La propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum para aplazar al año 2028 la elección de integrantes del Poder Judicial no sólo resulta jurídicamente viable, sino políticamente responsable y técnicamente necesaria. En un contexto donde México experimenta una transformación profunda de sus instituciones democráticas, es indispensable reconocer que la democratización del Poder Judicial requiere condiciones excepcionales de organización, imparcialidad y legitimidad ciudadana.
La reforma constitucional publicada el 15 de septiembre de 2024 estableció un principio fundamental: la elección judicial debe mantenerse alejada de las estructuras partidistas tradicionales. No se trata de una elección ordinaria, ni de una disputa entre plataformas políticas o coaliciones electorales. El propósito de esta reforma fue construir un mecanismo eminentemente ciudadano, donde el mérito, la capacidad jurídica y la legitimidad social sustituyan a los acuerdos cupulares que durante décadas dominaron la integración del Poder Judicial.
Sin embargo, organizar simultáneamente en 2027 la elección intermedia federal y una elección judicial nacional representa un desafío operativo de enormes dimensiones para las autoridades electorales. La coexistencia de ambos procesos implicaría prácticamente duplicar el número de casillas, incrementar de forma considerable el presupuesto del Instituto Nacional Electoral y desplegar una estructura logística inédita para la capacitación de funcionarios, ubicación de centros de votación y organización de boletas diferenciadas. Todo ello en medio de un proceso político que, por naturaleza, estará marcado por la competencia partidista.
La preocupación expresada por la presidenta Claudia Sheinbaum es razonable: mezclar ambos procesos electorales pondría en riesgo la esencia ciudadana de la elección judicial. La contienda intermedia inevitablemente absorbería la atención pública, contaminaría el debate y abriría espacios para la intervención indirecta de intereses partidistas en un proceso que precisamente busca emanciparse de ellos.
Aplazar la elección judicial a 2028 no significa retroceder en la reforma; significa darle viabilidad. Significa permitir que los comités de selección de los tres Poderes de la Unión trabajen con seriedad y tiempo suficiente; que los aspirantes puedan cumplir adecuadamente los requisitos constitucionales; y que la ciudadanía conozca con claridad los perfiles que eventualmente ocuparán cargos jurisdiccionales de enorme trascendencia para la vida nacional.
Además, separar ambos procesos permitirá que la elección judicial tenga identidad propia. México necesita que este nuevo modelo democrático nazca con legitimidad social y con reglas claras, no subordinado al ruido político de una elección intermedia donde predominan las disputas partidistas y territoriales.
La iniciativa presidencial también refleja una visión de responsabilidad institucional. Gobernar implica reconocer límites técnicos y administrativos, no solamente sostener consignas políticas. La consolidación de una reforma tan profunda exige prudencia, planeación y capacidad operativa. En ese sentido, modificar los artículos transitorios del decreto constitucional de 2024 resulta no sólo pertinente, sino indispensable para garantizar el éxito de la propia reforma judicial.
Hoy más que nunca, los distintos grupos parlamentarios deben actuar con visión de Estado. La construcción de un nuevo Poder Judicial no puede quedar atrapada en cálculos electorales de corto plazo. La democracia mexicana requiere procesos ordenados, transparentes y creíbles. Y precisamente por ello, aprobar esta iniciativa representa una decisión congruente con el espíritu original de la reforma: hacer de la elección judicial un auténtico ejercicio ciudadano y no una extensión de la competencia partidista tradicional.



