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jueves, 9 mayo, 2024
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Trijez revoca triunfo de Panal en ayuntamiento de Mazapil; gana PRI

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Por: REDACCIÓN •

En sesión pública, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijez) resolvió seis Juicios de Nulidad Electoral promovidos por diversos partidos políticos en contra de los resultados de las elecciones en los ayuntamientos de Villa de Cos, Vetagrande, Mazapil y Genaro Codina. Se resolvieron también nueve Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano y tres Procedimientos Especiales Sancionadores.

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De acuerdo con un boletín de prensa, de entre los Juicios de Nulidad Electoral, se resolvió el promovido por la coalición Zacatecas Primero en contra de los resultados del Cómputo Municipal en el ayuntamiento de Mazapil, Zacatecas, por considerar que en tres casillas existieron irregularidades graves que afectaron el correcto desarrollo de la jornada electoral.

El actor argumentó que en una de las casillas instaladas en la comunidad La Palmilla, Mazapil, fungió como representante del Partido Nueva Alianza (Panal) el delegado municipal de la comunidad mencionada.

El Trijez determinó que, al haberse comprobado que el delegado mencionado estuvo presente en una de las casillas de La Palmilla durante todo el desarrollo de la jornada electoral, su sola presencia generó presión en el electorado, impidiendo que los ciudadanos ejercieran su voto con libertad; lo anterior, en virtud de que, debido al cargo que ostenta, las funciones que desempeña ese delegado son de mando y autoridad, lo que inhibió a los electores, afectando el resultado de la votación.

Por lo anterior, el Pleno determinó anular la casilla mencionada, modificando los resultados del acta del cómputo municipal, lo que origina un cambio de ganador, por lo que la constancia de mayoría debe entregarse a la planilla postulada por la coalición Zacatecas Primero en el ayuntamiento de Mazapil, Zacatecas.

Por otro lado, se resolvió también el Juicio de Nulidad Electoral promovido por la coalición Unid@s por Zacatecas en contra de los resultados del Cómputo Municipal en el Ayuntamiento de Villa de Cos, por la presunta existencia de irregularidades durante el desarrollo de la jornada electoral, entre las que se están la realización de actos proselitistas por parte de autoridades municipales, estatales y federales, buscando coaccionar el voto para favorecer al candidato de la coalición antes mencionada.

Respecto a los actos proselitistas realizados por autoridades municipales, los magistrados determinaron que ninguna de las pruebas aportadas por el actor demostró que los actos denunciados encuadraban en conductas que provocaran influencia en los votantes para que emitieran su voto a favor de la coalición Zacatecas Primero. Por lo tanto, determinaron confirmar el cómputo que realizó el Consejo Municipal de Villa de Cos, Zacatecas, la declaración de validez de la elección y la entrega de constancias de mayoría.

Se resolvió también el Juicio de Nulidad Electoral promovido por la coalición Unid@s por Zacatecas en contra de los resultados del Cómputo Municipal en el ayuntamiento de Vetagrande, donde el actor argumentó que existieron irregularidades durante el desarrollo de la jornada electoral en tres casillas puesto que se permitió sufragar a tres personas sin encontrarse en la lista nominal y existió error grave en la sumatoria de votos que se plasmó en el acta de escrutinio y cómputo municipal.

Al respecto, los magistrados determinaron que ninguna de las pruebas aportadas por el actor resultaron idóneas para acreditar que se hubiese permitido votar a personas sin encontrarse en la lista nominal, y se declaró inexistente el error en la sumatoria del acta de escrutinio y cómputo alegado por el actor, pues con las constancias que integraron el expediente quedó demostrado que dicho error fue subsanado por la autoridad administrativa en el recuento correspondiente.

Por lo tanto, el Trijez determinó confirmar el cómputo que realizó el Consejo Municipal de Vetagrande, Zacatecas, y la declaración de validez de la elección y entrega de constancias de mayoría a la planilla postulada por la coalición Zacatecas Primero.

Finalmente, se resolvieron también los Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, promovidos por candidatos independientes en contra del acuerdo ACG-IEEZ-073/IV/2016, emitido por el Consejo General del Insiu lcral dl sad d Zacacs (IEEZ), mediante el cual realizó el cómputo estatal y la asignación de regidores de representación proporcional para los 58 municipios del estado.

Los actores consideraron que la determinación del Consejo de restar la votación total obtenida por las planillas de candidatos independientes encabezadas por los promoventes vulneró en su perjuicio el principio de igualdad en el acceso a cargos públicos.

Al respecto el Pleno determinó que efectivamente, de manera indebida, se excluyó del procedimiento respectivo a la votación de las planillas de candidatos independientes que representaban los promoventes y ordenó al referido Consejo que realizara nuevamente la asignación de regidores de RP para los municipios de Jerez, Tlaltenango, Genaro Codina, Calera y Guadalupe.

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