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jueves, 18 abril, 2024
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El 2020 cerraría con más delitos de índole sexual frente a 2019

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Por: SCARLETT LLAMAS •

■ Son datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública

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■ En el caso de la violación simple se pasó de 176 carpetas de investigación entre enero y noviembre del 2019, a 143 casos en el mismo periodo de 2020

 

En contraste con el año 2019, Zacatecas presenta un ligero aumento en cuanto a delitos de índole sexual, de acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), hasta noviembre sumó 615 delitos contra la libertad y la seguridad sexual de las y los zacatecanos, es decir, 6 denuncias más que el acumulado para noviembre del año previo.

Con un mes por ser integrado a la estadística, Zacatecas mejoró en los rubros de abuso sexual, acoso sexual, hostigamiento sexual, violación simple y violación equiparada; en estos últimos se vio la baja más importante, de 18.75 y 17.75, respectivamente.

En el caso de la violación simple se pasó de 176 carpetas de investigación entre enero y noviembre del 2019, a 143 casos en el mismo periodo de 2020, mientras que la violación equiparada bajó de 107 a 88 investigaciones dentro del plazo señalado.

A esto le siguió la disminución en el hostigamiento sexual, que fue de 9.5 puntos porcentuales, el acoso sexual, con una baja de 5.6 por ciento, y por último el abuso sexual, que fue de tan sólo 4.9 por ciento.

Sin embargo, lo catalogado como “otros delitos que atentan contra la libertad y seguridad sexual” incrementó de manera importante; mientras que el año pasado se dieron a conocer sólo 14 delitos, en la actualidad se han registrado 89, es decir, un aumento de 535.7 por ciento.

Por su parte, a nivel federal y con sólo un mes por contabilizar, el 2020 suma 50 mil 111 delitos contra la libertad y la seguridad sexual de las personas, esto de acuerdo con el SESNSP; lo contabilizado supera de por sí la cantidad acumulada del mismo periodo del 2019, que fue de 49 mil 464, y considerando que la cantidad total de denuncias de esta índole en ese año fue de 53 mil 358, es probable que este año se supere dicha cifra.

Coincide en ambos años que los delitos que destacan en cantidad son el abuso sexual y la violación simple; aunque los casos de abuso sexual disminuyeron en 5.7 por ciento comparando el periodo enero-noviembre del 2019 con el 2020, la violación equiparada incrementó de manera considerable, pues incluso cuando falta contabilizar las denuncias de diciembre, ya se superó el total de casos del 2019 por 5.2 puntos porcentuales.

Cabe señalar que entre los delitos que no fueron catalogados se despuntaron las carpetas de investigación; de 6 mil 325 delitos que atentaron contra la libertad y seguridad sexual registrados en los 12 meses del 2019, con apenas 11 meses en la cuenta, ya se superó por un 15.4 por ciento estas denuncias.

Del mismo modo cabe resaltar que en cuanto al delito de incesto, los números aumentaron 428.5 por ciento, lo que confirma que durante la pandemia la violencia sexual intrafamiliar se desató; mientras que en el 2019 se trató 14 delitos de este tipo, en 2020 con 74.

En el registro de la SESNSP, el acoso sexual fue otro rubro que despuntó, pues el total de 4 mil 204 casos en 2019 fue considerable por el recuento hasta noviembre del año en curso; hasta la fecha se han numerado 5 mil 173 carpetas de investigación, es decir, 23 por ciento más sin considerar diciembre.

Como acotación, es pertinente explicar que la diferencia entre abuso sexual y violación es que en el primero no hay penetración; en la segunda, cuando se trata en su modalidad simple, condena a quien por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo, entendiendo cópula como la introducción del miembro viril en el cuerpo de la víctima por vía vaginal, anal u oral, independientemente de su sexo.

Por su parte, la violación equiparada se da cuando sin violencia se realiza cópula con persona menor de quince años de edad, con persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo; y cuando sin violencia y con fines lascivos introduzca por vía anal o vaginal cualquier elemento o instrumento distinto del miembro viril en una persona menor de quince años de edad o persona que no tenga capacidad de comprender el significado del hecho, o por cualquier causa no pueda resistirlo, sea cual fuere el sexo de la víctima.

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