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miércoles, 17 abril, 2024
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Solicitan multa a autoridades responsables por omitir suspender eventos taurinos de la Fenaza

■ Piden que se utilice a la fuerza pública para resguardar la Plaza de Toros y se ponga al infractor a disposición del Ministerio Público

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Por: ALEJANDRO ORTEGA NERI •

El Colectivo Nacional Anticorrupción (Colecna), a través de su representante legal, Jorge Rada Luévano, remitió al Juzgado Segundo del Vigésimo Tercer Circuito, el Expediente Incidental 1050/2022 para solicitar se imponga multa a autoridades responsables por omitir suspender los eventos taurinos de la Fenaza, se utilice a la fuerza pública para que resguarde la Plaza de Toros, se ponga al infractor a disposición del Ministerio Público por la comisión de delito establecido en la Ley de Amparo y se implementen todas las medidas de apremio que la jueza considere para lograr la referida suspensión. 

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Esto, debido a la evidente desobediencia por parte de las autoridades responsables y con la finalidad de evitar que se sigan difundiendo, desarrollando, y se ejecuten las corridas de toros restantes programados, y se continúe vulnerando sistemáticamente los derechos humanos y garantías involucradas juicio. Dicha solicitud, la realizó el colectivo con fundamento en el artículo 237 de la Ley de Amparo. 

En el documento, Colecna argumenta que la suspensión provisional y definitiva concedida por el Juzgado a efecto de que se suspendiera y se retirara la publicidad, el otorgamiento de permisos y contratos incluso a particulares y en sí la suspensión del serial taurino, en la Feria Nacional de la Ciudad de Zacatecas para salvaguardar el derecho humano al medio ambiente, fue “INCUMPLIDO EN SU TOTALIDAD” por las autoridades responsables y por el tercero interesado, aún y cuando la juez reiteró y ordenó que no solamente se ordenara, sino que se realizara todo lo necesario para lograr que no se llevara a cabo nada, incluso si eran particulares. 

Lo cierto, especifican, es que se celebraron y ejecutaron las corridas y eventos taurinos que ya estaban programados día jueves, viernes, sábado y domingo de los días 8, 9, 10 y 11 de septiembre del año en curso respectivamente y nunca, en ningún momento, se suspendió la venta de boletos o la difusión como publicidad de los referidos eventos taurinos y hasta este martes continuaba sin suspenderse la difusión y desarrollo de los tres eventos taurinos que restan del programa taurino de la Fenaza 2022, mismos que están programados para el día viernes, sábado y domingo de los días 16, 17 y 18 de septiembre del año en curso respectivamente.

Aunque las autoridades responsables manifestaron que remitieron los oficios, mediante los cuales supuestamente notificaron a Cayetano Víctor Leal López, representante de la Asociación Mexicana de Tauromaquia, Asociación Civil, que en cumplimiento a la suspensión definitiva decretada por este órgano jurisdiccional se dejó sin efectos el contrato de concesión que celebraron, por lo que se refiere a la difusión de los espectáculos taurinos y su ejecución, Colecna señaló que existe una “evidente simulación” y son “hechos falsos” toda vez que las corridas y eventos fueron ejecutados sin intervención real y tangible por parte de las autoridades responsables.

Y para demostrarlo, Rada Luévano, en nombre del colectivo, ofreció una serie de evidencias publicadas en redes sociales y medios de comunicación que demuestran que se celebraron los eventos taurinos de los días jueves, viernes, sábado y domingo pasados, eventos que incluso son difundidos bajo la anuencia de las autoridades responsables. 

“Todo lo anterior, deja en evidencia que las manifestaciones realizadas por las autoridades responsables en relación al supuesto cumplimiento de las suspensiones decretadas por su señoría son hechos falsos, pues tal como se ha evidenciado, nuevamente han violado la suspensión definitiva decretadas por este H. Juzgado. Trasgrediendo con ello el Derecho Humano al Medio Ambiente, vulnerando la prohibición del maltrato animal y anulando el derecho a la vida de los animales”, se lee en el documento. 

Asimismo, se recuerda en el expediente que de acuerdo con el artículo 107, fracción XVII (17) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que “la autoridad responsable que desobedezca un auto de suspensión, será sancionada penalmente;” por otra parte, se remarca también que el artículo 262 de la Ley de Amparo establece las penas a los servidores públicos que, con el carácter de autoridad responsable, en el incidente de suspensión expresen hechos falsos o nieguen la verdad, así como omitir obedecer un auto de suspensión debidamente notificado.

“Artículo 262. Se impondrá pena de tres a nueve años de prisión, multa de cincuenta a quinientos días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos, al servidor público que con el carácter de autoridad responsable en el juicio de amparo o en el incidente de suspensión”. 

Por ello, señalan que el evidente desacato a las suspensiones emitidas por la juez por parte de las autoridades responsables son actos que pueden constituir conductas delictuosas y la que se encuentra establecida en el Capítulo V, artículo 247, fracción IV, del Código Penal Federal, que a la letra establece que en declaraciones judiciales y en informes dados a una autoridad se impondrán de cuatro a ocho años de prisión y de cien a trescientos días de multa. 

“Sin lugar a dudas, las autoridades responsables han realizado conductas que posiblemente pueden ser constitutivas de los referidos delitos. Ello es así, en razón de que las responsables al rendir los respectivos informes, manifestaron hechos falsos o simulados, pues no acreditan de ninguna forma haber cumplido con la suspensión definitiva contrario a lo que manifiestan. Hasta este memento el serial taurino ha sido difundido, desarrollado y ejecutado sin ningún impedimento. Como consecuencia, no se dio el cumplimiento al auto de suspensión que fue debidamente notificado a las autoridades responsables”. 

Por tal motivo, se manifiesta que resulta procedente la jueza haga de conocimiento a las autoridades competentes, tanto administrativas como penales, respecto a los posibles hechos que la ley señala como delito, a efecto de que el ministerio público investigue y en su caso ejerza la acción penal en contra de los posibles responsables. 

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