan mal narrados, dijo, ninguna autoridad posterior puede corregirlo sin romper el procedimiento.

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Ejemplificó con algo que describió como recurrente en Zacatecas: autoridades investigadoras que asumían que el imputado era servidor público nada más porque llegó la denuncia, sin acreditarlo en el informe. Señaló que no bastaba con que tuviera un nombramiento, sino que debían quedar asentadas las facultades específicas con las que actuó, porque de eso depende incluso si la falta se califica como grave o no grave.

Sobre los márgenes que sí existen para corregir, distinguió entre figuras y momentos. La recalificación puede darse antes de que la sustanciadora admita el informe. La reclasificación le corresponde a la resolutora, pero solo antes de radicar el expediente, y obliga a dar vista a la investigadora y dejar sin efectos el auto admisorio. Una vez dentro del procedimiento, ninguna de las dos opera.

Detalló que en su sala desarrollaron una salida práctica para los casos en que llegaban expedientes con elementos sin acreditar: sobreseían, pero dejaban asentado en la resolución que había actuaciones que la investigadora podía retomar, siempre que no estuvieran prescritas y no hubieran sido materia del procedimiento. «Aquí hay algo, pero no puedo resolver sobre esta parte porque no fue motivo de la litis», describió. «Te lo hago saber, autoridad investigadora.»

La única excepción que reconoció para reclasificar en sentencia es el cumplimiento de una ejecutoria de amparo. Citó una tesis en la que un colegiado ordenó reclasificar por violación grave a derechos humanos en perjuicio de un grupo vulnerable. «La reclasificación y la recalificación son excepciones a la regla”, enfatizó.

El encuentro fue organizado por la Contraloría del Estado, la Comisión Permanente de Contralorías México y la Secretaría de la Función Pública de Zacatecas. La jornada incluyó la conferencia magistral «Compliance Público en la Prevención de Faltas Administrativas» de la magistrada Fany Lorena Jiménez Aguirre, del Tribunal de Justicia Administrativa de Jalisco, seguida de un panel de casos prácticos con autoridades resolutoras de Colima, Chihuahua, Durango y Guanajuato. Las conferencias están disponibles en la página de Facebook de la Secretaría de la Función Pública de Zacatecas.

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