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domingo, 19 mayo, 2024
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Compra de Prestaciones Contractuales Jubilatorias permitiría reducir pasivo por concepto de pensiones

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Por: MARTÍN CATALÁN LERMA • Araceli Rodarte •

■ Se calcula como el valor presente del beneficio durante 5 años a cambio de pensión vitalicia

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■ Pago complementario al ISSSTE, para docentes con un ingreso anterior a la reforma de 1991

Según la consultoría Valuaciones Actuariales SC, con sede en Saltillo, Coahuila, la Compra de Prestaciones Contractuales Jubilatorias implementada en la Universidad Autónoma de Zacatecas (UAZ) hace algunos años, permitiría reducir el pasivo de 2 mil 861 millones 783 mil 251 pesos y 39 centavos a mil 967 millones 703 mil 200 pesos y 56 centavos, ello por concepto de pensión de 767 docentes con derecho a la llamada jubilación dinámica.

De acuerdo a un documento fechado el 6 de diciembre de 2009, enviado por ese despacho a José Francisco Varela del Rivero, en ese momento director de Subsidios a Universidades de la Secretaría de Educación Pública (SEP), la UAZ solicitó a esa dependencia su autorización para que una parte de los recursos que le fueron asignados del Fondo de Apoyo para Reformas Estructurales de las Universidades Públicas Estatales, fueran utilizados en la compra individual de prestaciones contractuales por concepto de jubilación a docentes en activo y que su ingreso laboral a la institución haya sido anterior al 13 de agosto de 1991. Lo anterior mediante un pago único significativamente inferior al pasivo por jubilación, ya que se calcula como el valor presente de una pensión durante 5 años a cambio de una pensión vitalicia.

El estudio actuarial expone que en la fecha mencionada, la UAZ efectuó una reforma para el personal académico, cuyos cambios implicaron que los docentes con ingreso posterior al 13 de agosto de 1991, sólo recibirán las pensiones derivadas de la afiliación al régimen del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE), quedando únicamente la pensión universitaria complementaria al ISSSTE para aquellos docentes con fecha de ingreso anterior a la citada reforma de 1991.

Por lo tanto, la obligación contractual para la generación de trabajadores de ingreso anterior al 13 de agosto de 1991 en relación con su jubilación quedó de la siguiente manera: la pensión universitaria que se obtenía a los 25 años de servicio con la UAZ era del 100 por ciento y en cuanto cumplieran con los requisitos de la Ley del ISSSTE, vigente en su momento, se pagaba solamente la diferencia.

También expone que en 2004, a través de la Convocatoria del Fondo Extraordinario para Apoyar la Realización de Proyectos Formulados para las Universidades Públicas Estatales, la UAZ efectuó un convenio con la representación académica para modificar el requisito de 25 años y quedar en 30 para aquellos trabajadores que tienen el derecho a la pensión universitaria y evitar así que la UAZ pague pensiones totales de los 25 a los 30 años de antigüedad e igual periodo de cotización con el ISSSTE.

Al 30 de noviembre de 2008, Valuaciones Actuariales confirmó que en la universidad había 767 docentes con fecha de ingreso anterior al 12 de agosto de 1991, a los cuales la UAZ tiene pactada una pensión complementaria con el ISSSTE.

El pasivo contingente generado por este personal, asciende a 2 mil 861 millones 783 mil 251 pesos y 39 centavos, mismo que se puede comprar mediante un pago único de mil 967 millones 703 mil 200 pesos y 56 centavos, que representa 68.76 por ciento de la obligación inicial.

El documento señala que mediante este mecanismo de compra de prestaciones en su primera aplicación, la UAZ utilizó 53 millones 219 mil 476 pesos y 89 centavos, por lo que ahorró 134 millones 477 mil 771 pesos y 07 centavos, es decir, 71.65 por ciento del pasivo contingente inicial correspondiente a 32 trabajadores.

Para cuantificar los impactos en las finanzas de la Universidad, el despacho actuarial implementó una metodología mediante la cual se determinaron los requisitos de edad, años de servicio, conceptos salariales para la pensión universitaria y para la pensión del ISSSTE, así como el monto de los pagos únicos contractuales que se tienen pactados en el Contrato Colectivo de Trabajo.

También se calculó el monto de la pensión a cargo de la UAZ y la pensión a cargo del ISSSTE, bajo los requisitos establecidos para cada casoes decir, los 30 años de servicio para la UAZ con 100 por ciento del salario integrado y los que establece la nueva  Ley del ISSSTE, gasta el límite de 10 veces el salario mínimo.

 

 

De igual manera, se estimó el Valor Presente de las Obligaciones que tiene la UAZ por cada uno de los beneficios establecidos en el Contrato Colectivo de Trabajo, descontando la parte que corre a cargo del ISSSTE, al ser pensiones complementarias.

Como resultado, se elaboraron los cálculos de los pasivos a valor presente de: a) la pensión vitalicia de jubilación; b) la pensión de jubilación por un plazo máximo de 5 años; y c) la diferencia entre el punto a y el b representa el ahorro por la compra de prestaciones contractuales.

El límite máximo de casos a atender en el contexto del proyecto, estimado “en el momento actual y a mediano plazo”, estará sujeto al monto que la UAZ resiba de la SEP, por parte de fondos extraordinarios.

En relación a la política para seleccionar a los posibles candidatos para asignar los pagos únicos mencionados, la consultoría actuarial indica que “es la de dar preferencia a aquellos trabajadores que generan un mayor ahorro porcentual para la Universidad”.

El objetivo particular del programa de venta de prestaciones, explica la consultoría, es el reducir el pasivo contingente más grande de la UAZ, esto es, la pensión universitaria, complementaria a la Ley del ISSSTE, de manera tal, que disminuya el número del personal académico con fecha de ingreso anterior al 12 de agosto de 1991 e incrementar el grupo de trabajadores académicos que solo tienen derecho a las prestaciones del ISSSTE.

A manera de conclusión, Valuaciones Actuariales SC señala que “a nuestro juicio, el mecanismo propuesto por la UAZ denominado Compra de Prestaciones Contractuales Jubilatorias, reduce de manera importante los pasivos contingentes, pues el trabajador cambia una pensión vitalicia que pudiera otorgarse durante más de 20 años, por el valor presente de una pensión pagadera durante sólo 5 años”.

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