Por ahora, la sala especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó la queja presentada por Pedro de León Mojarro y José Narro Céspedes en contra de Rafael Flores Mendoza por la presunta inequidad en el uso de los tiempos de radio y televisión.
Los magistrados determinaron, por unanimidad, que no hay ilícito, puesto que los tres precandidatos a gobernador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) tuvieron acceso a radio y televisión, aunque en distintas etapas, siendo primero Flores; incluso, los “impactos” de éste fueron 299; los de De León, 451, y los de Narro, 475.
Falta todavía la resolución de la sala superior del TEPJF.