El derecho a la salud es un concepto filosófico emanado de la vida misma. El derecho a la protección de la salud es un concepto jurídico establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el sexenio del entonces presidente de la República Miguel de la Madrid (1982-1988).
No siempre este derecho fue una obligación estatal en favor de los mexicanos. Así fue cronológicamente la participación integral del Estado Mexicano en el sector salud desde Benito Juárez hasta el sexenio que se menciona:
Juárez hereda las acciones estatales de salud sin acción unificada, como uno de tantos ángulos de poder disperso, de los gobiernos locales sobre el central, pero no puede nacionalizar los edificios destinados a la beneficencia. Lerdo de Tejada nueve años después, se enfrenta al clero personificado en las Hermanas de la Caridad y las expulsa de todos los hospitales del país. Surgen fundaciones médico-hospitalarias, como la Béistegui, la Filantrópica Mexicana, la Francesa, la Española y la Inglesa. La medicina privada promovida por el Estado cobra auge.
En 1872 se aprueba el Consejo Superior de Salubridad por la Secretaría de Gobernación y la Dirección de Beneficencia privada absorbe los hospitales previamente expropiados al clero.
Así, el primer Código Sanitario es expedido en 1891 por el Consejo Superior de Salubridad; en el mandato de don Porfirio Díaz continúa una política más definida.
Se puede decir entonces, que en una primera etapa hay una participación marginal del gobierno federal en los servicios de atención médica. No hay articulación de un sistema nacional, ni el Estado se responsabiliza con un criterio de universalidad. Según la Constitución de 1857, la salubridad no era competencia de la Federación y da la responsabilidad a Estados y Municipios. Sólo lleva a cabo programas epidemiológicos en fronteras y en puertos. En1908 se modifica la Constitución para encomendar a los Poderes de la Unión la Salubridad General de la República.
Se inicia así una segunda etapa, que se expresa en el artículo 73 de la Constitución de Querétaro de 1917, al crearse el Departamento de Salubridad (ahora Secretaría) y el Consejo de Salubridad General. El cabal desarrollo del hombre, emanado como derecho social, es el espíritu del movimiento armado de 1910 y escrito en la Constitución de Querétaro. El Estado se vuelve rector de la vida y la Revolución precipita un alud legislativo y jurídico que protege a la salud de la población.
El artículo 73 constitucional surge en 1917. En 1925 se crea la Dirección de Pensiones; en 1927 la Ley de Beneficencia Pública; en 1929 la Asociación Nacional de Protección a la Infancia; en 1932 la primera Ley Federal del Trabajo con enfoque fundamental a los accidentes; en 1934 la Ley de Coordinación y Cooperación de los Servicios de Salubridad; en 1937 se creó la Secretaría de Asistencia; en 1942 surge la Ley de Asistencia Privada; en 1943 se fusiona Salubridad y Asistencia y también, en ese año surge la Ley de Seguro Social que como continuación del derecho laboral, absorbe los problemas de salud del trabajador; en 1959 se adiciona el apartado “B” del artículo 123 constitucional con bases fundamentales de salud y y seguridad social; en 1959 surge el Instituto de Seguridad Social para los Trabajadores del Estado y su legislación con López Mateos y se restructura el Instituto de Protección a la Infancia que es germen para 1968 del Instituto Mexicano de Asistencia a la Niñez (IMAN) y que culmina en 1977 con el Sistema de Desarrollo Integral de la Familia ((DIF). En 1978 se crea el gabinete de salud; en 1980 los Coplades y en 1981 la Presidencia de la República trata de integrar un sistema nacional de salud, estudiando distintas opciones de integración de todas las instituciones de salud.
Este ascenso del derecho a la salud, desde la indigna plataforma de la caridad, hasta la muy digna de la justicia social alcanza su última etapa de aquél sexenio (JLP 1976-1982). Surge un gran esfuerzo de modernización administrativa y legislativa. El presupuesto en salud no tiene precedente en la historia de México ni en cifras relativas, ni absolutas. El Ejecutivo Federal en diciembre de 1982, presenta una iniciativa de ley y reformas, al artículo 4 constitucional que consagra el derecho a la protección de la salud como garantía social y sienta los fundamentos para un nuevo sistema. Integra el DIF al sector salud y se modifica la fracción I del artículo 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública adicionando modalidades de sectorización programática funcional. En 1983 se instala el Gabinete de Salud y en 1984 surge la Ley General de Salud que da el centro coordinador del Sistema Nacional de Salud de la Secretaría de Salud integrando a las entidades federativas la competencia sanitaria. Se revitalizó el Consejo de Salubridad para vigorizar las relaciones institucionales y la sectorización,
Gran preocupación fueron las zonas marginadas en terreno de salud. De ella han surgido programas de solidaridad social y el IMSS-COPLAMAR, que se reunió en el convenio único de desarrollo, asegurando el quehacer nacional de salud.
Se continuará posteriormente…



