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viernes, 19 abril, 2024
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Plan B: ¿Democracia sin instituciones?

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Por: Carlos Eduardo Torres Muñoz •

Nuestro tránsito a la democracia, como la concebimos colectivamente a finales del siglo pasado, enfocó sus baterías en el campo de lo electoral. El proceso ha sido más que abordado, abunda el análisis, el recuento, la crítica, la celebración y una constante revisión a las reglas del juego. También ha comenzado a tratarse, con mayor o menor seriedad, lo que se conoce como las precondiciones para la democracia, que no son sino bases mínimas de bienestar social para que ésta sea posible, en el modelo que nos rige: la democracia liberal, cuyo cuerpo lo son un conjunto de derechos fundamentales, de todo tipo, desde los cívico-políticos hasta los sociales. En fin, este recuento, decíamos antes, abunda en medios, textos, conferencias e instituciones. Sin embargo, poco se ha atendido el hecho de que, tal cual fue supuesto, las elecciones competidas y el pluralismo político, detonaron el surgimiento y la reforma, hasta el replanteamiento de otras tantas instituciones y derechos: desde el rediseño del Poder Judicial, hasta el surgimiento del aún naciente sistema de rendición de cuentas, pasando por mecanismos garantes de un inédito catálogo de derechos humanos. Todo esto sin que se obvie el evidente fracaso en relación con una reducción insólita de la desigualdad y la corrupción, y un efecto colateral inimaginable que fue la aparición de una violencia inusitada, apenas en la primera alternancia en el Poder Ejecutivo Federal.

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Sirva todo este antecedente, que es brevísimo por lo que significa lo que intenta resumir, para dar paso a un debate que no ha perdido vigencia, si bien parece haber invernado en nuestra agenda: el conocido (y reconocido) Plan B del régimen en el poder, respecto a la reforma electoral. Ya no tiene sentido discutir sobre la idoneidad o lo pertinente de un proceso que, más que fortalecer tensa el, de por sí, débil consenso, sobre el que debiera descansar toda comunidad, pues es posible que al final, o en el fondo (o ambas), ésa sea la pretensión: alimentar la polarización. Lo que sí tiene sentido, y comienza a tomar forma, es el análisis de las repercusiones de lo que implica que lleguen a tener validez jurídica-constitucional las reformas publicadas y las que, apenas comience el periodo ordinario de sesiones en el Congreso Federal, habrán de ser retomadas. 

En ese contexto, el pasado 25 de enero, en sesión ordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, se presentó, por parte de la Secretaría Ejecutiva del mismo, el Informe en relación con la incidencia en la función electoral de los decretos de reforma por los cuales se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las leyes generales de Comunicación Social, de Responsabilidades Administrativas, de Instituciones y Procedimientos Electorales y de Partidos Políticos, así como de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y por el que se expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral (1). Es posible que el título por sí mismo diga lo suficiente para entender su contenido, sin embargo, transcribo un par de expresiones que realizó la Consejera Carla Astrid Humphrey Jordan (nombrada a mediados de 2020, es decir, en plena mayoría parlamentaria de la coalición gobernante): “(…) La función vital y fundamental de todas las elecciones se realiza desde cada distrito electoral, y es lo que se quiere desaparecer. Al no contar con el personal especializado y profesional, se pone en riesgo la capacitación electoral y otras áreas necesarias en la organización de un proceso electoral, lo cual afectaría los derechos políticos y electorales de los ciudadanos. (…) Resulta preocupante una reforma que, desconociendo el funcionamiento, queriendo dañar gravemente a nuestra institución, pretende eliminar el 85 por ciento del personal del Servicio Profesional Electoral que es, ha sido, y será, nuestra columna vertebral, en contra de lo que señala la Constitución. (…) (2). Claro es que la Consejera contextualizó y amplió sus preocupaciones, entre las que se encuentra lo relativo a paridad, voto electrónico, y otros conceptos. Es la limitación de espacio lo que nos lleva a compartir solo unos renglones de su participación. 

Deliberemos: ¿la transformación supone una democracia sin instituciones?, ¿qué supone esta idea? En tal contexto, el debate no se agota en el INE ni en los órganos constitucionales autónomos, sino el modelo mismo de democracia constitucional, sin la cual no parece haber ni libertad ni progreso (sin estos uno supondría que tampoco bienestar), aún con sus imperfecciones. 

Referencias:

(1). Disponible en https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/handle/123456789/147695 

(2). Disponible en: https://centralelectoral.ine.mx/2023/01/25/version-estenografica-de-la-sesion-extraordinaria-del-consejo-general-25-de-enero-de-2023/

@CarlosETorres_

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